Información de Expediente

2025 - E - 1443
Fecha de Entrada: 15/07/2025
Carátula: PROYECTO DE ORDENANZA
Iniciador: UNION CIVICA RADICAL
Autor: CJAL. NUÑEZ DANIEL ALBERTO
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: GIRADO A COMISION
Desde: 16/07/2025
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Ordenanza
Modificando la Ordenanza N° 25618, mediante la cual se creó el Programa Compromiso Local Sostenible, cuyo objetivo es certificar y acompañar a los establecimientos que incorporen prácticas alineadas con la sostenibilidad ambiental, social y económica.

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
052 AMBIENTE, DESARROLLO SOSTENIBLE Y SERVICIOS SANITARIOS 16/07/2025
047 LEGISLACIÓN, INTERPRETACIÓN, REGLAMENTO
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto
Mar del Plata, 4 de Julio de 2025


  Sra. Presidente del Honorable Concejo Deliberante


  Partido de General Pueyrredon


  Cjala. Marina Sánchez Herrero


S / D


  nn


VISTO


  La necesidad de establecer un programa que incentive las buenas prácticas ambientales en las empresas, comerciantes e industrias locales a partir de un régimen de promoción que incluya estímulos y beneficios a quienes cumpla con determinados parámetros preestablecidos y;


CONSIDERANDO


  Que según el Programa de las Naciones Unidas para los Asentamientos Humanos (ONU-Hábitat), define a la gobernanza urbana como el conjunto de mecanismos mediante los cuales los actores públicos, privados y la ciudadanía participan en la planificación, gestión y toma de decisiones relacionadas con los sistemas urbanos. Se trata de un proceso continuo que permite articular intereses diversos —y muchas veces contrapuestos—, promoviendo respuestas colaborativas orientadas a un desarrollo territorial inclusivo, resiliente y sostenible.


  Que tal como lo señala la Nueva Agenda Urbana (NAU), las ciudades representan un espacio estratégico para afrontar múltiples desafíos globales contemporáneos, tales como la pobreza, el desempleo, la degradación ambiental y el cambio climático. La implementación de intervenciones eficaces en contextos urbanos puede generar impactos acumulativos significativos en el proceso de desarrollo sostenible.


  Que la NAU propone una visión integral del desarrollo urbano sostenible, estructurada en torno a cuatro dimensiones clave de la sostenibilidad, que deben estar presentes de manera transversal en todos los niveles y sectores involucrados en la planificación urbana:


-   Sostenibilidad social: orientada a fortalecer el empoderamiento de grupos históricamente marginados, garantizar la equidad de género, e incorporar en la planificación urbana las necesidades específicas de personas migrantes, minorías étnicas, personas con discapacidad y distintos grupos etarios.


-   Sostenibilidad económica: vinculada con la generación de empleo digno, la mejora de los medios de vida, el aumento de la productividad y el fortalecimiento de la competitividad en las ciudades.


-   Sostenibilidad ambiental: centrada en la conservación de la biodiversidad y los ecosistemas, el desarrollo de ciudades resilientes, la adaptación al cambio climático y la aplicación de medidas para su mitigación.


-   Sostenibilidad espacial: referida a la distribución equitativa del espacio urbano y a una adecuada densificación, que favorezca la cohesión social y la eficiencia en el uso de los recursos urbanos.


  Que la edición especial del 2023 del Informe de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (Sustainable Development Goals Report) ofrece un análisis crítico del estado de avance hacia el cumplimiento de la Agenda 2030, revelando desafíos significativos. Las evaluaciones globales más recientes, elaboradas por los organismos responsables del seguimiento, presentan un escenario alarmante: más del 30 % de estas metas no han registrado progreso alguno o, en algunos casos, han retrocedido a niveles inferiores a los de referencia de 2015. Estos resultados reflejan la urgencia de redoblar esfuerzos y adoptar medidas más eficaces para encaminar los ODS hacia su cumplimiento y asegurar un desarrollo sostenible e inclusivo.


  Que de acuerdo al Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA) el concepto de Producción Más Limpia (PML) consiste en: “La aplicación continua de una estrategia preventiva e integrada, aplicada a proceso, productos y servicios para incrementar la eficiencia sobre los mismo y reducir los riesgos para el ser humano y el medioambiente”;


  Que en el marco de la Agenda 2030 de las Naciones Unidas, este proyecto se alinea directamente con los Objetivos de Desarrollo Sostenible:


1.  ODS Nº1 – Fin de la pobreza: al incentivar prácticas productivas sostenibles en sectores económicos locales, se promueven circuitos de economía circular y empleo verde, generando oportunidades para poblaciones tradicionalmente marginadas.


