Mar del Plata, 06 de Marzo de 2024.
A la Presidenta del
Honorable Concejo Deliberante
Sra. Marina Sánchez Herrero
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VISTO:
La Ordenanza Nº 21.405 que crea el “Servicio de Medicina Deportiva Infantil y Juvenil” en el Partido de General Pueyrredón, y;
CONSIDERANDO:
Que el expediente del Honorable Concejo Deliberante 1284-FV-13 derivó en la aprobación y promulgación de la Ordenanza Nº 21.405 el día 3/9/2013;
Que dicho proyecto fue presentado por el Concejal Fernando Maraude y luego ampliado mediante el expediente Nº 1519 del año 2022 presentado por la Concejala Marina Santoro
Que esta Ordenanza dispone de un equipo de médicos generalistas y pediatras en el ámbito del Ente Municipal de Deportes bajo la supervisión de la Secretaría de Salud para aquellos niños, niñas y adolescentes (NNyA) de hasta 18 años de edad que requieran controles y revisiones médicas para realizar todo tipo de prácticas deportivas;
Que los constantes aumentos generalizados alcanzan a todos los vecinos y sus familias impidiendo que se realicen los aptos médicos deportivos, y esto no debería ser un impedimento para que los NNyA hagan deportes en clubes, asociaciones o federaciones deportivas;
Que en el Art 31 inc. 2 de la Convención de los Derechos del Niño, los Estados parte se comprometen a respetar y promover el derecho del niño a participar plenamente en la vida cultural y artística, recreativa y de esparcimiento con oportunidades apropiadas y en condiciones de igualdad.
Que en este sentido, el Estado municipal tiene la responsabilidad de garantizar el derecho a la salud de todos sus habitantes, en especial a aquellos que no tienen cobertura médica privada;
Que el objetivo del programa es servir de diagnóstico temprano de patologías que puedan poner en riesgo la vida de los jóvenes o evitar lesiones crónicas que deterioren su calidad de vida en el futuro;
Que un niño sano que hace deportes es un adulto que aprendió el valor del trabajo en equipo, la disciplina, la resiliencia, el respeto y puede afrontar los desafíos de la vida cotidiana más preparado;
Por todo lo expuesto, el Bloque de concejales del Frente Renovador eleva el siguiente proyecto de:
COMUNICACIÓN
Artículo 1º.- Solicítese al Departamento Ejecutivo que, a través de las áreas correspondientes, aporte la siguiente información:
a) Si el programa está activo en la actualidad. En caso negativo las razones por las cuales dejó de funcionar.
b) En qué espacios físicos se desarrolla el programa y que tipo de estudios médicos se realizan
c) La cantidad de niños, niñas y adolescentes que se han beneficiado a través de la implementación del programa.
d) Si se realizan campañas de comunicación para informar a la comunidad de la existencia del programa.
Artículo 2º.- Comuníquese, etc.
AUTORÍA: ARIEL CIANO
ADHERENTES: