Mar del Plata, 06 de Julio de 2022.
A la presidenta del
H. Concejo Deliberante
Sra. Marina Sánchez Herrero
S------------/------------D
VISTO:
Las carencias que el Jardín Municipal Nº 18 enfrenta en su actividad cotidiana entre las que se encuentran la falta de conectividad y comunicación, la escasa diversidad de alimentos con que cuenta para el servicio de comedor y la falta de insumos para cumplir los protocolos COVID, y
CONSIDERANDO:
Que el derecho a la educación se encuentra consagrado en el art 26 de la declaración universal de los derechos humanos, y que en el inciso 2 de tal artículo se especifica que “La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana”.
Que para lograr tal fin es imperativo que los establecimientos educativos cuenten con todos los recursos necesarios y disponibles para desarrollar sus actividades cotidianas en el mejor de los contextos posibles.
Que el Jardín Municipal Nº 18 se encuentra en el barrio Las Dalias en la zona norte de Mar del Plata. Dicha zona de la ciudad ha crecido demográficamente de forma sostenida pero no así las inversiones necesarias en infraestructura para acompañar ese crecimiento.
Que el mencionado Jardín tiene actualmente 28 niños y niñas en lista de espera producto de la realidad antes mencionada y de la ausencia de establecimientos educativos en los barrios Las Dalias y Alto Camet. El establecimiento de nivel inicial más cercano es el Jardín Provincial 903 que se encuentra a más de 20 cuadras de los barrios mencionados. Para llegar al Jardín Nº 903 los y las vecinas de los barrios Las Dalias y Alto Camet deben cruzar el Arroyo La Tapera que a la altura de la calle Gandhi representa un desafío riesgoso para quienes se movilizan a pie o en bicicleta.
Que el Jardín Nº 18 “Edmondo de Amicis” se encuentra entre los establecimientos que están bajo la órbita de la gestión municipal creados por Ordenanza 2477/64 que en su artículo 2 especifica que “El Departamento Ejecutivo adoptará las providencias para la instalación y funcionamiento de las mencionadas escuelas, utilizando inmuebles de propiedad municipal o adquiriendo, arrendando, construyendo u obteniendo posesión los locales, como asimismo dotarlas del personal y de los elementos que fueren necesarios, con sujeción a las disposiciones correspondientes”.
Que el organismo a cargo de la gestión municipal de los establecimientos educativos es la Secretaría de Educación y Cultura creada por Ordenanza 5897/83 que en su artículo 1 establece las responsabilidades de dicha secretaría en torno a los establecimientos y actividades educativas en el partido de General Pueyrredon.
Que en la normativa citada queda establecida la responsabilidad del Departamento Ejecutivo en garantizar todos los elementos necesarios para el mejor funcionamiento posible de todos los establecimientos educativos de gestión municipal del distrito.
Que la conectividad y la comunicación en el siglo XXI son elementos insoslayables en el funcionamiento diario de una Escuela o Jardín en cualquier ámbito siendo una situación precaria la que experimenta el Jardín “Edmondo de Amicis” con la falta de conexión a internet y teléfono.
Que existen los recursos técnicos para conectar al Jardín Nº 18 a internet y teléfono pero dicha conexión no se realizó aún aduciendo, por parte de la Secretaría de Hacienda, razones presupuestarias.
Que esta situación genera diferentes trastornos en el desarrollo de las actividades diarias del Jardín tales como la dificultad de comunicación del equipo docente con los padres y madres de los estudiantes de la institución. Asimismo ante cualquier emergencia el Jardín no tiene un canal oficial de comunicación teniendo que depender de los teléfonos particulares de las docentes y equipo directivo.
Que esta situación también genera dificultades pedagógicas al no poder disponer las docentes, de medios audiovisuales que se encuentran en línea y que en esta época resultan fundamentales como recurso en la enseñanza en todos los niveles.
Que la provisión de alimentos necesarios para el funcionamiento del comedor escolar lleva mucho tiempo sin incorporar la diversidad de alimentos que asegura los valores nutricionales necesarios para conformar una dieta equilibrada fundamental para un desarrollo saludable en los primeros años de vida. Los recursos necesarios para equilibrar la dieta de los y las estudiantes salen de fuentes informales tales como la cooperadora escolar y aportes personales de las docentes, equipo directivo, madres y padres.
Que el Departamento Ejecutivo a través de la Secretaría de Salud y de la Secretaría de Educación debe garantizar en todos los niveles educativos de gestión municipal los materiales necesarios para cumplir las regulaciones sanitarias vigentes en relación al COVID 19. Por declaraciones de docentes surge que el Jardín “Edmondo de Amicis” no recibe todos los elementos necesarios para cumplir dichas regulaciones. Específicamente se evidencia la falta de alcohol en gel y toallas de papel.
Que más allá de la responsabilidad que señalamos del Departamento Ejecutivo en gestionar correctamente los establecimientos educativos a su cargo, este, además, tiene los recursos necesarios para solucionar las problemáticas que hoy afectan al Jardín municipal Nro 18.
Por todo lo expuesto, el Bloque de Concejales y Concejalas del Frente de Todos eleva el siguiente proyecto de:
COMUNICACIÓN
Artículo 1.- El Honorable Concejo Deliberante de General Pueyrredon sugiere al Departamento Ejecutivo que arbitre los medios necesarios para:
a) Garantizar la conexión a internet y teléfono del Jardín municipal Nº 18 con dirección en la calle Felipe de Arana 7120.
b) Proveer regularmente los alimentos necesarios a esta institución educativa, para la elaboración de un menú que implique una dieta variada y cubra los valores nutricionales que los niños y niñas necesitan para un desarrollo saludable.
c) Proveer al Jardín “Edmondo de Amicis” de toallas de papel, alcohol en gel y todos los elementos necesarios para cumplir las regulaciones sanitarias nacionales, provinciales y municipales concernientes a los establecimientos educativos.
Artículo 2.- Comuníquese, etc.