2.  ODS Nº3 – Salud y bienestar: mediante la promoción de entornos urbanos más saludables y la reducción de factores de riesgo ambientales, se impulsa el bienestar integral de la población, fortaleciendo el vínculo entre salud y sostenibilidad.


3.  ODS Nº10 – Reducción de las desigualdades: reconociendo y visibilizando a actores comprometidos con prácticas sustentables, favoreciendo una distribución más equitativa de los recursos, el reconocimiento del trabajo ambiental y el acceso justo a bienes comunes.


4.  ODS Nº11 – Ciudades y comunidades sostenibles: este proyecto promueve una gestión urbana más responsable y consciente, que prioriza la sostenibilidad, la resiliencia al cambio climático, el acceso equitativo a servicios básicos y la calidad de vida de la ciudadanía. Se alinea con el objetivo de transformar el entorno urbano en un espacio más inclusivo, seguro y resiliente.


5.  ODS Nº12 – Producción y consumo responsables: constituye una acción concreta para incentivar procesos productivos que optimicen el uso de recursos, reduzcan residuos y promuevan el ecoetiquetado local como herramienta de transformación cultural y económica.


6.  ODS Nº13 – Acción por el clima: contribuye directamente a la mitigación del cambio climático, impulsando la adopción de medidas sostenibles por parte de comercios, emprendimientos, instituciones y empresas, especialmente relevante en ciudades costeras como el Partido de General Pueyrredon, expuestas a riesgos ambientales crecientes.


7.  ODS Nº16 – Paz, justicia e instituciones sólidas: refuerza la gobernanza participativa, al establecer mecanismos de reconocimiento transparente, criterios técnicos y procesos de evaluación colectiva que promueven la construcción de una ciudadanía ambientalmente activa.


  Que los objetivos de la agenda mencionada se traducen en una mejor calidad de vida para todos/todas e impulsan la concreción de planes generales de desarrollo, que minimicen costos económicos, ambientales y sociales, aumentando la competitividad y reduciendo la pobreza;


  Que para avanzar en el cumplimiento del ODS 12 sobre consumo y producción responsable, resulta crucial promover políticas públicas que impulsen la transición hacia modelos sostenibles, priorizando la eficiencia en el uso de los recursos y fomentando un crecimiento económico desvinculado del deterioro ambiental.


  Que en pos de fomentar la proliferación de marcas sustentables junto al apoyo en el crecimiento de las existentes, es necesario propiciar la participación, articulación y coordinación con instituciones académicas, empresarias, gubernamentales, ONG`s y colegios profesionales:


  Que como región costera y polo turístico de gran relevancia en la región, el Partido de General Pueyrredon se encuentra en una posición estratégica para impulsar acciones concretas que contribuyan al cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) y a la mitigación del cambio climático. Frente a los desafíos ambientales que enfrentan los territorios urbanos y especialmente los entornos costeros, resulta fundamental que los gobiernos locales lideren procesos de transformación orientados a la sostenibilidad, reconociendo las iniciativas responsables del sector productivo, comercial, institucional y comunitario. En este sentido, avanzar en el desarrollo de políticas públicas representa una oportunidad para consolidar una ciudad comprometida con la acción climática, alineada con la Estrategia Nacional del Pacto Global de Alcaldes por el Clima y la Energía, de la cual ya forman parte activamente más de 230 municipios argentinos. Este tipo de políticas locales permiten visibilizar y promover prácticas sostenibles, fortaleciendo la resiliencia del territorio y posicionando al Partido de General Pueyrredon como referente en el camino hacia una ciudad más justa, verde e inclusiva.


  Que es importante que desde el Estado Municipal se le brinde al empresario EMPRESARIADO local, herramientas necesarias para propiciar la conciencia y responsabilidad ambiental;


  Que la asignación estratégica de recursos a la educación y formación de la población con mayor representación demográfica resulta fundamental en contextos urbanos que han experimentado un incremento en los flujos migratorios. Esta medida puede constituirse como una herramienta clave para la integración socioeconómica de personas migrantes en economías urbanas complejas. En el ámbito local, la implementación de programas focalizados a nivel barrial, así como de iniciativas especiales, representa una alternativa efectiva para abordar las brechas de desarrollo en territorios con rezago estructural (Dutton, Lindsay y McQuaid, 2007).


  Que, a través de este programa se puede generar sinergia y entendimientos entre los distintos actores y sectores, que propician mejores condiciones hacia el desarrollo local y sostenible;


  Que las ciudades, como sistemas complejos de interacción territorial, presentan ventajas estructurales que favorecen el desarrollo de modelos sostenibles de producción y consumo. Estas ventajas se derivan de múltiples factores: la concentración y proximidad de recursos naturales estratégicos; la disponibilidad de capital humano calificado, producto de redes institucionales, educativas y tecnológicas; y configuraciones espaciales que permiten sinergias logísticas, acceso a infraestructura y servicios. Esta combinación de atributos convierte a los entornos urbanos en escenarios clave para implementar políticas públicas que impulsen la transición ecológica, la innovación social y la eficiencia productiva con enfoque territorial.


  Que es importante reconocer y distinguir a aquellas empresas con compromiso ambiental como elemento diferenciador para que, además, consumidores y clientes puedan elegir productos y servicios que se identifiquen con esos valores;


  Que se encuentra vigente la Ordenanza 24.820 la cual Implementa el Régimen de Promoción y Prioridad de adquisición de bienes y servicios provistos y/o manufacturados por personas humanas y/o jurídicos denominado “ COMPRE MARPLATENSE”, mediante el cual se establece el derecho de prioridad a favor de los proveedores locales en las contrataciones públicas que realice el Municipio de General Pueyrredon;


  Que en el transcurso del año 2020 el Poder Ejecutivo celebró tanto la adhesión a la Red Argentina de Municipios frente al Cambio Climático (RAMCC), como asi tambien al Pacto Global de Alcaldes por el Clima y la Energía, marcando un compromiso por el cuidado del ambiente y la lucha frente al cambio climático.


  Que como identifica la RAMCC, la crisis climática requiere un enfoque integral que atraviese todas las áreas de gestión pública, impulsando acciones tanto para disminuir las emisiones de gases de efecto invernadero como para fortalecer la resiliencia de la población frente a los riesgos climáticos. Para avanzar hacia modelos urbanos más sostenibles, es fundamental promover una transición justa que contemple la participación activa de diversos sectores, incluyendo al sector privado, las instituciones académicas y la sociedad civil, con el fin de diseñar políticas públicas adaptadas a las particularidades de cada territorio.


  Por lo expresado, el Bloque de la Unión Cívica Radical eleva el presente proyecto de:


  ORDENANZA


  Artículo 1°-. Modifíquese la Ordenanza N° 25618, que quedará redactada de la siguiente forma:


“TÍTULO I


IMPLEMENTACIÓN, OBJETIVO Y AUTORIDAD DE APLICACIÓN


  Artículo 1º.-Créase en el Partido de General Pueyrredon el Programa de “Compromiso Local Sostenible” cuyo objetivo es certificar y acompañar a los establecimientos que incorporen prácticas alineadas con la sostenibilidad ambiental, social y económica, promoviendo la producción y consumo sostenible de bienes y servicios, propiciando la economía circular y fomentando la inclusión y equidad social, promoviendo economías urbanas resilientes y accesibles, y fortaleciendo la protección del entorno natural a través del sector privado, para orientar la reactivación económica hacia el cuidado y respeto del ambiente así como la integración y fortalecimiento de la economía social.


  Artículo 2º.- Recibirán el sello de “Compromiso Local Sostenible” aquellos actores productivos que, en la generación de bienes y servicios, integren de manera efectiva los principios de sostenibilidad en al menos una de sus tres dimensiones:


-   Sostenibilidad ambiental: adoptando prácticas de producción y gestión que minimicen el impacto ambiental, promuevan la eficiencia en el uso de recursos y contribuyan a la regeneración de los ecosistemas.


-   Sostenibilidad social: garantizando la inclusión, accesibilidad, diversidad y equidad en toda la cadena productiva, con un enfoque que promueva la participación de todos los sectores de la sociedad.


-   Sostenibilidad económica: impulsando economías urbanas resilientes, inclusivas y equitativas, fortaleciendo el desarrollo local, la generación de empleo digno y el consumo responsable.


  Artículo 3º.- Objetivo general:


  El Programa “Compromiso Local Sostenible” tiene como objetivo certificar y acompañar a los establecimientos que se incorporen al mismo, brindándoles herramientas para que profundicen o desarrollen prácticas alineadas con la sostenibilidad ambiental, social y económica. Asimismo, busca promover una ciudad inclusiva y participativa, que fortalezca la colaboración cívica, fomente la interacción social e intergeneracional y genere un sentido de pertenencia y responsabilidad compartida entre sus habitantes.


  Artículo 4º.- Objetivos Específicos:


1.Sostenibilidad Ambiental


-   Desarrollar iniciativas que fortalezcan el compromiso ciudadano con el cuidado y la sostenibilidad del entorno.


-   Implementar políticas y acciones que reduzcan la huella ambiental de las actividades comerciales e industriales.


-   Fomentar el uso eficiente de los recursos naturales, promoviendo la gestión responsable del agua, la energía y los residuos.


-   Sensibilizar y capacitar a la ciudadanía y al sector privado sobre la importancia de la sostenibilidad ambiental y la conservación de los ecosistemas.


2.Sostenibilidad Social


-   Fomentar la participación activa de la comunidad en la planificación y desarrollo del entorno urbano.


-   Relevar información y datos que permitan anticipar políticas de inclusión.


-   Promover espacios de transferencia de conocimientos entre generaciones y sectores diversos de la sociedad, promoviendo el aprendizaje colaborativo y la construcción colectiva de saberes.


-   Impulsar iniciativas que promuevan la accesibilidad universal en el entorno urbano y en los espacios comerciales.


3.Sostenibilidad Económica


-   Incentivar el desarrollo de economías urbanas resilientes, inclusivas y sostenibles, fortaleciendo el comercio local y el emprendimiento responsable.


-   Promover la economía circular y el consumo responsable mediante estrategias de producción eficiente y reducción de desperdicios.


-   Generar mecanismos de apoyo y financiamiento para PyMEs y emprendimientos que implementen prácticas sostenibles en su producción y gestión.


  Artículo 5º.- Población objeto. El mencionado Programa está destinado a empresas, comerciantes e industrias que posean hasta 40 empleados inclusive en su nómina de personal.


  Artículo 6º.- Desígnase como autoridad de aplicación al Ente Municipal de Servicios Urbanos, en virtud de su competencia en materia de gestión ambiental y/o la dependencia que designe mediante reglamentación el Departamento Ejecutivo.


  TÍTULO II


MECANISMOS DE DIFERENCIACIÓN


  Artículo 7º.- La autoridad de aplicación otorgará la distinción y diferenciación de “Compromiso Local Sostenible” a aquellas empresas, comerciantes e industrias que demuestren buenas prácticas en alguna de las dimensiones involucradas, siendo éste un elemento diferenciador para que consumidores, proveedores y clientes puedan elegirlos por su mayor compromiso en alguno de los sectores involucrados para el crecimiento local sostenible.


  Artículo 8º.- Las empresas, comerciantes e industrias podrán solicitar la inscripción al presente Programa vía web, completando las planillas pertinentes y cumpliendo con la metodología dispuesta según el Anexo I que se adjunta a la presente ordenanza. Los datos proporcionados por la población objeto tendrán el carácter de declaración jurada y quedarán sujetas a eventuales verificaciones por parte de la autoridad de aplicación que, en su caso, queda facultada para sancionar las falsedades o incumplimientos detectados.


  Para acceder al Programa “Compromiso Local Sostenible”, los establecimientos deberán demostrar la incorporación de buenas prácticas alineadas con los principios de sostenibilidad en al menos uno de los siguientes ejes:


1.  Eje de Sostenibilidad Ambiental:


    -   Acciones vinculadas a la planificación y gestión de residuos.


    -   Uso eficiente de la energía.


    -   Uso eficiente del agua.


    -   Capacitación y formación en conceptos ambientales.


    -   Integración de alguna práctica ambiental en procesos, productos o servicios.


2.  Eje de Sostenibilidad Social:


    -   Accesibilidad e inclusión en espacios físicos y atención al público.


    -   Apoyo comunitario a organizaciones sociales, participación en programas solidarios y/o donaciones.


    -   Programas de capacitación y formación dirigidos a trabajadores, comunidades o público general.


    -   Implementación de medidas específicas para garantizar la inclusión en todas las etapas del proceso comercial, asegurando un entorno accesible, atención adecuada y estrategias de consumo adaptadas a las diferentes necesidades, situaciones y/o poblaciones.


3.  Eje de Sostenibilidad Económica:


    -   Utilización de insumos provenientes de procesos de economía circular.


    -   Prioridad a proveedores locales en la cadena de valor.


    -   Contratación de personal en situación de vulnerabilidad, con discapacidad o trayectoria de resiliencia comprobada.


4.  Eje de Integración Sostenible:


    -   Acciones que articulen de forma integral los tres ejes anteriores (ambiental, social y económico), generando sinergias que potencien el impacto positivo del establecimiento en las personas y el entorno.


  Artículo 9º.- La autoridad de aplicación evaluará las respuestas recibidas asignando un puntaje relativo a cada ítem, a fin de obtener un valor nominal final que permitirá clasificar a los establecimientos en distintas categorías preestablecidas, conforme a los ejes definidos en el artículo precedente.


  TÍTULO III


CRITERIOS DE EVALUACIÓN


  Artículo 10. Dicha evaluación será realizada por un comité técnico interdisciplinario, creado por la autoridad de aplicación. Los postulantes serán evaluados según una matriz de indicadores específicos para cada categoría, atento a lo mencionado en el artículo anterior.


TITULO IV


  BENEFICIOS Y CURSOS DE CAPACITACIÓN


  Artículo 11º.- Capacitación. La autoridad de aplicación deberá informar y capacitar a la población objeto, con el fin de reforzar los objetivos del presente Programa y fomentar las buenas prácticas ambientales, sociales y económicas.


  Artículo 12º.- Beneficios. Las empresas y emprendimientos que obtengan el sello de “Compromiso Local Sostenible” accederán a los siguientes beneficios:


-   Difusión a través de los canales oficiales del Municipio, incluyendo su georreferenciación en mapas interactivos.


-   Participación en ferias, instancias de formación y eventos exclusivos vinculados a la sostenibilidad.


-   Asesoramiento técnico para acceso a programas de financiamiento sostenible promovidos por organismos nacionales e internacionales.


-   Y todos aquellos beneficios adicionales que la autoridad de aplicación determine en el marco de la reglamentación vigente.


  Artículo 13º.- Establécese por medio de la Secretaría de Economía y Hacienda, entes descentralizados y Obras Sanitarias S.E., sumado a las áreas pertinentes que el Departamento Ejecutivo determine, un cuadro de beneficios aplicable a cada uno de los actores económicos que alcancen el sello de “Compromiso Local Sostenible”.


  El esquema de beneficios mencionado con anterioridad deberá contemplar, entre otros, los siguientes aspectos:


a.  Reducción en las tasas y contribuciones determinadas que los beneficiarios del Programa “Compromiso Local Sostenible” sean sujetos a tal fin y se relacionen de manera directa con el giro del negocio económico.


b.  Reducciones en la liquidación de la “Tasa por Disposición Final de Residuos Sólidos Urbanos para Grandes Generadores” regulada en la Ordenanza 24.958 Título XIX.


c.  El sello será un elemento de preferencia a tener en cuenta para el otorgamiento de créditos municipales, como así también la posibilidad de acceder a futuros beneficios que el Departamento Ejecutivo dictamine.


  d.Reducción en el valor del metro cúbico (m³), tasas, contribuciones, cargos y demás conceptos incluidos en la facturación de servicios de Obras Sanitarias S.E., en la medida en que se acredite una reducción en el consumo de agua o en la generación de efluentes, conforme a los parámetros establecidos por dicha entidad.


  Artículo 14º.-Facúltase a la mencionada a celebrar convenios con entidades intermedias, organismos del Estado, profesionales, centros de estudios, ONGs, y cualquier institución, ente, dependencia, organismo, etc., que considere relevante o de interés para este propósito.


  TÍTULO IV


PUBLICIDAD


  Artículo 15º.- La autoridad de aplicación difundirá por los medios que considere pertinentes el listado de establecimientos a los que se le ha otorgado el “Compromiso Local Sostenible”, al efecto de favorecer la visibilidad del establecimiento y propiciar que los consumidores los elijan por su responsabilidad ambiental, social y/o económica.


  Con el mismo fin, el certificado que emita la autoridad de aplicación deberá ser visualmente simple y de fácil lectura como de comprensión, posibilitando su exhibición. Asimismo, la autoridad de aplicación publicará en un sitio web específico, un mapa virtual que contenga aquellos establecimientos que obtengan el certificado, cargando junto a la categoría de certificado lograda, una breve descripción del producto o actividad ofrecida.


  Artículo 16º.- Implementase en el Partido de General Pueyrredón una campaña de concientización y difusión del presente Programa.


  Artículo 17º.- Comuníquese, etc.-”


  Artículo 2°-. De forma.-


  AUTORÍA DEL PROYECTO:


  CJAL. DANIEL NUÑEZ


  ADHESIONES AL PROYECTO:

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