Información de Expediente

2024 - E - 1304
Fecha de Entrada: 13/03/2024
Carátula: Proyecto de Comunicación
Iniciador: FRENTE RENOVADOR
Autor: CJAL. CIANO ARIEL
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: AGREGADO A OTRO EXP. Y/O NOTA
Desde: 25/03/2024
Agregado a: 2021 - E - 1989 - 0 - 0
Observaciones:
Proyecto 1: Comunicación
Solicitando al Departamento Ejecutivo, informe sobre el cumplimiento de la Ordenanza Nº23.156, cantidad de dispositivos DEA (Desfibrilador Externo Automático) existentes en el partido de General Pueyrredon y si se realizaron campañas de difusión y capacitación de maniobras de RCP destinadas a la comunidad.

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
048 SALUD COMUNITARIA Y DESARROLLO HUMANO 15/03/2024
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto
Mar del Plata, 13 de marzo de 2024.


A la Presidenta del


Honorable Concejo Deliberante


Sra. Marina Sánchez Herrero


S----------------/------------------D


VISTO:


La Ordenanza municipal Nº 22.562 y su modificatoria que establece como requisito para la habilitación y funcionamiento de locales, espacios y/o eventos con concurrencia masiva de público, donde exista una afluencia de público media diaria que alcance o supere las mil (1000) personas, contar con un plan de respuesta a emergencias que incluya capacitación de personal en Reanimación Cardiopulmonar (RCP) y como mínimo un Desfibrilador Externo Automático (DEA).


CONSIDERANDO:


Que la Ordenanza Nº 22.562, producto del proyecto presentado por los Concejales Azona Cristian y Ferro Alejandro, posteriormente modificada por la Ordenanza N° 23.156 no sólo estableció las normas de habilitación, mantenimiento, protocolos de emergencia, capacitación de personal sino también sanciona la difusión y promoción de campañas atinentes a aprender RCP por parte del municipio para todos los vecinos de General Pueyrredon.


Que la capacitación en RCP contribuye a la prevención de muertes evitables en los ámbitos extrahospitalarios, capacitarse en esta práctica garantizará asistir con mayor inmediatez, facilidad, seguridad y eficiencia en aquellos casos donde está en riesgo la vida de una persona.


Que a su vez, la obligación de contar con un Desfibrilador Externo Automático (DEA), equipo de uso médico, electrónico, capaz de registrar la actividad eléctrica del corazón y de restablecer un ritmo cardíaco efectivo en forma eléctrica y mecánica, aumenta la posibilidad de supervivencia frente a una emergencia debido a que los DEA son seguros y efectivos en manos de personal no entrenado.


Que el DEA debe ser mantenido en condiciones aptas de funcionamiento y convenientemente exhibido en un lugar de fácil acceso, con ubicación señalizada y dando cumplimiento a las normas vigentes de higiene y seguridad, facilitando su uso en caso de necesidad de las personas que por allí transiten o permanezcan con acceso a la desfibrilación en un plazo menor a tres (3) minutos.


Que desde esta concejalía, se solicitó la reglamentación de la Ordenanza Nº 22562 (Expediente 2018-E-1065), se requirió a la Secretaría de Salud la realización de campañas de difusión (Expediente 2021 - E - 1233), se pidieron informes sobre la aplicación de la ordenanza (Expediente 2021 - E - 1073).


Que a través del Decreto Nº 45/18 se aprobó la reglamentación de la ordenanza, y en lo que hace al Artículo 5°- Capacitación, los titulares o responsables de los espacios en cuestión, deben contar con dos (2) o más personas y al menos el 5% de su personal, capacitado en maniobras RCP, uso adecuado del DEA y primeros auxilios. Dicha capacitación deberá ser suficiente y permanente.


Que si bien no desconocemos la existencia de distintos programas como el “Programa Reanimamos MGP”, creado en el año 2018, actualmente no se cuenta con información oficial actualizada y teniendo en cuenta la importancia de la Ordenanza citada.


Por todo lo expuesto, el Bloque de concejales del Frente Renovador eleva el siguiente proyecto de:


COMUNICACIÓN


Artículo 1º.- Se solicita al Departamento Ejecutivo que, a través de las áreas correspondientes, se aporte la siguiente información:


a)  El número total de establecimientos que cumplen los requisitos de Ordenanza municipal Nº 22.562 actualizada con la modificación de la Ordenanza 23.156 y de su decreto reglamentario;


b)  Cantidad de dispositivos DEA existentes en el Partido de General Pueyrredon;


c)  Si se realizaron campañas de difusión y capacitación de maniobras de RCP, que tengan como destinatario a toda la comunidad del partido de General Pueyrredon.;


Artículo 2º.- Comuníquese, etc.


AUTORÍA: ARIEL CIANO


ADHERENTES:

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