Información de Expediente

2024 - E - 1546
Fecha de Entrada: 17/05/2024
Carátula: Proyecto de Comunicación
Iniciador: UNION POR LA PATRIA
Autor: CJAL. GARCIA DIEGO ALEJANDRO SEBASTIAN
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: GIRADO A COMISION
Desde: 17/05/2024
Agregado a:
Observaciones:

Antecedentes

Tipo Número Digito Año Cuerpo Alcance Anexo Observaciones
G 328825 0 2024 0 0 0 EX-2024-00328825- -MUNIMDP-DA#SLTH
Proyecto 1: Comunicación
Solicitando al Departamento Ejecutivo, arbitre los medios necesarios orientados a limitar la circulación de vehículos automotores pesados de carga en el sector comprendido entre las calles 30, 5, 32 y 7 del barrio El Boquerón.-

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
C-6369 31/10/2024

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
050 MOVILIDAD URBANA 17/05/2024
056 OBRAS Y PLANEAMIENTO
047 LEGISLACIÓN, INTERPRETACIÓN, REGLAMENTO
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto
Mar del Plata, 17 de mayo de 2024


A la Presidenta del


Honorable Concejo Deliberante


Sra. Marina Sánchez Herrero


S_________/_________D


VISTO


El riesgo a la seguridad vial que implica la circulación de tránsito pesado en la zona escolar del barrio El Boquerón. Y;


CONSIDERANDO


Que el barrio El Boquerón se ubica en el extremo sudoeste del Partido de General Pueyrredon, en la zona de la delegación Batán.


Que en dicha zona se ubica uno de los cordones frutihortícolas más importantes del país, siendo el espacio donde se produce el 80% del kiwi a nivel nacional.


Que esto implica la circulación constante de vehículos automotores pesados de carga por las calles del barrio El Boquerón.


Que en la manzana delimitada por las calles 30, 5, 32 y 7 se ubica la Escuela Primaria Rural N°23, la Escuela de Educación Secundaria N°74 y el Jardín Municipal N°27 “Enrique de Anchorena”.


Que frente a las escuelas se sitúa la Plaza General Martín Miguel de Güemes, entre las calles 30 y 28, siendo un espacio habitualmente concurrido por los y las estudiantes debido a que las instituciones no cuentan con espacios de esparcimiento.


Que el horario de funcionamiento de dichas instituciones se extiende desde las 8:00 hs. hasta las 16:00 hs., de lunes a viernes.


Que la circulación de vehículos de tránsito pesado por las mencionadas calles en horario escolar implica un riesgo a la seguridad vial de las y los niños y jóvenes que concurren a las instituciones educativas, teniendo en cuenta que además se trata de una zona de lomas por la cual, la visual de los camiones se ve obstruida.


Que esta situación se podría subsanar limitando la circulación de vehículos automotores pesados de carga en los horarios de funcionamiento de las escuelas y el jardín, en las calles que circundan la manzana citada previamente.


Que esta solución no va en detrimento del transporte de la producción frutihortícola de la zona, debido a que existen calles alternativas por las cuales podrían transitar los camiones, tal como la calle 28 y la calle 26, que cuentan con salida a la colectora de la Ruta Provincial 88.


Que ya existen ordenanzas municipales prohibiendo o limitando la circulación de vehículos pesados de carga en distintos puntos del Partido, tales como las Ordenanzas Nº 6.143, Nº 6.094 y sus modificatorias, aunque las mismas no refieren específicamente al sector mencionado.


Por todo lo expuesto, el Bloque de Concejalas y Concejales de Unión por la Patria eleva el siguiente proyecto de:


COMUNICACIÓN


Artículo Nº1.- El Honorable Concejo Deliberante vería con agrado que el Departamento Ejecutivo arbitre los medios necesarios orientados a limitar la circulación de vehículos automotores pesados de carga en el sector comprendido entre las calles 30, 5, 32 y 7 del barrio El Boquerón, en la franja horaria de 8:00 hs. a 16:00 hs. de lunes a viernes, durante la duración del ciclo lectivo escolar.


Artículo Nº2.- Asimismo, se sugiere al Departamento Ejecutivo, a través del Ente Municipal de Vialidad y Alumbrado (E.M.VI.AL.), evalúe la posibilidad de instalar señalización vertical indicando los horarios de circulación de vehículos automotores pesados de carga por las mencionadas calles.


Artículo N°3.- Comuníquese, etc.


AUTORÍA:


ADHERENTES:


ANEXO


Camión circulando por la puerta de la escuela en horario escolar


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Fuente: registro fotográfico de la comunidad educativa

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