Información de Expediente

2023 - E - 1012
Fecha de Entrada: 16/01/2023
Carátula: 1.Proy. de Comunicación 2. Proy. de Ordenanza
Iniciador: ACCION MARPLATENSE
Autor: CJAL. TACCONE HORACIO DANIEL
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: A LA ESPERA DE LA PROMULGACION
Desde: 27/04/2023
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Comunicación
Solicitando al Departamento Ejecutivo informe sobre diversos ítems relacionados a las acciones que encuentra desarrollando para la prevención de siniestros producto del desprendimiento y derrumbe de acantilados.

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
C-6186 27/04/2023
Proyecto 2: Ordenanza
Declarando a los acantilados de la costa del Partido de General Pueyrredon como Zona de Manejo Crítico Prevencional.

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
006 TURISMO 17/01/2023 07/02/2023 Aprobado
056 OBRAS Y PLANEAMIENTO 07/02/2023 14/02/2023 Aprobado
047 LEGISLACIÓN, INTERPRETACIÓN, REGLAMENTO 14/02/2023 03/04/2023 Aprobado
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto
Mar del Plata, enero de 2023


Sra. Presidenta


Honorable Concejo Deliberante


Dra. Marina Sánchez Herrero


VISTO


El lamentable fallecimiento de un turista en la zona de la Playa La Escondida, quien al querer sacar una foto sobre el acantilado, sufrió un desprendimiento y cayó desde una gran altura, y


CONSIDERANDO


Que el proceso de erosión costera en las playas de la costa bonaerense genera que se pierdan entre 0,5 y más de 1 metro por año, siendo que en Mar del Plata los sectores con mayor erosión se encuentran en la zona sur y norte de la ciudad;


Que la erosión de los acantilados es continua, y la más significativa se da en la zona de los acantilados, más orientada hacia el sudeste y por ello, más afectada por las tormentas y sudestadas;


Que las playas públicas de la zona sur de eligen como espacio público para disfrute de marplatenses y turistas, y debe tener las condiciones de seguridad adecuadas;


Que los desprendimientos y derrumbes de acantilados son permanentes en la ciudad, y deben prevenirse los siniestros con señalización adecuada, campañas de concientización y difusión;


Que dentro de los riesgos a prevenir se encuentra el estacionamiento sobre acantilados, el pararse sobre aquellos que presentan riesgos de derrumbe y el ubicarse bajo los mismos en busca de sombra;


Que hace pocos días homenajeamos a Emma, una niña que falleció por el desprendimiento del acantilado en la Playa Las Delicias, y estamos lamentando un nuevo fallecimiento por la falta de presencia del estado, información y control;


Por todo lo expuesto, el bloque de concejales de Acción Marplatense eleva el siguiente proyecto de


COMUNICACIÓN


Artículo 1º.- El Honorable Concejo Deliberante solicita al Departamento Ejecutivo informe que acciones se encuentra desarrollando para la prevención de siniestros producto del desprendimiento y derrumbe de acantilados, sabiendo que están los riesgos y que ocurre recurrentemente. Respecto de ello que indique si se ha realizado:


-   Señalización


-   Difusión


-   Presencia disuasoria


-   Controles de tránsito y estacionamiento


Artículo 2º.- De forma.-


ORDENANZA


Artículo 1º.- Declárese a los acantilados de la costa del Partido de General Pueyrredon como Zona de Manejo Crítico Prevencional.


Artículo 2º.- Las áreas del Municipio intervendrán intersectorialmente con el objeto de abordar todas las dimensiones respecto de la prevención de derrumbes, incluyendo:


-   Análisis de los procesos de erosión costera


-   Eventual limitación de acceso a zonas de derrumbe


-   Realización de obras y protecciones antiderrumbe


-   Controles de tránsito y estacionamiento


Artículo 3º.- La autoridad de aplicación de la presente ordenanza será el Ente Municipal de Turismo, que coordinará con las diferentes Secretarías de la Municipalidad de General Pueyrredon y con los organismos estatales de otras jurisdicciones que se requiera.


Artículo 4º.- Facultase al Departamento Ejecutivo a suscribir un convenio con la Universidad Nacional de Mar del Plata para incorporar al Instituto de Geología de Costas y del Cuaternario en las acciones a desarrollar.


Artículo 5º.- De forma.-

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