Mar del Plata, 14 de mayo de 2024
A la Presidenta del
Honorable Concejo Deliberante
Sra. Marina Sánchez Herrero
S_________/_________D
VISTO
La necesidad de contar con atención las 24 hs. en el Centro de Atención Primaria de Salud (CAPS) 2 de abril. Y;
CONSIDERANDO
Que el barrio 2 de abril se ubica en el extremo norte del Partido de General Pueyrredon, delimitado por las calles Crucero Ara General Belgrano, Camino Estación Camet-El Retazo, Dachary, la Ruta Nacional 2 y la calle Soldado Diego Bellinzona.
Que la zona norte del Partido presenta un crecimiento exponencial durante los últimos años, el cual debe verse acompañado por el Estado Municipal, readecuando sus servicios y prestaciones a las nuevas realidades.
Que actualmente gran cantidad de barrios forman parte de la Zona Norte de la ciudad, tales como El Casal, El Sosiego, Estación Camet, La Laura, Castagnino, Las Margaritas, 2 de Abril, Félix U. Camet, Parque Camet, Aeroparque, Los Tilos, La Florida, José Manuel Estrada, Fray Luis Beltrán, entre otros.
Que el barrio 2 de abril cuenta con un Centro de Atención Primaria de Salud (CAPS), ubicado en la calle Sargento Mario Antonio Cisneros 1° al 600.
Que el CAPS 2 de abril cuenta, de acuerdo con la página web del Municipio de General Pueyrredon, con servicios de pediatría, medicina general, odontología para adultos e infantil, nutrición, obstetricia, psicología y servicio social[1].
Que, según se pudo constatar en la citada página, el horario de atención para las distintas especialidades es de lunes a viernes en la franja horaria que va desde las 8:00 hs. hasta las 15:00 hs.
Que dicho horario es inconveniente para la gran mayoría de trabajadores que realizan sus tareas en horarios diurnos.
Que del total de treinta y dos CAPS ubicados en distintos barrios de la ciudad y dos Centros de Salud sólo seis funcionan con atención las 24 hs.
Que los mencionados Centros de Atención Primaria que cuentan con atención 24 hs. son: CAPS La Pelegrina, CAPS Batán, CAPS Playas del Sur, CAPS Centro de Salud 2, CAPS Belgrano y CAPS Ameghino[2].
Que de los CAPS que brindan atención las 24 hs., el CAPS Ameghino es el más cercano al barrio 2 de abril, ubicándose aproximadamente a 10 km.
Que el CAPS 2 de abril se ubica a una distancia de alrededor de 14 km del Hospital Interzonal Especializado Materno Infantil y a aproximadamente 11 km del Hospital Interzonal General de Agudos.
Que esto implica que, ante una emergencia, los vecinos del barrio 2 de abril, y de la zona norte en general, deben recorrer una porción considerable de la ciudad hasta llegar a los respectivos hospitales para recibir atención médica.
Que este trayecto que deben realizar demora al menos 30 minutos en auto, un plazo de tiempo considerable ante situaciones de urgencias y/o emergencias que requieren la atención inmediata.
Que la Secretaría de Salud cuenta para el 2024 con un presupuesto de $23.157.752.016,77, destinando $11.531.611.091,47 a la Promoción, Prevención y Asistencia en primer nivel de atención.
Que, de acuerdo con el “Cálculo de Recursos por Procedencia” del presupuesto 2024, el Municipio cuenta para el corriente año con $93.140.864.600,00 de libre disponibilidad que son de origen municipal.
Que a través del Censo realizado por el INDEC en el año 2022, se dio a conocer el dato sobre que de un total 667.082 habitantes en el Partido de General Pueyrredon, más de 173.000 no cuentan con ningún tipo de obra social ni prepaga en materia de cobertura para la salud.
Que la posibilidad de contar con un CAPS con atención las 24 hs. constituye un reclamo histórico de los vecinos de zona norte, debido a las considerables distancias con otras instituciones de atención sanitaria, citadas previamente.
Que esta solicitud se trata de un pedido de ampliación del horario de atención que se asienta en un CAPS ya existente y que cuenta con personal, por lo cual no involucraría nuevas obras.
Que, de acuerdo con la OMS, la atención primaria de salud comprende un “proceso continuo que va desde la promoción de la salud y la prevención de enfermedades hasta el tratamiento, la rehabilitación y los cuidados paliativos, y tan próximo como sea posible del entorno cotidiano de las personas”, y resulta la piedra angular de un sistema de salud sostenible que permita lograr la Salud Universal, los Objetivos de Desarrollo Sostenible relacionados con la salud (ODS) y la seguridad sanitaria[3].
Que el nivel primario de atención a la salud es responsabilidad del Estado Municipal, y como tal debe procurar que el mismo se encuentre a la altura de las demandas que implica el crecimiento poblacional. Esto implica, en este caso, poder dar respuesta a las demandas de la zona norte de la ciudad, facilitándoles el acceso a la salud ante situaciones de emergencia y/o en horarios posteriores a las 15 hs. sin que esto signifique recorrer casi 15 km para acceder a alguno de los hospitales provinciales.
Por todo lo expuesto, el Bloque de Concejalas y Concejales de Unión por la Patria eleva el siguiente proyecto de:
COMUNICACIÓN
Artículo Nº1.- El Honorable Concejo Deliberante solicita al Departamento Ejecutivo arbitre de manera urgente los recursos económicos y humanos necesarios para garantizar la implementación de atención las 24 hs. en el Centro de Atención Primaria de la Salud (CAPS) 2 de abril.
Artículo Nº2.- Comuníquese, etc.
AUTORÍA:
ADHERENTES:
[1] https://www.mardelplata.gob.ar/especialidades2deabril
[2] https://appsl.mardelplata.gob.ar/apps/mapa_digital/mapadigital.php?subrubro=72
[3] https://www.paho.org/es/temas/atencion-primaria-salud