Mar del Plata, 25 de marzo de 2024.-
Sra. Presidente del Honorable Concejo Deliberante
Partido de General Pueyrredon
Cjal. Marina Sánchez Herrero
S / D
VISTO el anuncio realizado por el Instituto de Obra Médico Asistencial (IOMA) sobre la firma de un convenio con la Asociación Civil de Establecimientos Asistenciales y Prestadores Privados de la Provincia de Buenos Aires (ACEAAP) y;
CONSIDERANDO:
Que en al año 2023 se visibilizó el conflicto entre IOMA y la Federación de Clínicas, Sanatorios, Hospitales y Otros Establecimientos de la Provincia de Buenos Aires (FECLIBA), dejando a una gran cantidad de vecinos y vecinas del Partido de General Pueyrredon sin cobertura médica.
Que producto del mencionado conflicto la obra social decidió rescindir parte del convenio con FECLIBA, anunciando la búsqueda de nuevos proveedores de servicios de salud e intermediarios para asegurar la atención de sus afiliados.
Que esto derivó en que miles de afiliados queden sin prestadores sanitarios centrales, dejándolos sin la atención necesaria, sin acceso a clínicas y sanatorios, tampoco a estudios complejos y por patologías críticas. Odontólogos, kinesiólogos, acompañantes terapéuticos y transportistas de personas con discapacidad también han realizado medidas de fuerza en noviembre y diciembre en reclamo de honorarios y actualizaciones, llegando a la suspensión de la atención en enero de este año.
Que esta situación ha generado un nivel de desesperación entre las familias afectadas debido a la falta de acceso a atención médica y cobertura, especialmente en casos de urgencia. En este contexto, se anunció en marzo un nuevo convenio firmado con la Asociación Civil de Establecimientos Asistenciales y Prestadores Privados (ACEAPP), que actúa como intermediaria entre IOMA y clínicas y policonsultorios en el Partido de General Pueyrredon.
Que, según las notas publicadas, a partir del 1 de marzo, los y las afiliadas pueden acceder a atención en consultorios, guardias e internación según la prestación ofrecida por cada establecimiento, sin necesidad de intervención por parte de la Asociación de derivación. Además, se continúa con la atención ambulatoria en consultorios y prácticas médicas en los policonsultorios adheridos a la Asociación.
Que, según la página de internet de ACEAPP, la misma cuenta en el Partido de General Pueyrredon con diez establecimientos: Puerto Imágenes Médicas, Policonsultorios del Sur, Centro Oftalmológico Mar del Plata, Policonsultorio del Norte, Skai Center (servicios de kinesiología), Centro de Especialidades Odontológicas, Odontológica del Centro, Policonsultorios del Centro, Policonsultorios Amof y Amof II.
Que, resulta necesario conocer detenidamente los detalles de este nuevo convenio para evaluar su impacto en la cobertura requerida por los y las afiliadas de la obra social y garantizar así el acceso adecuado a servicios de salud para todos los beneficiarios.
Por todo lo expuesto, el bloque de concejales de la Unión Cívica Radical propone el siguiente proyecto de:
COMUNICACIÓN
Artículo 1º. - El Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon solicita a las autoridades del Instituto de Obra Médico Asistencial informe sobre el convenio anunciado con la Asociación Civil de Establecimientos Asistenciales y Prestadores Privados de la Provincia de Buenos Aires indicando:
- Principales características y términos del nuevo convenio firmado;
- Servicios médicos específicos cubiertos por este convenio para los y las afiliadas en el Partido de General Pueyrredon;
- Si existe algún plan para ampliar la red de proveedores de servicios de salud incluidos en este convenio en el futuro, con el objetivo de mejorar la accesibilidad y la variedad de opciones para los afiliados y afiliadas;
- Detalles sobre si el nuevo convenio garantiza la misma cobertura y acceso a las prestaciones médicas que estaban disponibles para los afiliados y las afiliadas de la obra social en los establecimientos afectados por la rescisión del convenio con FECLIBA, y si existe algún servicio o tratamiento médico que no esté incluido en este nuevo acuerdo y que anteriormente estaba disponible.
Artículo 2º. - Comuníquese, etc.
Autoría:
CJAL. MARIANELA ROMERO
Adhesiones: