Mar del Plata, 26 de Abril de 2023
A la presidenta del
H. Concejo Deliberante
Sra. Marina Sánchez Herrero
S------------/------------D
VISTO:
El Centro de Atención Primaria de la Salud ubicado en calle Leguizamón 552 de nuestra ciudad; y
CONSIDERANDO:
Que el barrio Libertad, donde se encuentra ubicado dicho CAPS es uno de los barrios más populosos de nuestra ciudad.
Que la falta de profesionales para brindar los servicios de salud que la población demanda es uno de los reclamos más habituales en nuestra comunidad.
Que, no contar con equipos completos en cada CAPS genera derivaciones y desplazamientos de los vecinos y vecinas hacia otros puntos lejanos de la ciudad, imponiéndoles condiciones más gravosas (gasto en transporte, mayor tiempo, falta de lazo con el centro de otro barrio, etc), que implican una inequidad en el acceso al sistema de atención primaria de la salud.
Que, para complejizar aún más el acceso a la atención médica, no todos los vecinos tienen posibilidad de manejar la “app” para conseguir un turno, o si la tienen cuesta mucho conseguirlo, por lo que se hacen presentes en el CAPS que no da más de 3 turnos por demanda espontánea. Ello hace que, nuevamente, se instale la práctica de llegar cada vez más temprano para conseguir uno de esos 3 turnos.
Que, en definitiva, por las razones expresadas, queda una gran parte de los vecinos y vecinas del área programática del Caps sin poder atenderse.
Por todo lo expuesto, el Bloque de Concejales y Concejalas del Frente de Todos eleva el siguiente proyecto de:
COMUNICACIÓN
Artículo 1.- El Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon solicita al Departamento Ejecutivo tenga a bien informar los siguientes puntos respecto al Centro Primario de Atención de la Salud (Caps) Libertad:
A) Cantidad y especialidad de los equipos profesionales existentes.
B) Cantidad de turnos asignados mensualmente en pediatría, clínica médica y salud mental. Detalle los turnos otorgados y atendidos de los últimos seis meses, distinguiendo especialidad.
C) Cantidad de turnos disponibles por día para satisfacer la demanda espontánea.
Artículo 2.- Comuníquese.