Mar del Plata, 19 de marzo de 2024
Sra. Presidenta del
Honorable Concejo Deliberante de
General Pueyrredon
VISTO
El riesgo diario de accidentes viales que se genera en la intersección de las calles 12 de Octubre y Marcelo T. de Alvear de la ciudad de Mar del Plata, y
CONSIDERANDO
Que la zona de la ciudad de Mar del Plata popularmente conocida y denominada como “Puerto” engloba, además de una actividad continua referida a comercios, organismos oficiales, instituciones e industrias, fuerte presencia vehicular y peatonal en forma diaria y constante.
Que la calle 12 de Octubre, en toda su extensión, pero particularmente en la zona a que se hace referencia, tiene un alto flujo vehicular y una línea del transporte público de pasajeros que transita periódicamente.
Que la calle Marcelo T. de Alvear, en el punto donde coincida con la arteria precedentemente nombrada, se encuentra en pendiente, lo que genera que tanto los automóviles como los colectivos del transporte público de pasajeros transiten a una mayor velocidad de la habitual.
Que en la calle 12 de Octubre al 4500 está emplazado el Jardín de Infantes Municipal N°1 “Almirante Guillermo Brown”, generando en los horarios de entrada y salida de ambos turnos un aumento de vecinos caminando con los menores que concurren al establecimiento educativo.
Que a esto se agrega, en la siguiente cuadra considerando el sentido del tránsito vehicular, la presencia del Hogar Municipal de Ancianos, lo que implica otro factor de cuidado al considerar la iniciativa.
Que es competencia del municipio arbitrar los medios necesarios para garantizar la seguridad de ciudadanos y ciudadanas, tanto de los transeúntes como de los conductores.
Que una posibilidad para resolver esta situación es la instalación de reductores de velocidad, que eviten que los vehículos puedan circular a altas velocidades;
Que la Ordenanza Municipal 12.403 autoriza a construir y/o instalar dispositivos reductores de la velocidad del tránsito, en aquellos caminos o intersecciones de arterias del partido de General Pueyrredon donde sea necesario reducir la velocidad de circulación de los vehículos.
Que de acuerdo a la información relevada por los vecinos de la zona, los vehículos transitan a muy alta velocidad sobre la calle 12 de Octubre, lo que implica grandes riesgos de producirse siniestros viales.
Que además se trata de una zona residencial, generando dificultades para los vecinos que viven allí de forma permanente;
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente
COMUNICACIÓN
Artículo 1º: El Honorable Concejo Deliberante de General Pueyrredon le solicita al Departamento Ejecutivo disponga de los medios técnicos y materiales a fin de estudiar la conveniencia de instalación de un reductor de velocidad, o el recurso que el área especializada interviniente considere oportuno, sobre la calle 12 de Octubre en su intersección con Marcelo T. de Alvear de la ciudad de Mar del Plata.
Artículo 2º: Comuníquese, etc.-
Autoría:
Adhesión: