Expediente 7749-6-18 cpo. 01
Mar del Plata,
AL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE:
Mediante el presente actuado, este Departamento Ejecutivo tiene como objeto lograr una única identificación en los automóviles de alquiler taxímetros en el Partido de General Pueyrredon.
Que tanto representantes del servicio público de taxis, turistas y también personas adultas mayores han manifestado volver a la identificación histórica que tradicionalmente se nombra “techo amarillo” en la ciudad, el cual fue modificado con la promulgación de la Ordenanza 21621.
Así también se hace necesario contar con el número de Licencia en el techo ploteado de fácil visualización en cada unidad, siendo una perfecta identificación para ser usado como una herramienta de prevención y seguridad tanto para los taxistas como para los usuarios del transporte, a fin de facilitar el reconocimiento de las unidades por las cámaras utilizadas por el Centro de Operaciones y Monitoreo.
Por lo expuesto y a los efectos de obtener un único diseño en Mar del Plata Batan, se eleva el Proyecto de Ordenanza adjunto cuya sanción se solicita.
Saludo a Vuestra Honorabilidad.
CC/cd
Expediente Nº 7749-6-18 Cpo. 01.
PROYECTO DE ORDENANZA
Artículo 1º.- Modifíquese el inciso 1) del artículo 7º de la Ordenanza 4471, el que quedara redactado de la siguiente manera:
“Artículo 7º.- 1) El taxi se identificara con las siguientes características:
El formato, diseño, medidas, material y color de identificación de los automóvil de alquiler para la ciudad Mar del Plata, deberán ajustarse a los establecido en el Anexo I, que forma parte de la presente.”
Artículo 2º.- El plazo para adecuarse a la presente será:
a) Conforme los titulares de licencia realicen la baja de una unidad para reemplazarla por otra, este deberá dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 1º del presente.
b) Establecese hasta el 31 de diciembre de 2018 para que se adecuen a lo exigido en el artículo 7º inciso 1), a todas las unidades que han sido habilitadas anteriormente a la fecha de vigencia de la presente.
Artículo 3º.- Deroganse las Ordenanzas 21621 y 22941, como así también toda otra disposición que se oponga a la presente.
Artículo 4º.- Comuníquese, etc.
CC/cd