Mar del Plata, 28 de mayo 2024
SRA. PRESIDENTE DEL
HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL
PARTIDO DE GENERAL PUEYRREDON
DRA. MARINA SÁNCHEZ HERRERO
S_____________/_____________D
VISTO:
La presentación efectuada por comerciantes y vecinos de la zona de la calle La Rioja en el tramo comprendido desde Avda. Luro hasta Belgrano, y;
CONSIDERANDO:
La Ordenanza Nº 21.260 la cual en su artículo 1° prohíbe el estacionamiento de vehículos en el horario de 7 a 24 horas en la calle La Rioja desde Avda. Luro hasta Belgrano (prohibido estacionar y detenerse).
Que por la citada norma, se estableció la prohibición de estacionar sólo sobre la mano izquierda, en su sentido de circulación de la calle La Rioja, en el tramo comprendido entre la calle 25 de Mayo y la avenida Pedro Luro y entre la calle Belgrano y la avenida Colón, permitiendo el estacionamiento sobre la acera derecha.
Que la complejidad de la circulación que se detecta allí a diario, sumada a la actividad comercial de los locales existentes sobre esa vía, genera gran transito en esa zona.
Que dicha vía se encuentra semaforizada desde calle 25 de mayo hasta Av. Colón, siendo su velocidad de sincronización de 35 km/h.
Que al encontrarse prohibido el estacionamiento de vehículos en la calle La Rioja en ambas aceras se dificulta el acceso a los locales comerciales de la zona.
Que aquellos que concurren a la zona a cumplir con labores profesionales o comerciales, demoran una gran cantidad de tiempo en encontrar un sitio libre para dejar su vehículo.
Que esta modificación es de hace tiempo un reclamo permanente de los vecinos pero no se podía llevar adelante debido a las manifestaciones y reclamos habituales sobre Av. Luro, lo que trasformaba a La Rioja como la única salida o desvió.
Que cabe señalar que esta situación la cual pone en peligro el orden social, la seguridad del tránsito y de los medios de transporte, como así también vulnera la seguridad y tranquilidad para el desarrollo de las actividades humanas, con los nuevos protocolos vigentes propiciados por el Gobierno Nacional, permite recuperar esta calle para estacionar.
Que habilitar nuevamente el estacionamiento, daría mayor disponibilidad de espacio para estacionamiento en el microcentro, lugar donde es tan demandado.
Por todo lo expuesto, los concejales abajo firmantes proponen para su tratamiento y sanción el siguiente proyecto de;
PROYECTO DE ORDENANZA
Artículo 1º.- Modifícase el artículo 1º de la Ordenanza nº 21.260 y modificatorias, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“Artículo 1º.- Prohíbese el estacionamiento de vehículos, en el horario de 7 a 24 horas, en las calles que se enumeran a continuación:
a) Junto a ambas aceras:
- CORRIENTES, desde 9 de Julio hasta Avenida Pedro Luro
- 25 DE MAYO, desde Catamarca hasta Avenida Independencia
- BELGRANO, desde Avda. Patricio Peralta Ramos hasta Buenos Aires
- MORENO, desde Avda. Patricio Peralta Ramos hasta Buenos Aires
- BOLIVAR, desde Buenos Aires hasta Corrientes
- AVDA. DE LOS TRABAJADORES, desde su comienzo en la Avda. Patricio Peralta Ramos hasta Avenida Juan B. Justo
- CALLE de unión entre la Avda. de los Trabajadores y el Paseo Dr. Celso Aldao
- PASEO JESUS DE GALINDEZ, desde el acceso a la playa de estacionamiento hasta la Avda. Patricio Peralta Ramos
- PASEO COSTANERO DEL SUD PRESIDENTE ARTURO UMBERTO ILLIA y su continuación AVDA. DE LOS TRABAJADORES, calzada sur a norte, desde Diagonal Vélez Sarsfield hasta calle Valentín Vergara
- AVDA. DE LOS TRABAJADORES, calzada norte a sur, desde S. de Arana y Goiri hasta Pedro Aráoz
- CALLE Colectora de balnearios del Complejo Punta Mogotes, en toda su extensión, incluidos sus accesos
- CORDOBA, desde Avda. Juan B. Justo hasta Azcuénaga
- LAMADRID, desde Avda. Colón hasta Avda. Patricio Peralta Ramos
b) Junto a la acera izquierda en el sentido de circulación
- SALTA, desde 25 de Mayo hasta Avenida Pedro Luro
- MORENO, desde Catamarca hasta Avenida Independencia
- BOLIVAR, desde Corrientes hasta Santiago del Estero
- PATRICIO PERALTA RAMOS, desde Avda. Luro hasta Juan B. Alberdi
- SARMIENTO, desde Alberti hasta Patricio Peralta Ramos
- SAN JUAN, desde San Martín hasta Avda. Luro
- PASEO JESUS DE GALINDEZ, desde el Torreón hasta el acceso a la playa de estacionamiento
- AVDA. DE LOS TRABAJADORES y su continuación PASEO COSTANERO DEL SUD PRESIDENTE ARTURO UMBERTO ILLIA calzada de norte a sur, desde V. Vergara hasta S. de Arana y Goiri, y desde Pedro Aráoz hasta Diagonal Vélez Sarsfield
c) Junto a la acera derecha en el sentido de circulación:
- Avda. LURO, desde Independencia hasta Avda. Patricio Peralta Ramos
- 12 DE OCTUBRE, desde Avda. de los Trabajadores hasta Padre Dutto
- FUNES, desde Roca hasta 20 metros hacia el norte.
Prohíbese el estacionamiento de vehículos durante las 24 horas en las calles que se enumeran a continuación:
Junto a ambas aceras
- BUENOS AIRES, desde San Martín hasta la Avda. Colón
~~- LA RIOJA, desde Avda. Luro hasta Belgrano (prohibido estacionar y detenerse)~~
- CENTENARIO
- CÓRDOBA, entre Rivadavia y Avda. Pedro Luro.
Junto a la acera derecha en el sentido de circulación
- AVDA. PATRICIO PERALTA RAMOS entre Avda. Luro y San Martín
- URQUIZA (números impares, calzada adyacente al Parque Primavesi) entre las calles Almafuerte y Avda. Paso.
- MITRE, desde la Avda. Luro hasta Avda. Colón.
- SANTA FE, desde Avda. Colón hasta la Diagonal Alberdi Norte.
- BELGRANO, desde Hipólito Yrigoyen hasta Buenos Aires.
- La Rioja desde 25 de Mayo hasta Av. Luro
- DIAGONAL ALBERDI SUR, desde Adolfo E. Dávila hasta Mitre.
- Diagonal ALBERDI NORTE, en toda su extensión.
- AVDA. LURO, desde Mitre a H. Yrigoyen.
- PASEO JESUS DE GALINDEZ, acceso Cabo Corrientes hasta Centenario.
- SAN JUAN, entre Avda. Luro y 9 de Julio.
- RODRIGUEZ PEÑA, entre Aristóbulo del Valle y la Avda. Patricio Peralta Ramos.
- ROJAS, entre la calle Valencia y la Avda. Constitución.
Junto a la acera izquierda en el sentido de circulación
- AVDA. PATRICIO PERALTA RAMOS entre las calles San Martín y Belgrano
- ~~LA RIOJA entre 25 de Mayo y Avda. Colon.~~
- ~~LA RIOJA entre Belgrano y Avda. Colón.~~
- SAN JUAN, entre Avda. Luro y 9 de Julio.
- ALVARADO, entre San Santiago del Estero y Santa Fé.”
Artículo 2º.- De forma -
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