Mar del Plata, 5 de marzo de 2024
A la Presidenta del
Honorable Concejo Deliberante
Sra. Marina Sánchez Herrero
S_________/_________D
VISTO
Los constantes reclamos de los vecinos y vecinas del Belisario Roldán en materia de políticas de seguridad. Y;
CONSIDERANDO
Que el barrio Belisario Roldán se encuentra delimitado por la avenida Juan B. Justo, la avenida Dr. Arturio Alió - o 180 -, la calle Alberti y la calle Juan F. Czetz.
Que transitan por Belisario Roldán - o en sus cercanías - las líneas de colectivo 531, 533, 563 y 573.
Que los vecinos y vecinas del barrio Belisario Roldán han movilizado una gran cantidad de demandas en relación a los problemas de inseguridad que sufren en las inmediaciones del barrio.
Que se encuentran instaladas en algunos puntos de este barrio diferentes cámaras de seguridad las cuales, según reclaman los vecinos, estas no cumplen con su función en debida forma.
Que quienes habitan este barrio atribuyen los reiterados hechos de inseguridad a la deficiencia en el funcionamiento de estos dispositivos.
Que una de estas cámaras de seguridad “Domo” se encuentra ubicada en la intersección de la Avenida Dr. Arturio Alió - o 180 - y Alvarado.
Que otra de las cámaras de seguridad ya existentes en el barrio Belisario Roldán se localiza enfrente de las inmediaciones de la Escuela N° 54, ubicada en la calle José María Calaza y Primera Junta.
Que ubicado en ese mismo cruce funciona el Jardín de Infantes N° 949.
Que es una tarea del Centro de Operaciones de Monitoreo (C.O.M) realizar la correcta visualización y vigilancia de estos dispositivos.
Que también ha sido sancionada la Ordenanza Municipal N°21.978/2014 la cual regula la utilización, captación y tratamiento de imágenes de personas en espacios públicos, mediante Sistemas de Video Vigilancia de Circuitos Cerrados (SVVCC), en el marco del Programa Integral de Protección Ciudadana.
Que dentro del Capítulo II, artículo 5º, al mencionar la ubicación de estos dispositivos hace referencia a los siguientes puntos:
“Artículo 5º.- Ubicación de las cámaras. Pautas. La ubicación de las cámaras deberá fundarse en las siguientes pautas:
a) Estudios preliminares de los datos georeferenciados del mapa de criminalidad de la jurisdicción.
b) Análisis de las estadísticas de ilícitos, tipicidad o gravedad de las modalidades delictivas en la jurisdicción comprendida.
c) Recepción de las demandas ciudadanas a través de los mecanismos de participación comunitaria o vecinal en materia de seguridad en el ámbito local.”
Que los reiterados hechos de inseguridad que suceden en el barrio Belisario Roldán han sido informados a través de los principales portales de noticias locales.
Que según los informes que el Municipio de General Pueyrredon presenta, a través del Centro Municipal de Análisis Estratégico del Delito (CeMAED), en el año 2023 acontecieron 4967 delitos de robos y hurtos de bienes, lo que implica un aumento de 26,5% respecto a 2022 y 36,9% respecto a 2021.
Que ha sido tratado en este Honorable Concejo Deliberante, a través de un Proyecto de Comunicación en el expediente 1378/2011, diversos reclamos pertenecientes a los problemas que atraviesan los vecinos del barrio Belisario Roldán.
Que dicho expediente se fundamenta en la falta de una presencia policial constante y el aumento de los hechos delictivos dentro del mismo. En el mismo, se solicita al Departamento Ejecutivo que refuerce la presencia de las fuerzas de seguridad en este barrio, entre otros pedidos que refieren al mantenimiento de su infraestructura.
Que corresponde al Departamento Ejecutivo garantizar las correctas políticas de prevención de la seguridad y de hechos delictivos y que esas mismas sean de fácil acceso para todos los vecinos del Partido de General Pueyrredon.
Que funciona en la calle Federico Rauch a la altura 3131 el Centro de Atención Primaria a la Salud (CAPS) Belisario Roldán.
Que una de las recientes problemáticas que denuncian quienes habitan el barrio Belisario Roldán es el cambio en el recorrido de las líneas de transporte que circulan por el mismo.
Que aquellos vecinos que utilizan este medio de transporte comprenden que el recorrido a realizar por este mismo es el cual se encuentra visualizado en la aplicación móvil municipal “Cuando Llega”.
Que este recorrido no se cumple dentro del barrio Belisario Roldán en lo que respecta a las líneas de colectivo 531 y 532.
Que dicha modificación en el recorrido de ambas líneas de colectivos evita el ingreso al Belisario Roldán en horarios nocturnos.
Que esta alteración en la circulación no se encuentra determinada en sus frecuencias originales.
Que estas líneas de transporte público son aquellas que ingresan al barrio Belisario Roldán y garantizan la movilidad de todos aquellos vecinos y vecinas.
Que el ingreso al barrio Belisario Roldán para estas líneas de transporte es a través de la calle Alvarado.
Que el egreso al mismo también ocurre por la calle Alvarado, siendo de doble mano en esta altura.
Que para el caso de la línea 532, en el trayecto de salida desde el barrio Belisario Roldán, se realiza una vuelta al barrio por la calle General Roca, luego por calle Armenia y finalmente con el egreso por calle Rodríguez Peña.
Que el hecho de evitar todos estos recorridos internos dentro del barrio Belisario Roldán impactan de manera negativa en la vida cotidiana de quienes lo habitan.
Que corresponde al Departamento Ejecutivo local garantizar el correcto funcionamiento de las líneas de transporte público que aquellos vecinos y vecinas del Partido de General Pueyrredon utilizan diariamente para su movilidad.
Por todo lo expuesto, el Bloque de Concejalas y Concejales de Unión por la Patria eleva el siguiente proyecto de:
COMUNICACIÓN
Artículo Nº1.- El Honorable Concejo Deliberante solicita al Departamento Ejecutivo, a través de la Secretaría de Seguridad, tenga a bien informar sobre el funcionamiento de las cámaras de seguridad ubicadas en las siguientes direcciones del barrio Belisario Roldán:
a) La cámara de seguridad “Domo” ubicada en la intersección de la calle Alvarado y Avenida Arturio Alió - o 180 -.
b) La cámara de seguridad ubicada en Calaza y Primera Junta enfrente a la Escuela N° 54.
Artículo Nº2.- El Honorable Concejo Deliberante requiere al Departamento Ejecutivo, a través de la Dirección de Transporte dependiente de la Secretaría de Legal, Técnica y Hacienda, que evalúe la posibilidad de informar sobre los cambios de recorridos de las líneas de transporte público 531 y 532 en el horario nocturno dentro del barrio Belisario Roldán.
Artículo Nº3.- Comuníquese, etc.-
AUTORÍA:
ADHERENTES:
ANEXO
[]
https://www.lacapitalmdp.com/vecinos-del-barrio-belisario-roldan-persiguieron-a-un-motochorro-y-lo-entregaron-a-la-policia/