Información de Expediente

2025 - E - 1478
Fecha de Entrada: 04/08/2025
Carátula: Proyecto de Ordenanza
Iniciador: UNION CIVICA RADICAL
Autor: CJAL. NUÑEZ DANIEL ALBERTO
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: CON DESPACHO DE COMISIONES
Desde: 11/08/2025
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Ordenanza
Adhiriendo la Municipalidad del Partido de General Pueyrredon, a la Ley Provincial N° 15.528 “Ley de Inclusión para personas con TEA”.-

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
048 SALUD COMUNITARIA Y DESARROLLO HUMANO 05/08/2025 06/08/2025 Aprobado
047 LEGISLACIÓN, INTERPRETACIÓN, REGLAMENTO 06/08/2025 11/08/2025 Aprobado
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto
Mar del Plata, 1 de agosto de 2025.-


Sra. Presidente del Honorable Concejo Deliberante


Partido de General Pueyrredon


Cjala. Marina Sanchez Herrero


S_____________/_______________D


VISTO:


La Ley Provincial N° 15.528 “Ley de Inclusión para personas con TEA” que modifica la Ley Provincial N° 15.035 y establece dos nuevos títulos: uno para formalizar la adhesión a la Ley Nacional N° 27.043, y otro que declara al territorio bonaerense como “Provincia de Comunicación Amigable de las Personas con TEA”,


CONSIDERANDO:


Que la Honorable Cámara de Diputados y la Honorable Cámara de Senadores de la Provincia de Buenos Aires han sancionado la adhesión a la Ley Nacional N.º 27.043 sobre el abordaje integral e interdisciplinario de las personas con Trastornos del Espectro Autista (TEA), marcando un hito en materia de derechos, inclusión y salud pública.


Que, con la sanción definitiva, la Provincia se compromete a implementar políticas públicas concretas orientadas a mejorar la calidad de vida de las personas con TEA y sus familias, a través de acciones específicas tanto en el ámbito sanitario como en el comunicacional.


Que, en consecuencia, se modifica la Ley Provincial N.º 15.035, incorporando dos nuevos títulos: uno que formaliza la adhesión a la legislación nacional y otro dedicado específicamente a la promoción de la comunicación inclusiva.


Que, entre sus disposiciones más destacadas, la norma declara a la Provincia de Buenos Aires como “Provincia de Comunicación Amigable de las Personas con TEA”, estableciendo la creación de un Registro Oficial de Pictogramas, que funcionará como herramienta normativa y de accesibilidad en todo el territorio provincial.


Que los pictogramas —recursos visuales basados en símbolos, imágenes y letras— constituyen un componente esencial de los sistemas de Comunicación Aumentativa y Alternativa (CAA), facilitando la comprensión del entorno para personas con TEA y otras condiciones que afectan el lenguaje o la cognición.


Que dichos pictogramas, por su claridad y universalidad, resultan fundamentales para garantizar la autonomía, reducir la ansiedad y promover la accesibilidad cognitiva en espacios públicos y privados.


Que la nueva Ley prevé la implementación obligatoria de estos recursos en todas las dependencias públicas provinciales, al tiempo que los pone a disposición de entidades privadas que voluntariamente deseen sumarse a una comunicación accesible e inclusiva.


Que se establece, asimismo, que el Poder Ejecutivo deberá reasignar las partidas presupuestarias necesarias para garantizar la plena ejecución de esta normativa, mientras que las obras sociales y prepagas tendrán un plazo de 120 días para incorporar las prestaciones específicas previstas.


Que la norma invita expresamente a los municipios bonaerenses a adherir voluntariamente a estas disposiciones, favoreciendo una implementación territorial más equitativa y extendida.


Que declarar a la Provincia como “Provincia de Comunicación Amigable de las Personas con TEA” no constituye un mero acto declarativo, sino una decisión política transformadora que interpela al presente y proyecta un futuro con más justicia social.


Que el Trastorno del Espectro Autista (TEA) es una condición del neurodesarrollo que afecta principalmente la comunicación, la interacción social y la conducta, y que no debe ser entendido como una enfermedad, sino como una forma diversa de percibir y habitar el mundo.


Que, según la Organización Mundial de la Salud, 1 de cada 100 niños en el mundo está dentro del espectro autista, y que, en nuestro país, si bien no existen aún estadísticas oficiales precisas, existe un amplio consenso entre profesionales y organizaciones de familias en torno a la necesidad urgente de políticas públicas activas.


Que una de las principales barreras que enfrentan las personas con TEA es la incomprensión del entorno, muchas veces saturado de estímulos sensoriales, lenguaje ambiguo o señales de difícil interpretación, lo cual refuerza la necesidad de herramientas comunicacionales accesibles.


Que implementar pictogramas en espacios públicos como escuelas, hospitales, centros de salud, oficinas estatales y estaciones de transporte no sólo constituye una buena práctica, sino una política de inclusión efectiva que garantiza el acceso a derechos básicos.


Que como antecedente el Municipio de General Pueyrredon por Ordenanza N° 25258 del año 2021, dispone la instalación de pictogramas identificativos de las áreas que representan las dependencias municipales y encomienda al Departamento Ejecutivo la realización de una campaña llamada “Ciudad Amigable con las personas con TEA”, en la cual se invita a instalar pictogramas al sector privado.


Que el Registro Oficial de Pictogramas permitirá estandarizar los diseños utilizados en todo el territorio provincial, funcionando como guía y referencia para los municipios, organismos estatales, instituciones educativas y comercios comprometidos con una comunicación accesible.


Que este tipo de iniciativas promueve el derecho a comprender, a participar y a no ser excluido por una forma diferente de procesar la realidad, y representa un paso fundamental hacia la construcción de una sociedad que valore la diversidad y la empatía como pilares del bien común.


Que, en definitiva, no alcanza con incluir en el discurso si no transformamos la realidad; no basta con proclamar igualdad si no garantizamos accesibilidad; y no es suficiente hablar de derechos si no los convertimos en políticas públicas concretas y sostenidas.


Por todo lo expuesto, el Bloque de Concejales de la Unión Cívica Radical eleva el siguiente proyecto de:


ORDENANZA


Artículo 1°.- Adhiérase la Municipalidad del Partido de General Pueyrredon a la Ley Provincial N° 15.528 “Ley de Inclusión para personas con TEA”.


Artículo 2°.- Envíese copia de la presente a la Legislatura de la provincia de Buenos Aires.


Artículo 3°.- De forma.-


AUTORÍA DEL PROYECTO:


Cjal. Daniel Nuñez


ADHESIÓN AL PROYECTO:

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