Mar del Plata, 02 de Julio de 2025.
A la Sra. Presidenta del
Honorable Concejo Deliberante
Dra. Marina Sánchez Herrero
S----------------/------------------D
VISTO:
Los testimonios brindados en distintos medios periodísticos por vecinos de la ciudad respecto del proceder de personas integrantes del “Cuerpo de Patrulla Municipal”. Y;
CONSIDERANDO:
Que el día 1° de julio de 2025 falleció en nuestra ciudad una persona en situación de calle.
Que se trataba del Sr. Gustavo Héctor Cabello “(...) quien fue hallado sin vida cerca de las siete de la mañana por los dueños de la casa, ubicada en 14 de Julio y Rivadavia, en la que dormía desde hacía un tiempo, después de un par de años en los que se encontraba en situación de calle”.[1]
Que en la corriente semana se registraron en el Partido de General Pueyrredon bajas temperaturas, en el marco de una ola de frio polar a nivel nacional, que afecta especialmente a las personas en situación de vulnerabilidad, y en particular a aquellas que se encuentran en situación de calle.
Que la persona fallecida era asistida por los propios vecinos y vecinas del barrio San Juan, ya que se trataba de un cuidador de vehículos de la zona.
Que una vez que se conoció el deceso de esta persona, surgieron por los medios de comunicación testimonios de vecinos del lugar, quienes indicaron presuntas acciones violentas e ilícitas realizadas por parte de algunos integrantes del “Cuerpo de Patrullas Municipal”.
Que en el Diario La Capital, dentro de una nota publicada el 01 de julio del corriente se informa que “Acá estamos tristes, indignados. Teníamos un cuidacoches en la cuadra, Héctor Cabello, un hombre que por las jugadas de la vida quedó en situación de calle y que acá era muy querido por todos, porque era un buen tipo, nos cuidaba, nos barría la vereda (…) La vecina del barrio San Juan calificó a la Patrulla Municipal de Montenegro como un grupo “muy agresivo”.
Que asismismo se amplía que “Un día salimos todos los vecinos a defenderlo y hasta fueron tan agresivos con nosotros, que tuvimos que llamar al 911. Seguían robándole sus colchones, sus frazadas, acá los vecinos nos quedamos sin colchones y sin frazadas para darle, pobre. Era un buen tipo y lo seguían jodiendo (…)”[2].
Que por otra parte se pudo observar en la transmisión del canal de televisión nacional C5N a través de su corresponsal en nuestra ciudad, a vecinos y vecinas del barrio sosteniendo que “(...) pasaba la patrulla municipal, le robaba las cosas que tenía puestas, el abrigo, todo, hasta la plata le llevaban”.
Que ampliando esta declaración se pudo conocer como “(...) él se tenia que ir como escondiendo de la patrulla municipal, yo fui testigo de muchas veces que lo han agredido, le han pegado muy feo, lo han tenido en el piso y muchas veces pedía un lugar oscuro para estar, para que no lo vean (...)”.
Que desde el Bloque de Unión por la Patria se había manifestado preocupación ante el presunto accionar del Cuerpo de Patrulla Municipal ya que en abril de 2025 fue presentado un proyecto de Comunicación solicitando al Ejecutivo Municipal que informara diversos puntos.
Que entre ellos, se destacan los siguientes: “a) Respecto a los operativos en relación a personas en situación de calle, si los mismos se realizan en forma conjunta con el equipo interdisciplinario del área de Desarrollo Social. b) Si utilizan vehículos sin chapa identificatoria (patente) en los procedimientos. c) Cantidad de personas abocadas al “Cuerpo de Patrulla Municipal” y características de su contratación laboral. d) Si las personas que forman parte del Cuerpo de Patrulla Municipal reciben algún tipo de capacitación. En su caso, indiquen cuáles. e) Si integrantes del Cuerpo de Patrulla Municipal ejercen violencia física y/o verbal sobre ciudadanos, en el ejercicio de sus tareas. f) Si utilizan el rostro cubierto en algunos operativos nocturnos”.
Que el proyecto mencionado (2025-E-1256) fue archivado en su primer tratamiento en la Comisión de Seguridad Pública y Protección de la Comunidad.
Que anteriormente había sido archivado, también en primer tratamiento, un proyecto de Comunicación (2025-E-1057), presentado en el mes de enero de 2025 en el cual a su vez se solicitaba información acerca del citado dispositivo de seguridad local.
Que específicamente allí se requería conocer: “a) Cantidad de personas abocadas al “Cuerpo de Patrulla Municipal” y características de su contratación laboral. b) Respecto a los operativos en relación a “personas en situación de calle”, si los mismos se realizan en forma conjunta con el equipo interdisciplinario del área de Desarrollo Social. c) Si utilizan el rostro cubierto en algunos operativos nocturnos. d) Si utilizan herramientas como esposas y/o precintos para reducir personas. e) Si utilizan fuerza física contra personas civiles. f) Si realizan los operativos con el auxilio de la fuerza pública”.
Que del relato de los hechos de los vecinos y registrados en los medios periodísticos no surge la identificación de las personas que ejercieron violencias física y verbal sobre el Sr. Cabello con anterioridad a su fallecimiento, ni el nombre de la o las personas que le sustraían sus pertenencias (colchones, frazadas, documentación, alimentos), pero si es posible identificar que estos serían integrantes del “Cuerpo de Patrulla Municipal”.
Que resulta evidente que la Justicia deberá investigar estas situaciones denunciadas, siendo pasibles de constituirse en delitos, ante la gravedad manifiesta de los presuntos ilícitos que han adquirido estado público.
Que los hechos denunciados revisten tal gravedad que resulta necesario realizar la investigación pertinente y en tal caso aplicar sanciones administrativas, previa instrucción de sumario en caso de corresponder.
Que las afirmaciones de los vecinos y vecinas del Municipio que se conocieron a través de los distintos medios periodísticos revisten gravedad y merecen el análisis e intervención, por parte de este Honorable Cuerpo Legislativo. .
Por todo lo expuesto, el Bloque de Concejalas y Concejales de Unión por la Patria elevan para su tratamiento los siguientes proyectos de:
COMUNICACIÓN
Artículo N°1.- El Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon solicita al Departamento Ejecutivo que proceda a realizar una investigación administrativa y en su caso a aplicar las sanciones correspondientes, previa instrucción de sumario, en relación con los hechos denunciados por los vecinos el día 1° de julio de 2025 sobre el proceder de integrantes del “Cuerpo de Patrulla Municipal”, en vinculación con el fallecimiento del Sr. Gustavo Héctor Cabello.
Artículo Nº2.- Comuníquese, etc.
DECRETO
Artículo N°1.- Cítese a Sesión del Honorable Cuerpo Deliberativo, en conformidad con las atribuciones otorgadas por el Art. 108º inc. 7) de la Ley Orgánica de las Municipalidades y en un todo de acuerdo con el Capítulo IX del Reglamento Interno de este Honorable Cuerpo, al Secretario de Seguridad Sr. Rodrigo Gonçalves y la Secretaria de Desarrollo Social Sra. Vilma Baragiola, a los efectos de brindar explicaciones detalladas acerca de los operativos realizados durante el 2025 con las personas en situación de calle del Partido de General Pueyrredon.
Artículo Nº2.- De forma.
AUTORIA:
ADHERENTES:
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[1] https://www.0223.com.ar/nota/2025-7-1-10-53-0-identificaron-al-hombre-que-murio-en-un-garage-habia-perdido-dos-hijos-en-un-accidente
[2] https://www.lacapitalmdp.com/no-era-un-fisura-era-una-persona-en-situacion-de-calle/