Mar del Plata, 30 de junio de 2025
Sra. Presidenta
Honorable Concejo Deliberante
General Pueyrredon
S/D
VISTO
La noticia periodística surgida durante los últimos días, donde se informa que el Gobierno Nacional se encuentra analizando las formas de anular la ampliación del Régimen de Zona Fría, donde se incluye a General Pueyrredon, establecida en el año 2021 a través de la Ley Nº 27.637; y
CONSIDERANDO
Que según lo publicado por el diario La Capital el día 28 de junio, “el Gobierno evalúa eliminar el régimen de Zona Fría que beneficia a Mar del Plata. Analiza dar de baja por decreto la ampliación aprobada en 2021 que incorporó a la ciudad y otras regiones del país. Cree que podría ahorrar US$ 300 millones en subsidios”.
Que se arranca desde un argumento falaz al considerar que se generaría un ahorro cuando en realidad no se trata de un gasto discrecional sino de un mecanismo de justicia territorial y climática que garantiza el acceso equitativo a un recurso esencial, ya que General Pueyrredon se encuentra en una zona geográfica determinada, con un clima invernal acorde a la zona patagónica, lo que objetivamente ubica al Partido en otro rango de necesidades energéticas en comparación con otras zonas.
Que según se indica en el sitio especializado en temas energéticos Econojournal, abogados del gobierno están estudiando las consecuencias legales de un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU), evitando así el necesario debate democrático y la intervención de los representantes del pueblo en una decisión que afecta directamente la vida cotidiana de millones de argentinos y argentinas, para efectivizar de esa manera tal recorte, como ya habían intentado en su momento mediante la denominada Ley Bases.
Que mediante la Ley N° 25.565 se creó el Fondo Fiduciario para Subsidios de Consumos Residenciales de Gas, que tuvo por objeto financiar tanto las compensaciones tarifarias y la venta de cilindros, garrafas o gas licuado de petróleo, gas propano comercializado a granel y otros para determinadas regiones categorizada como zona fría.
Que dicho fondo tenía un plazo original de vigencia de diez (10) años, el cual fue sucesivamente prorrogado mediante la Ley N° 26.546 y la Ley Nº 27.591.
Que a raíz de la Ley Nacional N° 27.637, del 24 de junio de 2021, el Fondo Fiduciario mencionado se prorrogó hasta el 31 de diciembre de 2031 y se amplió el número de zonas alcanzadas por el régimen de Zona Fría.
Que esta ampliación involucró a localidades de bajas temperaturas, comparables con sectores patagónicos, que no se encontraban alcanzadas hasta el momento, tal es el caso de Mar del Plata, Batán y todo el partido de General Pueyrredon, lugares que a partir de esto obtienen una reducción de un 30% en las tarifas, llegando finalmente a más de 260.000 hogares.
Que la eliminación del régimen afectaría de forma particularmente grave a sectores vulnerables como adultos mayores, familias con menores ingresos, niños y niñas en edad escolar y personas con condiciones de salud que requieren ambientes calefaccionados.
Que la equiparación de Mar del Plata y Batán con otras zonas del país con bajas temperaturas e inviernos hostiles, como sería el caso de las ciudades y poblados de latitudes patagónicas, es y ha sido un reclamo de larga data, tanto de los sectores vecinales, sociales, políticos como de las organizaciones del tercer sector.
Que esto se logró a partir de lo establecido por la Ley 27.637 y es menester que nuestra comunidad se mantenga dentro de un cuadro tarifario acorde a su realidad climática y ubicación geográfica.
Que no se trata de una percepción subjetiva o un reclamo infundado, sino de una demanda basada en evidencia climática, histórica y social que ubica a nuestra región en condiciones equivalentes a las de otras zonas tradicionalmente reconocidas como de baja temperatura, por sus características inmanentes, y esto ocasiona un uso más prolongado e intensivo del recurso.
Que además, nuestro municipio es probablemente el que mayor cantidad de usuarios beneficiarios del Régimen de Zona Fría tiene en la provincia de Buenos Aires, de ahí su impacto y la relevancia del tema.
Que desde hace un tiempo el Gobierno Nacional, ya sea por la Ley Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos, ya sea por estas últimas intenciones hechas públicas por medios periodísticos, ha intentado e intenta avanzar en la eliminación de un régimen de beneficios que no hace más que saldar viejas inequidades que nuestras ciudades han padecido a los largo de los años.
Que tal vez existan casos y zonas discutibles, cuestiones debatibles y modificables, zonas menos afectadas por el clima invernal y sectores sin las mismas necesidades, pero claramente este no es el caso que nos involucra.
Que es por esto que se hace vital la necesidad de su defensa por medio de todas las instancias y a través de todos los órganos representativos de la ciudadanía, con el obvio liderazgo de la máxima autoridad política del Partido al frente de la defensa y el reclamo.
Por ello, el Bloque de concejales de Acción Marplatense presenta el siguiente proyecto de
RESOLUCIÓN
Artículo 1º.- El Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon expresa su preocupación ante la posibilidad de que nuestro distrito sea eliminado o exceptuado del régimen de Zona Fría y solicita la continuidad del Régimen de Zona Fría para los habitantes del Partido de General Pueyrredon, manteniendo la plena vigencia de la Ley Nº 27.637 que estableció la ampliación de dicho Régimen desde el año 2021.
Artículo 2º.- Remítase copia de la presente, junto con sus fundamentos, a la Secretaría de Energía de la Nación y a ambas Cámaras del Congreso de la Nación, para su conocimiento.
Artículo 3º.- Comuníquese, etc.
COMUNICACIÓN
Artículo 1º.- El Honorable Concejo Deliberante de General Pueyrredon solicita al Señor Intendente Municipal realice las intervenciones y gestiones necesarias, y lo haga con la contundencia institucional y política que esta amenaza a los derechos de los marplatenses y batanenses exige, a los fines de defender la continuidad de nuestro distrito dentro del Régimen de Zona Fría, antes los reiterados embates en su contra por parte del Gobierno Nacional.
Artículo 2º.- El Honorable Cuerpo, a su vez, invita a la Defensoría del Pueblo de General Pueyrredon a sumar gestiones e iniciativas, en el mismo sentido, para proteger los derechos de los vecinos de Mar del Plata y Batán.
Artículo 3º.- Comuníquese, etc.-
Autoría:
Adhesión: