Información de Expediente

2024 - E - 2024
Fecha de Entrada: 18/10/2024
Carátula: 1. Proyecto de Decreto 2. Proyecto de Resolución
Iniciador: UNION CIVICA RADICAL
Autor: CJAL. NUÑEZ DANIEL ALBERTO
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: En PRENSA y PROTOCOLO
Desde: 05/11/2024
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Decreto
Declarando documento de interés histórico-cultural el Acta de Sesión de este Honorable Concejo Deliberante, del día 25 de noviembre de 1964, al tratar el Expte. 1319/64 que crea escuelas municipales en el Partido de General Pueyrredon.

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
D-2804 31/10/2024
Proyecto 2: Resolución
Expresando reconocimiento al Jardín de Infantes Municipal N°1, a la Escuela Primaria N°1, Escuela Primaria N°2 y Escuela Primaria N°3, por dar inicio a la aplicación de la Ordenanza N°2477.

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
R-5194 31/10/2024

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
049 EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA E INVESTIGACIÓN 21/10/2024 22/10/2024 Aprobado
047 LEGISLACIÓN, INTERPRETACIÓN, REGLAMENTO 22/10/2024 28/10/2024 aprobado
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto
Mar del Plata, 18 de octubre de 2024


Sra. Presidente del Honorable Concejo Deliberante


Partido de General Pueyrredon


Cjal. Marina Sánchez Herrero


S / D


VISTO el presente año, se cumple el Sexagesimo aniversario de la promulgación de la Ordenanza n°2477 que refiere a la creación de las escuelas municipales en el Partido de General Pueyrredon;


CONSIDERANDO:


Que el Sistema Educativo Municipal representa para los docentes que habitan sus aulas, para las generaciones de marplanteses que han pasado por él y para la ciudad toda, un verdadero orgullo cumpliendo un rol fundamental para la formación ciudadana. Desde 1964 a la actualidad, ha crecido hasta llegar a ser la realidad que hoy ostenta.


Que desde la entrada en vigencia de la Ordenanza n° 2477 el municipio ha convertido al sistema de educación municipal en una de sus prioridades, preservando y fortaleciendola. Denotando la importancia de la educación como pilar imprescindible de un municipio íntegro.


Que al cumplirse este 2024, el sexagésimo aniversario de la promulgación de la ordenanza, es más que oportuno el reconocimiento a la obra realizada, a sus establecimientos, docentes, directivos/as y la comunidad educativa en general.


Que la educación es siempre un punto de reconocimiento en la constancia, perseverancia y esfuerzo, donde confluye la necesidad de formar a las generaciones presentes y futuras.


Que nuestro sistema municipal de educación está conformado de forma integral, abarcando todos los niveles educativos, arrojando un total de 84 establecimientos de los cuales, 33 pertenecen a jardines de Infantes, 17 a Escuelas Primarias, 17 a Escuelas Secundarias, 1 Escuela Secundaria Tecnica, 10 Escuelas de Formación Profesional, 1 Escuela Superior de Danzas, 1 Escuela Superior de Arte Dramático, 1 Instituto Superior de Estudios Técnicos, 1 Instituto Superior de Formación Docente y 2 Bachilleratos para Adultos.


Que el sistema de educación municipal emplea a cerca de 3000 personas para así poder cumplir sus objetivos con éxito, resultando en una gran fuente de generación de trabajo, de entre los cuales podemos hablar de Auxiliares, Administrativos, Directores, Docentes, entre otros.


Que es central resaltar el importante número que conforma la matrícula de estos establecimientos superando los 23.000 alumnos, con una baja tasa de deserción lo cual denota un trabajo arduo en pos de la educación en cada institución y la secretaria responsable.


Que en 1964, a partir de la promulgación de la Ordenanza, se crearon las primeras instituciones que vinieron a dar solución a la problemática educativa del municipio.


Que estas escuelas son la sustanciación vigente de la intención y realización concreta del espíritu de la ordenanza, que es fiel reflejo del compromiso del partido de General Pueyrredon de hacer frente de forma eficaz a las necesidades educativas que tuvieron, tienen y seguirá teniendo, siendo piedra angular de la sociedad.


Que todos quienes comprenden los establecimientos, Docentes, Auxiliares Administrativos y Alumnos, forman parte Indispensable para que esta normativa cumpla con el mandato de que la educación llegue a todos, que se desprende de la ordenanza promulgada el 9 de diciembre de 1964 por este mismo Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon.


Que es relevante que este Honorable Cuerpo brinde reconocimiento de este hito por su visión de futuro y construcción ciudadana.


Que es también una manera de destacar la labor de los legisladores, quienes no sólo consideraron las necesidades del municipio hace 60 años, sino que también se aseguraron de que estas fueran atendidas de manera persistente y duradera. Su visión no se limitó a un momento específico, sino que se proyectó hacia la posteridad.


Por todo lo expuesto, el Bloque de la Unión Cívica Radical propone los siguientes proyectos de:


DECRETO


Artículo 1°.- El Honorable Concejo Deliberante declara documento de interés histórico-cultural el Acta de Sesión de este Honorable Concejo Deliberante, del día 25 de noviembre de 1964, al tratar el Expte. 1319/64 que crea escuelas municipales en el Partido de General Pueyrredon.


Artículo 2°.- La Presidencia del Honorable Concejo Deliberante será la encargada de la publicación y difusión de las actas mencionadas.


Artículo 3°.- Comuníquese, etc.


RESOLUCIÓN


Artículo 1º.- El Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon expresa su reconocimiento al Jardín de Infantes Municipal N°1 (B. Villa Lourdes), a la Escuela Primaria N°1 (B. El Martillo) y a la Escuela Primaria N°2 (B. Libertad) y Escuela Primaria N°3 (B. Faro Norte), las primeras 4 instituciones que dieron inicio a la aplicación de la Ordenanza n°2477.


Artículo 2°.- Entréguese copia de la presente, con sus fundamentos, a las instituciones educativas mencionadas, en un acto a realizarse en el Recinto de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante CPN Mauricio Irigoin.-


Artículo 3º.- De forma.


Autoría:


CJAL. NÚÑEZ, Daniel


Adhesiones:

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