Mar del Plata, 7 de agosto de 2025
Sra. Presidenta
Honorable Concejo Deliberante
Partido de General Pueyrredon
S/D
VISTO
El exceso de velocidad en la circulación de vehículos sobre la calle Gutemberg intersección Int. Eduardo Peralta Ramos, en cercanía a la Escuela Primaria N° 74 Carlos Fuentealba, y la necesidad de garantizar la seguridad vial, y
CONSIDERANDO
Que en la intersección de las calles Gutemberg e Int. Eduardo Peralta Ramos del barrio Las Heras, se observa una circulación vehicular a altas velocidades, generando una situación de riesgo para toda la comunidad del barrio y educativa que concurre a la Escuela Primaria N° 74 Carlos Fuentealba, sita en Int. Eduardo Peralta Ramos 2730.
Que la Escuela Primaria N° 74 Carlos Fuentealba es una institución pública que posee una matrícula escolar muy alta, donde la movilidad peatonal en los horarios de ingreso y egreso es muy elevada.
Que la seguridad vial es mucho más que un conjunto de normas: es el compromiso activo de proteger vidas y construir un entorno de tráfico seguro para todos, la prevención es el eje de la seguridad vial: si puede evitarse no es un accidente.
Que la prevención es la herramienta fundamental en la gestión del tránsito y forma parte de un proceso continuo que requiere la participación de todos los actores involucrados en el tránsito y en la seguridad vial.
Que en la actualidad no existen en las calles indicadas, ningún tipo de señalética ni reductores de velocidad, situación que incrementa las situaciones de riesgo de accidentes viales.
Que esta situación ha sido advertida por gran cantidad de vecinos y vecinas del barrio Las Heras, como también por la comunidad educativa de la Escuela Primaria N° 74 Carlos Fuentealba, que manifiestan su preocupación por el comportamiento de gran cantidad conductores que manejan sin ningún respeto por los límites de velocidad.
Que según la ley Nacional de Tránsito Nro. 24.449 sostiene que, en proximidad de establecimientos escolares, deportivos y de gran afluencia de personas la velocidad precautoria no debe ser mayor a 20 km/h, durante su funcionamiento.
Que según el último informe de siniestralidad vial fatal año 2024 de la Dirección Nacional de Observatorio Vial dependiente de la Secretaria de Transporte, las víctimas fatales de la provincia de Buenos Aires se elevan a 1.231.
Que la Ordenanza Municipal Nro. 12.403 indica en su artículo 1º: Autorízase en concordancia con la Ley 11430 (Código de Tránsito de la Provincia de Buenos Aires) a construir y/o instalar "Dispositivos reductores de la velocidad del tránsito" en aquellos caminos o intersecciones de arterias del Partido de General Pueyrredon donde no existiendo señalamiento luminoso, sea necesario reducir la velocidad de circulación de los vehículos.
Que la Ordenanza Municipal Nro. 8.797 crea la Comisión Asesora sobre Seguridad Vial en el ámbito del Partido de General Pueyrredon donde una de sus funciones es promover acciones tendientes a disminuir la mortalidad y morbilidad de los vecinos.
Que es responsabilidad del gobierno del partido de General Pueyrredon tomar acciones para prevenir accidentes viales, garantizando entornos seguros para toda la comunidad educativa del Escuela Primaria N° 74 Carlos Fuentealba y para los vecinos y vecinas del barrio Las Heras.
Por todo lo expuesto, el bloque de concejales de Acción Marplatense eleva para su tratamiento el siguiente proyecto de
COMUNICACIÓN
Artículo 1º: El Honorable Concejo Deliberante de General Pueyrredon le solicita al Departamento Ejecutivo disponga de los medios técnicos y materiales a fin de estudiar la conveniencia de instalación de un reductor de velocidad, o el recurso que el área especializada interviniente considere oportuno, sobre la calle Gutemberg en su intersección con la calle Int. Eduardo Peralta Ramos del barrio Las Heras en la ciudad de Mar del Plata.
Artículo 2º: Comuníquese, etc.-
Autoría:
Adhesión: