Información de Expediente

2022 - E - 1589
Fecha de Entrada: 05/07/2022
Carátula: 1.RESOLUCIÓN 2. RESOLUCIÓN
Iniciador: FRENTE DE TODOS
Autor:
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: EXPEDIENTES/NOTAS ARCHIVO P/GUARDA
Desde: 25/01/2023
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Resolución
Declarando de Interés del Honorable Concejo Deliberante, la Apertura del Área de Salud Mental Pública y Comunitaria en la Facultad de Psicología de la Universidad Nacional de Mar del Plata.
Proyecto 2: Resolución
Otorgando el Título de Visitante Notable a la Licenciada en Psicología Alicia Stolkiner por su larga trayectoria de trabajo e investigación en Salud Pública y Salud Mental.
Proyecto 3: Decreto

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
DP-195 08/07/2022
Proyecto 4: Decreto Ad Referendum

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
DP-196 08/07/2022
Proyecto 5: Ordenanza

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
O-19786 11/08/2022 25649 26/08/2022

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
049 EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA E INVESTIGACIÓN 06/07/2022 08/07/2022 decreto de presidencia
049 EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA E INVESTIGACIÓN 12/07/2022 09/08/2022 Aprobado
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto
Mar del Plata, 5 de julio de 2022


A la presidenta del


H. Concejo Deliberante


Sra. Marina Sánchez Herrero


S------------/------------D


VISTO:


“La apertura del Área de Salud Mental Pública y Comunitaria en la Facultad de Psicología de la Universidad Nacional de Mar del Plata, en cuyo acto inaugural, la Licenciada Alicia Stolkiner, brindará una Conferencia denominada “Salud Mental y Salud Colectiva: Desafíos Actuales, el día miércoles 13 de Julio a las 18:30hs en el Aula 20, y;”


CONSIDERANDO:


Que la Ley Nacional de Salud Mental Nº 26.657, sancionada en noviembre del año 2010 y reglamentada en mayo de 2013, introduce cambios paradigmáticos en relación a las concepciones y prácticas en el campo de la Salud Mental con una perspectiva de derechos, integral e interdisciplinaria.


Que, en los últimos años, la Facultad de Psicología perteneciente a la Universidad Nacional de Mar del Plata ha impulsado una modalidad de vinculación territorial e interinstitucional de colaboración y co-construcción de prácticas y conocimientos, impactando en los trayectos formativos y en la búsqueda de hacer frente a las lógicas extractivistas que todavía subyacen en la formación académica universitaria


Que el Área de Salud Mental Pública y Comunitaria, dependiente de la Subsecretaria de Vinculación Territorial e Interinstitucional de dicha Facultad,  surge de la necesidad de generar las transformaciones concretas necesarias en la formación de las y los profesionales de la Salud Mental para poder dar respuestas acordes con los principios, políticas y dispositivos requeridos en cumplimiento de la ley, haciendo especial hincapié en el conocimiento de las normas y tratados nacionales, regionales e internacionales en derechos humanos y salud mental, con una mirada integral, interdisciplinaria y territorial


Que, en el año 2015, la Comisión Nacional Interministerial de Políticas Públicas en Salud Mental (CONISMA) junto a la Dirección Nacional de Salud Mental del Ministerio de Salud y la Secretaría de Políticas Universitarias, construyeron un documento que plasma los Lineamientos para la formación de profesionales del campo de la Salud Mental para dar cumplimiento efectivo de lo establecido en el artículo 33 de la Ley Nacional de Salud Mental 26.657.


Que existe una tendencia histórica a centrar la formación profesional en la perspectiva liberal de la atención, descontextualizada de los determinantes sociales, políticos, económicos, entre otros, y esta propuesta se funda en la necesidad de reflexión y análisis de las prácticas profesionales e institucionales del campo de la salud mental para incorporarlas en la formación disciplinar y comprender la necesaria integración de las dimensiones clínica y comunitaria en las prácticas de salud mental.


Que la propuesta tiene por objetivo contribuir a la formación de profesionales que puedan dar respuesta a los requerimientos de época acorde los principios, políticas y dispositivos requeridos para el cumplimiento de la Ley Nacional de Salud Mental; así como articular los Programas de Formación para Graduadxs, las Prácticas Socio Comunitarias y la capacidad de desarrollo de dispositivos ajustados a la propuesta de la Secretaría de Extensión para que impacten en la formación de grado y posgrado de profesionales Psicólogxs.


Que, a su vez centrará el desarrollo de sus líneas de acción en cuatro ejes centrales: la construcción de un diseño curricular, en articulación con la Secretaría Académica para establecer un plan de trabajo que incorpore la legislación vigente en materia de ampliación de derechos, propulsoras de modelos de abordaje del padecimiento mental y la salud pública integrales, interdisciplinarios e interseccionales.


Que el segundo lineamiento es el de la coordinación y articulación para el diseño e implementación de cursos de capacitación docente, seminarios o talleres de extensión y actividades de grado y posgrado y espacios de sensibilización sobre las áreas temáticas: a) Marco normativo vigente y sistema de salud pública b) Trabajo en red e interdisciplinariedad/interseccionalidad c) Políticas del cuidado y buenas prácticas d) Territorialidad e interculturalidad.


Que la tercer línea de acción está referida a la práctica profesional, donde se coordinara un espacio de trabajo conjunto de los Programas de formación para graduadxs, y se llevaran a cabo acciones tendientes a promover el conocimiento de los aspectos políticos, legales e institucionales que rigen el sistema de servicios de salud, y las condiciones que contribuyen a garantizar la accesibilidad y la cobertura a toda la población, con particular interés en la accesibilidad de las personas en situación de pobreza e indigencia, entre otros.


Que el cuarto eje es la vinculación territorial, abriendo la convocatoria a referentes de áreas e instituciones estratégicas, principalmente aquellas del ámbito de la salud pública para el desarrollo de espacios y prácticas formativas con asiento territorial que propicien el abordaje integral de la Salud Pública y Comunitaria desde una perspectiva intersectorial e intercultural. Y se realizará el diseño de trabajo conjunto con organizaciones e instituciones comunitarias y espacios de prácticas universitarias para el análisis de problemas y situaciones de la realidad que sean relevantes para la comprensión de la situación de salud mental en cada ámbito territorial y las posibles respuestas a los mismo.


Que, en el marco del acto de apertura del Área de Salud Mental, Publica y Comunitaria, la Licenciada Alicia Stolkiner dictara la conferencia “Salud Mental y Salud Colectiva: Desafíos Actuales”.


Que Alicia Stolkiner es licenciada en Psicología, especializada en Salud Pública con orientación en Salud Mental, y cuya tésis Doctoral fue: “Articulaciones entre Salud Mental y Atención Primaria de la Salud en las Políticas de Salud de la Argentina durante el período 2002-2010. Estudio de caso.”


Que es Doctora Honoris Causa de la Universidad Autónoma de Entre Ríos y profesora titular de Salud Pública y Salud Mental de la Facultad de Psicología de la Universidad de Buenos Aires.


Que Alicia Stolkiner fue convocada por el Ministerio de Salud de la Nación durante el periodo de ASPO y DISPO como parte de la mesa de expertos que asesoraba al Presidente de la Nación en temáticas referidas a la Salud Mental.


Que se desempeñó como Asesora del Centro de Atención a víctimas de violaciones de Derechos Humanos “Dr. Fernando Ulloa” para la atención de problemáticas actuales que son consecuencia del Terrorismo de Estado, Secretaría de Derechos Humanos, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación


Que fue Coordinadora del Equipo Interdisciplinario Auxiliar de la Justicia, Comisión Nacional por el Derecho a la Identidad (CONADI), Secretaría de Derechos Humanos, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación.


Que su trayectoria ha sido considerable, entre las que se cuentan actividades docentes de grado y posgrado, actividades de gestión universitaria, participación en congresos y eventos nacionales e internacionales, actividades de investigación (coordinando proyectos, becarios o como investigadora, evaluadora y jurado), actividades institucionales, servicios y asesoría técnica de extensión universitaria, asesoría técnica prestada como actividad de extensión universitaria a servicios públicos, desempeño en organismos internacionales, cargos en la administración pública, desempeño en organismos no – gubernamentales y de solidaridad internacional, desempeño en el sector privado, miembro de comité referato y de lectura de revistas científicas, pertenencia a organizaciones profesionales, premios, publicaciones en revistas científicas, libros propios, participaciones en libros de colegas, entre otros.


Que es tiempo de revisar las formas de hacer docencia, extensión e investigación, para acompañar los cambios sociales y afrontar las demandas de la época. Tiempo de asumir un nuevo modo de construir el objeto disciplinar, que no supone la supresión de las especificidades disciplinares sino, por el contrario, el reconocimiento de las dimensiones implicadas en los distintos momentos del proceso de atención, para un abordaje integral de la salud mental y respetuoso de los derechos humanos.


Que la incorporación del Área de Salud Mental Pública y Comunitaria implica un avance efectivo para la plena incorporación de la Ley de Salud Mental en la formación de grado y posgrado, en tanto se propone un trabajo de sistematización y articulación de las experiencias de vinculación existentes y la planificación de acciones específicas que fortalezcan la vinculación con áreas e instituciones estratégicas, principalmente aquellas del ámbito de la salud pública con una mirada superadora del hospitalocentrismo, así como la consolidación del vínculo con organizaciones sociales, fomentado durante la pandemia.


Que la creación del área, permitirá organizar las demandas que llegan a la Facultad y ponerlas en relación con los equipos de extensión y equipos de cátedra que realicen Prácticas Socio Comunitarias, para generar espacios de intervención significativos para la comunidad, armado de proyectos, grupos u otras modalidades de construcción comunitaria.


Que es importante destacar aquellas iniciativas formativas tendientes a consolidar la Ley de Salud Mental, en tanto marco regulatorio que favorezca la producción de profesionales, saberes y practicas con una visión integral de la salud, cimentando las condiciones necesarias para generar transformaciones concretas en la formación de las y los profesionales de la Salud Mental con el objeto de poder construir respuestas acordes con los principios, políticas y dispositivos requeridos en cumplimiento de la ley, haciendo especial hincapié en el conocimiento de las normativas vigentes en derechos humanos y salud mental, con una mirada integral, interdisciplinaria y territorial.


Por todo lo expuesto, el Bloque de Concejales y Concejalas del Frente de Todos eleva los siguientes proyectos de:


RESOLUCION


Articulo 1.- El Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon, declara de Interés la apertura del Área de Salud Mental Pública y Comunitaria en la Facultad de Psicología de la Universidad Nacional de Mar del Plata.


Articulo 2.- Entréguese copia de la presente en día y lugar a convenir.


Articulo 3.- Comuníquese, etc.


RESOLUCIÓN


Artículo 1.- El Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon otorga el título de “Visitante Notable” a la Licenciada en Psicología Alicia Stolkiner por su larga trayectoria de trabajo e investigación en salud pública y salud mental, y reconociendo el aporte de su participación en la mesa de expertos que asesoró al Poder Ejecutivo Nacional en temáticas referidas a la Salud Mental durante el Aislamiento Social, Preventivo Y Obligatorio (ASPO) y el  Distanciamiento Social, Preventivo Y Obligatorio (DISPO)


Articulo 2.- Entréguese copia de la presente en día y lugar a convenir.


Articulo 3.- Comuníquese, etc

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