Mar del Plata, 26 de enero de 2024
A la Presidenta del
Honorable Concejo Deliberante
Sra. Marina Sánchez Herrero
S_________/_________D
VISTO
El estado de la infraestructura vial en el barrio Playa Serena, lo que motivó el reclamo de los vecinos. y;
CONSIDERANDO
Que el barrio Playa Serena está delimitado por las calles 22, 443, Guillermo Bosch y Corbeta Uruguay.
Que la zona sur de Mar del Plata viene creciendo significativamente en los últimos años, con viviendas unifamiliares, desarrollos privados y complejos turísticos.
Que los barrios de la zona presentan una cobertura parcial de servicios de infraestructura y deficiente conectividad con el sistema de transporte público de la ciudad.
Que vecinos del barrio, agrupados alrededor del comedor Pancita Alegre y merendero Corazoncito Alegre, vienen solicitando al Estado municipal una serie de medidas para mejorar el acceso al transporte público en la zona y la circulación vehicular y peatonal de los vecinos.
Que, entre ellas, solicitan la reinstalación del refugio peatonal en la parada del colectivo 511G en Av. Jorge Newbery y calle 445, ya que la actual construcción, realizada con materiales extremadamente precarios, no sirve a fines de resguardar a los peatones y se convierte en un verdadero peligro ante las inclemencias climáticas. Del otro lado de la avenida, en esa misma intersección, está emplazada una garita de concreto, lo cual indica que la obra a realizar es posible y congruente con las condiciones de la zona.
Que, por otro lado, los vecinos también requieren el engranzado y mantenimiento de la calle 445 (Florencio Escardó) entre Av. Jorge Newbery y calle 24, ya que los días de lluvia el barro generado no permite el tránsito de ambulancias, taxis, remises y/o vecinos. A su vez, denuncian que el camión de recolección de residuos no transita ese tramo cuando la calle está en ese estado.
Que en el barrio denuncian las familias que varias calles (441, 443 y 445) no cuentan con luminaria, lo cual hace que los vecinos se sientan inseguros al transitar por estas arterias que recorren en sentido norte-sur el barrio.
Que, además, los vecinos han realizado algunas obras precarias en la zona de la traza no continuada de las calles 447, 449 y 24, emplazando dos puentes peatonales con maderas y restos de pallets, que les son necesarios para cruzar el barrio y también conectarse con parte del barrio San Jacinto. Uno de estos puentes cruza un pozo y el otro, un arroyo (ver Anexo).
Que, sin desmedro del esfuerzo de los vecinos que se lanzaron a resolver una problemática de su barrio, le corresponde al gobierno municipal realizar esa obra porque su función recaudatoria tiene que estar puesta en retribuir en acciones y políticas públicas que le sirvan a los contribuyentes. Para hacer de estos puentes una obra más segura y duradera, los vecinos están solicitando que se refuercen con los materiales adecuados.
Que es responsabilidad del Estado municipal atender e intervenir sobre la situación actual de las calles de la zona sur de Mar del Plata, para mejorar las condiciones de vida de la población y para planificar el desarrollo urbano.
Por todo lo expuesto, el Bloque de Concejalas y Concejales de Unión por la Patria eleva el siguiente proyecto de:
COMUNICACIÓN
Artículo Nº1.- El Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon solicita al Departamento Ejecutivo que arbitre los medios necesarios para reemplazar la garita precaria de la parada del colectivo en la intersección de Av. Jorge Newbery y calle 445 con un refugio peatonal seguro y adecuado.
Artículo Nº2.- Además, se solicita al Departamento Ejecutivo, a través del Ente Municipal de Vialidad (EMVIAL), que evalúe y ejecute el engranzado y mantenimiento de la calle 445, en el tramo entre Av. Jorge Newbery y calle 24.
Artículo Nº3.- Asimismo, se requiere que el Departamento Ejecutivo, a través del Ente Municipal de Vialidad y Alumbrado Público (EMVIAL), evalúe y ejecute la instalación y mantenimiento de luminarias en las calles 441, 443 y 445.
Artículo Nº4.- El Honorable Concejo Deliberante vería con agrado que el Departamento Ejecutivo, por intermedio del Ente Municipal de Vialidad y Alumbrado Público (EMVIAL), realice el refuerzo y mejoramiento de los puentes peatonales precarios que se encuentran en las inmediaciones de las trazas no continuadas de las calles 447, 449 y 24.
Artículo Nº5.- Comuníquese, etc.
AUTORÍA:
ADHERENTES:
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Fuente: registro fotográfico propio.
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Fuente: Elaboración propia con Google Maps.