Mar del Plata, 02 de febrero de 2024
Sra. Presidenta del
Honorable Concejo Deliberante
Dra. Marina Sánchez Herrero
S/D
VISTO
El reclamo sobre diferentes temas que un grupo numeroso de vecinos del barrio Jorge Newbery hicieron llegar, y
CONSIDERANDO
Que durante el mes de febrero del año 2023, con las firmas de más de 270 vecinos del Bº Jorge Newbery, se presentó una nota con una serie de solicitudes de mejoras para el barrio que puntualmente reclamaban
Que, entre otros reclamos, solicitan reductores de velocidad y semáforos en distintas calles e intersecciones.
Que luego de la presentación de dicha nota, y atento a la insistencia del pedido por parte de los vecinos, finalmente llego una respuesta parcial por parte del Ejecutivo municipal con la colocación de un reductor de velocidad en la esquina de las calles Falucho y Portugal.
Que siguieron a esta única obra infructuosos intercambios a través de mensajes y llamados telefónicos, persiguiendo mayores respuestas y considerando que a pocos metros se encuentra la Escuela de Educación Inicial, o Jardín de Infantes, Nº 933.
Que a principios de enero del corriente, en reunión mantenida por varios vecinos entre quienes se encontraban firmantes de la presentación original ante autoridades del Ente Municipal de Vialidad y Alumbrado, se reiteró el reclamo que lleva ya un año desde su presentación, sumando otras dos cuestiones como son la deficiente iluminación y la mala prestación del servicio de transporte público de pasajeros y falta de refugios en el tramo por el que circulan los colectivos.
Que la falta de una correcta frecuencia de las líneas de colectivos que circulan por el barrio, principalmente la 562, es una muestra más de los incumplimiento por parte de las empresas prestatarias y los nulos controles por parte de las autoridades municipales.
Que las luminarias son necesarias no solo por la propia iluminación en horario nocturno, sino primordialmente por cuestiones de seguridad, a sabiendas de su relación directa con la prevención y/o desaliento de determinados delitos y ataques contra la integridad de las personas.
Que esta situación de precariedad en el sistema lumínico afecta a los vecinos y usuarios del transporte público que han sufrido sucesivos hechos en momentos de transito o espera.
Que también afectan a la seguridad, la limpieza y el bienestar del entorno en el que vivimos el estado de los espacios públicos, calles, veredas y descampados y, particularmente en este caso, los vecinos del barrio manifiestan problemas respecto a un baldío ubicado frente al muro que delimita el camping del Sindicato de Empleados de Comercio, sobre la calle Portugal, en deficiente estado de mantenimiento y con pastizales altos, donde denuncian que se esconden muchas veces personas con fines delictivos, generando mayor inseguridad a quienes por el lugar pasan.
Por lo expuesto, el Bloque de concejales de Acción Marplatense presenta el siguiente proyecto de
COMUNICACIÓN
Artículo 1º: El Honorable Concejo Deliberante de General Pueyrredon le solicita al Departamento Ejecutivo, a través de las aéreas pertinentes, tenga a bien informar, considerar y dar respuestas a las siguientes solicitudes:
a. Reductores de velocidad para las esquinas de Falucho y Portugal y Alberti y Portugal.
b. Semáforo para la intersección de la Avenida Colón y Portugal.
c. Iluminación de la calle Portugal, en el tramo comprendido entre Falucho y Alberti.
d. Relevamiento, reparación y/o reemplazo del sistema de luminarias de Jorge Newbery.
e. Mantenimiento y limpieza, o intimación a quien corresponda, del terreno baldío ubicado sobre la calle Portugal, entre Falucho y Alberti, frente al paredón perimetral del camping del Sindicato de Empleados de Comercio.
f. Control y normalización del funcionamiento del servicio de transporte público de pasajeros, puntualmente las líneas 511, 512, 562 y 717.
g. Verificación y garantía de cumplimiento de las frecuencias del servicio de transporte de pasajeros en el barrio J. Newbery y zonas aledañas.
h. Relevamiento, reparación y/o restitución de los refugios correspondientes a las paradas establecidas para los usuarios del transporte público dentro del barrio en cuestión.
Artículo 2º: De forma.-
Autora:
Adherente: