Mar del Plata, 1 de noviembre de 2024
A la Presidenta del
Honorable Concejo Deliberante
Sra. Marina Sánchez Herrero
S_________/_________D
VISTO
La posibilidad de diseñar un mecanismo para la restitución social de parcelas en donde haya funcionado un punto de venta y/o distribución de drogas ilegales. Y;
CONSIDERANDO
Que un "bunker” es una edificación más o menos precaria, donde no se encuentren personas o familias viviendo, o señales de estar siendo habitadas temporal o permanentemente), que funciona como punto de venta de drogas ilegales, instalado en diferentes sectores de la ciudad, “cuyo único contacto con el exterior muchas veces es a través de una ventanilla del tamaño de un ladrillo”.[1]
Que desde la Secretaría de Seguridad detallaron, en el sitio web oficial, que “el 30 de enero se derribaron dos búnker usados para venta de drogas en el barrio Belgrano, en donde se aprehendieron a cuatro personas y se secuestraron sustancias ilegales, efectivo y celulares; el 13 de junio, por su parte, se derribó otra de estas edificaciones en Las Heras, en el que se secuestraron sustancias ilegales; el 16 de julio en Belisario Roldán, se derribó otro, donde se secuestró sustancias ilegales, efectivo, celulares, armas de fuego y se aprehendieron cinco personas; y sobre finales del mismo mes se derribó otro en el barrio San Jorge”[2].
Que esto lo detalló en una gacetilla de prensa que informó sobre el derribo de un búnker en el barrio Libertad el pasado 15 de agosto, “en el marco de distintas investigaciones, y dentro de lo ordenado por personal policial de la Delegación de Drogas Ilícitas Mar del Plata y la Fiscalía Temática en materia de estupefacientes”.
Que “en la demolición intervino personal de la Secretaría de Seguridad, del EMVIAL y de Defensa Civil. Asimismo, se contó con el apoyo de personal de la Delegación de Drogas ilícitas, DDI Mar del Plata, Infantería y Comisaría Sexta.”
Que el Estado municipal no tiene injerencia alguna para reprimir delitos vinculados al narcotráfico, siendo que corresponde a otras jurisdicciones.
Que, sin embargo, que participe en la demolición de búnkers da cuenta de que el gobierno local puede tener algún tipo de participación en lo que suceda en una investigación penal pero, aún más importante, puede trabajar en sanar lazos sociales en una comunidad asediada por el delito y el narcotráfico.
Que, para tal fin, se podría tener una política municipal para restituir a la sociedad los terrenos donde hayan operado búnkers de drogas ilegales.
Que se podrían ceder aquellas parcelas a comedores, merenderos, asociaciones vecinales de fomento, clubes sociales y deportivos, iglesias, centros de jubilados, ONGs u otras instituciones sociales.
Que, de la misma forma, podría pensarse en generar un mecanismo para que la Dirección Social de Vivienda del Ejecutivo municipal entregue los terrenos a familias con necesidades habitacionales, a partir del Registro Único y Permanente de Demanda Habitacional.
Que la Dirección Social de Vivienda fue creada en 2011, mediante Decreto del Intendente Municipal N°25, estableciendo que su misión es “brindar un servicio de orientación, asesoramiento y tratamiento de las demandas en materia habitacional que expresa la población que recurre a esta Dirección como ámbito de referencia”.
Que, entre sus funciones, están las de “promover el desarrollo de planes en atención de la demanda en materia habitacional”; “incorporar al Registro Único Permanente de Demanda Habitacional a la población [...] en situación de carencia de vivienda o condiciones deficitarias de habitabilidad, estableciendo y actualizando su perfil socio-económico-cultural”; “aportar a la concreción de las operatorias de vivienda y/o soluciones habitacionales mediante el trabajo social con los beneficiarios y la gestión intra e inter-institucional”; “formular y proponer criterios para la evaluación de aspirantes, selección de beneficiarios y adjudicaciones en materia habitacional”; “orientar el trámite de las actuaciones recibidas a las dependencias correspondientes”; entre otras.
Que, según se observa del detalle de los derribos de los últimos meses, los bunkers suelen encontrarse mayormente en barrios periféricos de la ciudad, zonas con poca o nula planificación urbana y precario equipamiento comunitario.
Que, en ese sentido, debido a la escasa planificación urbana, hay altas probabilidades que estos terrenos puedan ser objeto de alguna controversia de tipo dominial (no habiendo documentación para determinar, o disputándose, quién es el titular); o muchas veces son parcelas fiscales, o propiedad de instituciones civiles o sociales.
Que, por lo tanto, el gobierno local debería evaluar la propiedad dominial de los terrenos donde haya sido derribado un búnker y, a partir de eso, definir un destino para los mismos.
Que, en relación al precario equipamiento comunitario, sería una buena oportunidad para revertir años de abandono estatal en ciertos barrios, aprovechando la nueva disponibilidad de una parcela para emplazar algún espacio de integración comunitaria.
Que este tipo de políticas existen en Argentina y el mundo, tomando como ejemplo a nuestro país, la Justicia ha cedido, en ciertas oportunidades, bienes tales como automóviles vinculados al narcotráfico a las fuerzas de seguridad o gobiernos provinciales y municipales.
Que, por otro lado, existe el modelo italiano, hoy replicado en otros países europeos a través de la directiva 2014/42/UE, que indica y recomienda la utilización de bienes decomisados en causas penales relativas al delito complejo en proyectos de interés público y utilidad social.
Que esta perspectiva se basa en la necesidad de reparación, no sólo individual, sino colectiva y social, entendiendo que el crimen organizado produce un daño supraindividual que también debe ser atendido.
Por todo lo expuesto, el Bloque de Concejalas y Concejales de Unión por la Patria eleva el siguiente proyecto de:
COMUNICACIÓN
Artículo Nº1.- El Honorable Concejo Deliberante solicita al Departamento Ejecutivo que evalúe la posibilidad de diseñar un mecanismo para la restitución social de parcelas en donde haya funcionado un punto de venta y/o distribución de drogas ilegales (conocido como “búnker”).
Artículo N°2.- A fines de la evaluación solicitada en el Artículo N°1, se propone que se considere ceder las parcelas donde se haya derribado un “búnker” a instituciones de la sociedad civil (comedores, merenderos, asociaciones vecinales de fomento, clubes sociales y deportivos, iglesias, centros de jubilados, ONGs, entre otros) o familias con necesidades habitacionales, definidas por la Dirección Social de Vivienda a partir del Registro Único Permanente de Demanda Habitacional.
Artículo Nº3.- Comuníquese, etc.
AUTORÍA:
ADHERENTES:
[1] Gañán, J. (2024). Rosario, violencia y narcotráfico. Apuntes para comprender particularidades de un fenómeno global. Centro de Investigaciones en Política y Economía Internacional.
[2] https://www.mardelplata.gob.ar/Noticias/el-municipio-derribo-un-bunker-de-venta-de-drogas-en-el-barrio-libertad