Información de Expediente

2024 - E - 1661
Fecha de Entrada: 24/06/2024
Carátula: Proyecto de Comunicación
Iniciador: ACCION MARPLATENSE
Autor: CJAL. AYALA MARIA EVA
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: GIRADO A COMISION
Desde: 26/06/2024
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Comunicación
Solicitando al Departamento Ejecutivo informe sobre diversos puntos referidos al programa “Corredores Escolares Seguros”.-

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
053 SEGURIDAD PÚBLICA Y PROTECCIÓN DE LA COMUNIDAD 26/06/2024
047 LEGISLACIÓN, INTERPRETACIÓN, REGLAMENTO
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto
Mar del Plata, 24 de junio de 2024


Sra. Presidenta


Honorable Concejo Deliberante


General Pueyrredon


S/D


VISTO


La serie de asaltos que se han registrado en las últimas semanas a estudiantes de distintas edades durante las salidas, y en las cercanías, de diferentes instituciones educativas más la existencia del programa municipal “Corredores Escolares Seguros”, y


CONSIDERANDO


Que el programa Corredores Escolares Seguros comenzó a funcionar en junio de 2022, según se indicó oficialmente a través de medios de comunicación locales, y cubriría a más de 100 establecimientos educativos, entre jardines, escuelas primarias y secundarias, Centros de Formación Profesional y el Complejo Universitario.


Que el objetivo del mismo, declarado por el gobierno municipal, es acompañar y cuidar a la comunidad educativa, a los comercios y domicilios particulares por medio de cámaras y botones de alerta, incluso a través de tareas de limpieza e iluminación que mejorarían la seguridad del barrio.


Que la prevención se llevaría a cabo a través de la videovigilancia, la cual se fortalecería mediante la incorporación de cámaras privadas al monitoreo del Centro de Operaciones y Monitoreo (COM), y unas 95 cámaras municipales distribuidas entre los corredores.


Que el programa de prevención se lleva adelante en conjunto con la Policía de la Provincia de Buenos Aires, el Foro de Seguridad, la Patrulla Municipal, la Dirección General de Tránsito, Transporte, Educación, el Ente Municipal Vialidad y Alumbrado Público (Emvial) y Servicios Urbanos (Emsur).


Que la Municipalidad de General Pueyrredon indica, en el apartado de Seguridad de su página oficial, la existencia de 28 Corredores Seguros, pero al ingresar al detalle de cada uno nos encontramos con una mayor cantidad de los señalados en la descripción, lo que se presta a dudas respecto a la efectiva cantidad en funcionamiento. Esto agravado por el hecho de que en distintas fechas podemos encontrar notas periodísticas hablando de 28, de 30 o de otros números.


Que actualmente se desconoce el funcionamiento concreto de los mismos en lo referido principalmente a las tareas complementarias que llevarían a cabo, por ejemplo, la Secretaría de Educación, la Dirección de Transporte o los entes descentralizados.


Que tampoco se conoce cuál es la coordinación, en caso de existir, de la Municipalidad con la Policía de la Provincia, ni la entrega de herramientas tales como los botones de alerta a establecimientos educativos, vecinos y comerciantes.


Que en los últimos días, luego de un robo realizado a un grupo de alumnos que quedó registrado en las cámaras y posteriormente llego a los distintos medios periodísticos, un grupo de padres de la zona centro se unieron el reclamo y la exigencia de ampliación o implementación de nuevos Corredores, ya que el último caso no fue casual, sino que forma parte de una ola reiterada que se sostiene en el tiempo, muchas veces con tintes violentos, más allá del robo de pertenencias.


Que dicho grupo de padres se muestra genuina y urgentemente preocupados por los hechos de violencia que afectan a sus hijos, invitan a otros padres a sumarse a la demanda y exigen a las autoridades respuestas urgentes.


Que el gobierno local encabezado por el intendente Guillermo Montenegro tiene responsabilidad directa sobre el tema, al erigirse el municipio como titular del Programa antes mencionado.


Que, más allá de esto, igualmente el estado municipal tiene, como se sabe a esta altura de la historia, responsabilidades directas en los que respecta a la seguridad de los vecinos y un rol central en la planificación e implementación de estrategias y políticas de seguridad, sin menoscabar ni negar de ningún modo las obligaciones que tiene el Estado Provincial en la materia, obligaciones por todos conocidas y cuyo señalamiento es solo redundante y suele llevar en ancas el solo ansia de lavar culpas y patear responsabilidades hacia otro lado


Que las respuestas necesarias son urgentes y, entendemos, se encuentran al alcance de la mano ya que forman parte de las acciones declaradas por la Municipalidad en materia de seguridad.


Que la transparencia y la publicidad de los actos de gobierno hacen necesario que se clarifique algunos datos que se encuentran aparentemente colisionando con la realidad.


Por ello, el Bloque de concejales de Acción Marplatense presenta para su tratamiento el siguiente proyecto de


COMUNICACIÓN


Artículo 1°: El Honorable Concejo Deliberante de General Pueyrredon le solicita al Departamento Ejecutivo informe sobre los siguientes puntos referidos al programa “Corredores Escolares Seguros”:


a.  Cantidad de Corredores Escolares Seguros que a la fecha se encuentran en funcionamiento.


b.  Áreas municipales y fuerzas de seguridad que intervienen fehacientemente en su desarrollo.


c.  Ubicación geográfica de cada uno de ellos y establecimientos educativos que abarcan.


d.  Horarios de cobertura.


e.  Impacto de dicho programa traducido en estadísticas.


f.  Según el análisis del Gobierno Municipal ¿son suficientes los Corredores existentes para la demanda actual?


Artículo 2°: El H. Cuerpo solicita, además, se analice la posibilidad de ampliar los ya existentes o implementar nuevos Corredores Seguros que brinden respuestas a las demandas de las comunidad educativa, principalmente en las zonas de mayor densidad poblacional y con más cantidad de establecimientos educativos.


Artículo 3°: De forma.-


Autoría:


Adhesión:

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