Mar del Plata, 10 de junio 2024
Sra. Presidenta
Honorable Concejo Deliberante
General Pueyrredon
VISTO
El estado intransitable de la calle donde se encuentra el Jardín Municipal Nro. 23 “Roberto J. Payró” ubicado en Hipólito Bouchard 11.232, entre Juana Azurduy y Yapeyú, en pleno barrio Belgrano, y la presencia de microbasurales en sus esquinas, y
CONSIDERANDO
Que la Constitución Nacional plasma en su Artículo Nro.41 el derecho a vivir en un ambiente sano: Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo.
Que la Ordenanza Municipal del Partido de General Pueyrredon Nro. 19.998 en su Artículo 43º indica: Será penado con multa del 0,35 al 40% y/o clausura hasta 15 días, y/o decomiso, y/o arresto hasta 30 días, el arrojo o depósito de basura, desperdicios animales muertos o enseres domésticos en la vía pública, terrenos baldíos, casas abandonadas u otros lugares públicos o privados donde se hallaren prohibidos tales hechos.
Que los vecinos y vecinas del barrio manifiestan que la calle de acceso del Jardín Municipal Nro. 23, Hipólito Bouchard entre 224 y 226, es intransitable por los baches de la misma, como así también por el barro que acumula en los días de lluvia.
Que, como visiblemente muestran las fotos que se adjuntan, el estado de la calle de ingreso al Jardín Municipal No 23 se encuentra en pésimas condiciones donde transitar en un día de lluvia resulta imposible por la cantidad de barro y baches.
Que la comunidad del Jardín de Infantes Nro. 23 ha indicado que la generación de microbasurales a los alrededores de la institución, además de afectar la vida cotidiana de los habitantes del barrio, representa en enorme riesgo para la salud pública al propiciar la proliferación de plagas.
Que la existencia de tantos microbasurales atenta contra la sanidad del barrio, ya que crea espacios sociosanitarios insalubres y no permite a los vecinos y vecinas del barrio poder generar herramientas que brinden valor a los espacios públicos.
Que el Jardín Municipal Nro. 23 “Roberto J. Payró” tiene una trayectoria de veintidós (22) años, el establecimiento comenzó siendo una guardería infantil para luego convertirse en una referencia educativa para su comunidad y el barrio.
Que, dentro de los proyectos educativos para el actual ciclo lectivo, el eje principal es la identidad nacional, a partir del cual confluyen las demás iniciativas. Cuenta con una clara intencionalidad institucional de incluir temáticas relacionadas con la cultura común. Su temática busca identificar la experiencia de los distintos pueblos por intermedio de expresiones artísticas y culturales.
Que el equipo de Orientación Escolar diseñó el proyecto Integrado de Intervención, que consta de tres ejes fundamentales: el juego, propiciando la estimulación lúdica de los adultos a través de juegos infantiles, la crianza, buscando un espacio de reflexión que responden a las necesidades de la comunidad escolar.
Que el Jardín Municipal Nro. 23 “Roberto J. Payró” organiza un proyecto de articulación con la Escuela Provincial Nro.73 contribuyendo a la continuidad pedagógica de las infancias que asisten a la institución.
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Por todo lo expuesto, el Bloque de concejales Acción Marplatense eleva el siguiente proyecto de
COMUNICACIÓN
Artículo 1º.- El Honorable Concejo Deliberante solicita al Departamento Ejecutivo arbitre y gestione de forma urgente la reparación y el arreglo de baches de la calle Hipólito Bouchard, entre Juana Azurduy y Yapeyú de la ciudad de Mar del Plata, para generar su transitabilidad.
Artículo 2º.- De forma.-
COMUNICACIÓN
Artículo 1º.- El Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon solicita al Departamento Ejecutivo que, por intermedio de la Dependencia Municipal correspondiente y en miras de eliminar los microbasurales, proceda a la limpieza de los mismos, ubicados en las esquinas de Hipólito Bouchard y Juana Azurduy y en Hipólito Bouchard y Yapeyú.
Artículo 2º.- De forma.-
Autoría:
Adhesión: