Mar del Plata, 11 de junio de 2024
Sra. Presidenta
Honorable Concejo Deliberante
General Pueyrredon
S/D
VISTO
El funcionamiento del Centro de Atención Primaria de la Salud del barrio Las Heras y las distintas manifestaciones y demandas de los vecinos de la zona, y
CONSIDERANDO
Que la salud es un derecho imprescindible del ser humano, fundamental e indispensable para el ejercicio de sus demás derechos, y el acceso a la salud un derecho esencial consagrado por la Constitución Nacional de la República Argentina de manera implícita en el preámbulo y en el artículo 33, explícitamente en el artículo 42 y principalmente en el artículo 75, inciso 22 que incorpora con rango constitucional los Tratados Internacionales de Derechos Humanos para todas las personas que habiten o pisen el suelo de nuestra patria.
Que en el partido de General Pueyrredon, con Mar del Plata como cabecera y ciudad entre las más relevantes de nuestro país, rigen los mismos principios, los mismos derechos, las mismas obligaciones y las mismas garantías, no debiendo ser de ninguna manera la excepción a la regla.
Que Las Heras es uno de los barrios más densamente poblados de la ciudad, con lazos, historias, logros, conflictos y realidades particulares y comunes al resto del distrito.
Que el sitio web oficial de la Municipalidad de General Pueyrredon (www.mardelplara.gob.ar) tiene publicados, en su apartado del área de Salud Municipal, veintidós (22) títulos con link incorporado en cada uno de ellos que remiten a diferentes oficinas o servicios que se detallan de la siguiente manera:
- App Salud MGP
- CEMA
- CAPS
- Emergencias Médicas
- Salud Mental
- SEMDA
- Salud en tu Barrio
- Zoonosis y Bienestar Animal
- Certificado Único de Discapacidad (CUD)
- Unidad Gerontológica
- Unidad Cuidados Paliativos
- Certificado Médico Oficial
- Bromatología
- Salud Escolar
- Salud y Adolescencia
- Programas e Información de Interés
- Central de Vacunas
- Centro Antirrábico Humano
- Seguridad Alimentaria
- Comité de Investigación y Docencia
- Epidemiología
- Farmacia
Que todos esos títulos, apartados y servicios de nada sirven si no tienen contenido real, palpable y accesible, si no funcionan como enuncian o si no se encuentran al alcance veraz de las personas que los necesitan.
Que esto va en contra del derecho al acceso a la salud engendrado y protegido por nuestra Carta Magna y deja sin cobertura, sin contención, sin respuestas y sin soluciones en horas urgentes a decenas de miles de personas, vecinos de nuestra ciudad, que quieren y necesitan a un Estado Municipal solvente, organizado y presente.
Por ello, el Bloque de concejales de Acción Marplatense presenta el siguiente proyecto de
COMUNICACIÓN
Artículo 1°: El Honorable Concejo Deliberante de General Pueyrredon le requiere al Departamento Ejecutivo informe sobre los siguientes puntos relacionados al Centro de Atención Primaria de la Salud (CAPS) del B° Las Heras:
a. Plantilla de médicos/as y enfermeros/as con que cuenta el CAPS mencionado. Exprese si la misma es suficiente y adecuada para cubrir las demandas de la comunidad.
b. Plantilla de administrativos/as con que cuenta el CAPS mencionado. Exprese si la misma es suficiente y adecuada para cubrir las demandas de la comunidad.
c. Días y horarios de atención. Indique si considera fehacientemente que los mismos son adecuados para las necesidades del lugar.
d. Como se encuentra diagramado el sistema de turnos, cuantos turnos diarios se entregan, cual es la demanda de turnos en promedio.
e. Indique demanda insatisfecha del área programática del CAPS Las Heras.
f. Estado del stock de medicamentos e insumos mínimos necesarios para el funcionamiento diario del Centro.
g. Exprese si existen compras o licitaciones en proceso para la adquisición de medicamentos e insumos destinados a la Atención Primaria de la Salud.
h. Funcionamiento del servicio de internet en el CAPS mencionado y si hay disponibilidad de las historias clínicas.
Artículo 2°: El H. Concejo Deliberante solicita una respuesta detallada, punto por punto, que no remita a lo escasamente disponible en el apartado de Salud de la página oficial de la Municipalidad de General Pueyrredon.
Artículo 3°: De forma.-
Autoría:
Adhesión: