Mar del Plata, 27 de marzo de 2024
A la Presidenta del
Honorable Concejo Deliberante
Sra. Marina Sánchez Herrero
S_________/_________D
VISTO
La falta de cestos de residuos en ambas manos por sobre siete cuadras céntricas de la Avenida Colón. Y;
CONSIDERANDO
Que en la Avenida Colón, dentro del tramo de siete cuadras de ambas manos, comprendido entre las calles Arenales y Martín Miguel de Güemes, no se encuentran cestos de basura donde puedan arrojarse residuos.
Que tanto los trabajadores encargados de edificios, como así también, locales gastronómicos que se encuentren dentro de estas cuadras de la Avenida Colón, deben desechar sus residuos sobre la vereda.
Que si bien estos residuos luego son recolectados por el servicio de recolección de la empresa “9 de Julio”, el método mediante el que se realiza este compendio no es el adecuado, ya que funciona a través de la colocación de bolsas de residuos ubicadas sobre la superficie de estas veredas.
Que la existencia de bolsas de residuos en la calle acaba contribuyendo a malos olores, proliferación de roedores y otros focos infecciosos en los sectores que se encuentran desechados.
Que los residuos sólidos son capaces de contraer y acumular diferentes tipos de insectos como mosquitos transmisores de enfermedades.
Que, asimismo, representa un deterioro visual de una de las principales avenidas del Partido de General Pueyrredon, la cual es altamente transitada y, a su vez, poblada por diversos turistas en temporada.
Que esta zona céntrica de la ciudad cuenta con una gran densidad poblacional debido a la abundancia de edificios de departamentos con alturas significativas.
Que se comprende que a mayores densidades poblacionales, mayor será el volumen de residuos generado en la zona.
Que en el tramo mencionado de la Avenida Colón funcionan diferentes locales gastronómicos, kioscos, despensas, rotiserías, entre otros, en muchos de los cuales, las personas adquieren productos cuyos envoltorios no pueden ser desechados debido a la falta de estos cestos de residuos en el lapso de estas siete cuadras de ambas manos.
Que ha sido un reclamo constante de aquellas personas a cargo de los diferentes locales comerciales de la zona quienes por propia cuenta han instalado cestos de residuos que luego fueran robados y sustraídos sobre la Avenida Colón.
Que previo al cruce con la calle Arenales, la Avenida Colón cuenta con algunos cestos de residuos por cuadra, los cuales logran descomprimir la cantidad de basura que se encuentra sobre las veredas y la calle, pero resultan insuficientes.
Que, asimismo, los restos de basura que se encuentran sobre la calle y específicamente sobre los cordones, son arrastrados por el agua de las lluvias y tormentas, terminando por desplazar los residuos, llegando a tapar los diferentes pluviales que funcionan dentro del Partido de General Pueyrredon.
Que el correcto funcionamiento de las redes pluviales en la ciudad de Mar del Plata es imprescindible para evitar cualquier tipo de inundación y acumulaciones de agua por sobre las vías urbanas.
Que resulta necesario volver a pensar de manera estructural el tratamiento de los residuos en todo su circuito, desde el origen hasta su disposición final dentro del Partido de General Pueyrredon.
Que el servicio de recolección de residuos compone casi un 20% del presupuesto total de gastos para el Municipio de General Pueyrredon.
Que otras ciudades del país han logrado solucionar esta problemática a través de la disposición de contenedores en las calles y a la mejora en cuanto al tratamiento de estos residuos en plantas de reciclado.
Que es posible llevar adelante las campañas de concientización que fueran necesarias para abordar la temática de desechos en el Partido de General Pueyrredon de una forma integral.
Que fue sancionada en el año 2007, la Ordenanza Municipal N° 18.062/07 que establece la obligatoriedad a cargo de los frentistas de colocar cestos, preferentemente con tapa, para depositar bolsas de residuos en las veredas del ámbito del Partido de General Pueyrredon, en viviendas unifamiliares y multifamiliares de hasta doce (12) unidades.
Que esta misma ordenanza en su artículo Nº2, exime a la zona que involucra a las cuadras ya mencionadas de la Avenida Colón, de la obligatoriedad de instalar estos cestos, deliberando la responsabilidad de colocar los mismos al Departamento Ejecutivo.
Por todo lo expuesto, el Bloque de Concejalas y Concejales de Unión por la Patria eleva el siguiente proyecto de:
COMUNICACIÓN
Artículo Nº1.- El Honorable Concejo Deliberante solicita al Departamento Ejecutivo que, a través del Ente Municipal de Servicios Urbanos (EMSUR), evalúe la viabilidad de colocar cestos de residuos sobre ambas manos y a lo largo de las siguientes intersecciones de la Avenida Colón:
a) Avenida Colón y calle Arenales.
b) Avenida Colón y calle Lamadrid.
c) Avenida Colón y calle Las Heras.
d) Avenida Colón y calle Sarmiento.
e) Avenida Colón y calle Alsina.
f) Avenida Colón y calle Olavarría.
g) Avenida Colón y calle Martín Miguel de Güemes.
Artículo Nº2.- Comuníquese, etc.
AUTORÍA:
ADHERENTES: