Información de Expediente

2025 - E - 1116
Fecha de Entrada: 13/02/2025
Carátula: PROYECTO DE RESOLUCIÓN
Iniciador: UNION POR LA PATRIA
Autor: CJAL. CRESPO VALERIA LUCIANA
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: GIRADO A COMISION
Desde: 14/02/2025
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Resolución
Manifestando preocupación por la Disposición 166/2025 de la Dirección Nacional de Migraciones, la cual dispensa a las operadoras de transporte internacional de pasajeros de requerir la documentación necesaria para que las personas menores de edad viajen al extranjero.

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
048 SALUD COMUNITARIA Y DESARROLLO HUMANO 14/02/2025
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto


      Mar del Plata, 13 de febrero de 2025.



A la Presidenta del



Honorable Concejo Deliberante



Sra. Marina Sánchez Herrero



S----------------/------------------D



VISTO:


      La Disposición 166/2025 dictada por la Dirección Nacional de Migraciones que dispensa a las empresas de transporte de verificar los permisos de las personas menores de edad para viajar al extranjero. Y;



CONSIDERANDO:



      Que esta medida se publicó en el Boletín Oficial el 30 de enero de 2025. En el anexo de la misma se establece “Documentación Anexa exenta de verificación por parte de Operadoras de Transporte Internacional…2. Autorización Expresa de Viaje de Menor (Venia de Viaje): • Autorización de Viaje Emitida por Funcionario Competente. • Instrumento Público que acreditare el vínculo. Resolución Judicial acreditada mediante testimonio o certificado de dicha resolución debidamente legalizada por autoridad correspondiente a la jurisdicción, o por otro instrumento público donde se transcriba dicha resolución y haga plena fe de la misma.”



      Que constituye una nueva medida que avanza en la desregulación del transporte de pasajeros, ahora eliminando la obligación de las empresas de transporte internacional de verificar los permisos que requieren los niños, niñas y adolescentes que los habilita a ingresar o salir del país.



      Que las desregulaciones de estas inspecciones representarán riesgos mayores para las personas menores de edad, en situaciones como pueden ser el tráfico de niños, niñas o trata de personas.



      Que en lo que respecta a los permisos de viaje para menores, las compañías tampoco requerirán de documentación como la autorización emitida por un funcionario competente, un documento que acredite el vínculo con el menor o cualquier resolución judicial certificada y legalizada correspondiente.



      Que si bien es cierto que el control se hace y se seguirá efectuando en Migraciones, solicitar esa documentación como paso previo al inicio de un viaje, sirve para la prevención de situaciones de riesgo para las personas menores de edad.



      Que esta disposición de la Dirección de Migraciones reemplaza la normativa vigente por la cual las empresas de transporte de pasajeros internacionales estaban obligadas a constatar la identidad de los niños, niñas y adolescentes y la autorización de sus progenitores o tutores para viajar al exterior. A decir verdad, también la disposición exime a estas mismas empresas de controlar la documentación de residencia de los extranjeros que ingresaban y salían del país.



      Que el Gobierno tomó como argumento que igualmente los pasajeros debían presentar esos mismos documentos ante las ventanillas de Migraciones para justificar otro de sus ya habituales gestualidades hacia el sector empresario, a costa de debilitar controles muy sensibles como los que atañen a temas de minoridad.



      Que hasta el dictado de esta disposición, había un doble control, primero por las empresas y luego en Migraciones. Esta flexibilización de la inspección obligatoria debe alertarnos sobre sus posibles consecuencias.






Por todo lo expuesto, el Bloque de Concejalas y Concejales de Unión por la Patria eleva el siguiente proyecto de:



RESOLUCIÓN



Artículo N°1.- El Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon manifiesta su preocupación por la Disposición 166/2025 de la Dirección Nacional de Migraciones, la cual dispensa a las operadoras de transporte internacional de pasajeros de requerir la documentación necesaria para que las personas menores de edad viajen al extranjero.



Artículo N°2.- Comuníquese, etc.






AUTORÍA:












ADHERENTES:





































ANEXO DOCUMENTAL



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