Información de Expediente

2022 - E - 1399
Fecha de Entrada: 06/05/2022
Carátula: PROYECTO DE ORDENANZA
Iniciador: UNION CIVICA RADICAL
Autor: CJAL. ROMERO MARIANELA
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: ARCHIVADO
Desde: 19/08/2022
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Ordenanza
Instituyendo el 1 de abril de cada año como el Día del Donante de Médula Osea, en conmemoración del aniversario de la puesta en funcionamiento del Registro Nacional de Células Progenitoras Hematopoyéticas, creado por la Ley Nac. nº 25.395 y que funciona bajo la órbita del Incucai.

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
O-19752 14/07/2022 25611 29/07/2022

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
048 SALUD COMUNITARIA Y DESARROLLO HUMANO 09/05/2022 13/05/2022 Aprobado
047 LEGISLACIÓN, INTERPRETACIÓN, REGLAMENTO 13/05/2022 27/06/2022 Aprobado
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto
Mar del Plata, 4 de mayo de 2022.-


Sra. Presidente del Honorable Concejo Deliberante


Partido de General Pueyrredon


Cjal. Marina Sánchez Herrero


S / D


VISTA la Ley Nacional N° 25.392 y;


CONSIDERANDO:


Que el 1º de Abril de cada año se conmemora el Día Nacional del Donante de Médula Ósea, en celebración del aniversario de la puesta en funcionamiento del Registro Nacional de Donantes de Células Progenitoras Hematopoyéticas creado por la Ley Nacional Nº 25.392, sancionada el 30 noviembre de 2000.


Que el trasplante de células progenitoras hematopoyéticas (conocido popularmente como trasplante de médula ósea) constituye un tratamiento curativo para numerosas enfermedades onco hematológicas como leucemia, anemia aplástica severa, linfoma y problemas metabólicos e inmunológicos. y otras, como errores congénitos del metabolismo y distintos trastornos inmunológicos


Que cada año a cientos de personas se les diagnostican enfermedades hematológicas y, sin embargo, sólo entre un 25% y un 30% de estos pacientes tiene la posibilidad de encontrar un o una donante compatible en su grupo familiar. El resto debe recurrir a donantes no emparentado, a través de los registros de donantes voluntarios, entre ellos el Registro Argentino, que constituyen la Red Mundial Bone Marrow Donors Worldwide.


Que la médula ósea es un tejido que se encuentra dentro del hueso y produce todos los componentes de la sangre, las hemoglobinas, linfocitos y plaquetas. Algunas enfermedades que afectan a la sangre tienen su origen en la Médula Ósea, lo que hace necesario en muchos casos que el o la paciente sea trasplantado.


Que el proceso de trasplante consiste en proporcionar al paciente las células madre de los glóbulos rojos, glóbulos blancos y plaquetas de la sangre procedentes de un o una donante sano/a. A este proceso se lo llama trasplante de Células Progenitoras Hematopoyéticas o trasplante de Médula Ósea. El trasplante sólo puede realizarse si la médula del o la donante y el o la receptor/a son compatibles al 100%, y la posibilidad de que esto suceda es, en promedio, una de cada cien mil. Más del 60% de los o las pacientes que requieren trasplante de médula no son compatibles con los o las donantes provenientes de sus respectivas familias. Es decir, que los o las pacientes que necesitan recibir un trasplante a menudo se enfrentan con graves dificultades para encontrar un/a donante. Cabe destacar que aproximadamente la mitad de las personas que necesitan un trasplante de médula son niños, niñas y adolescentes.


Que el proceso de donación de células progenitoras hematopoyéticas es un acto voluntario, libre gratuito y solidario. El mismo consta de dos instancias: la inscripción y la donación. Para la inscripción en el Registro Nacional de Donantes Voluntarios de CPH (médula ósea o sangre periférica) hay que dirigirse a un Centro de Donación de Sangre habilitado y donar una unidad de sangre. Estos centros funcionan en los Servicios de Hemoterapia de diversos hospitales y bancos de sangre de la ciudad. Allí el o la donante debe manifestar su voluntad de inscripción al Registro Nacional de Donantes Voluntarios de CPH, y entonces se toma una pequeña muestra de la unidad de sangre donada para realizar el análisis del código genético. Para ser donante se requiere estar sano/a, tener entre 18 y 40 años, pesar más de 50 kilos, y no tener antecedentes de enfermedades cardíacas, hepáticas o infectocontagiosas.Los datos obtenidos se ingresan a la base informatizada del Registro Nacional que, a su vez, integra una Red Internacional que agrupa a más de 28 millones de donantes en todo el mundo. Las CPH sólo se donan si hay alguien que lo necesite y sea un 100% compatible con el código genético del o la donante (HLA).


Que si el código genético de un/a donante resulta compatible con el de un/a paciente necesitado/a de trasplante de CPH en cualquier lugar del mundo, éste/a recibirá un llamado del Registro, deberá reafirmar la decisión de donar, y se le pondrá en contacto con un equipo médico para hacer efectiva la donación. El equipo médico evaluará su estado de salud y este/a podrá elegir el método de donación.


Que actualmente existen dos métodos de donación. Uno consiste en una extracción de sangre. Se trata de una práctica ambulatoria en la que se aplican 5 vacunas para facilitar la liberación de células a fin de poder ser recolectadas en un procedimiento llamado aféresis. El otro método requiere de uno o dos días de internación y anestesia general. Se punza el hueso de la cadera y se aspiran las células.


Que las células son enviadas al lugar donde se encuentre el o la paciente. Al estar reglamentada la búsqueda y el traslado de CPH para el trasplante, ni el o la paciente ni el o la donante deben viajar. Desde 1997 se realizan en Argentina trasplantes de CPH con donante no emparentado, por lo que existen equipos médicos altamente capacitados para llevar adelante esta práctica. Las obras sociales y el sistema de medicina prepaga cubren los costos del trasplante. Los y las pacientes sin cobertura cuentan con subsidios provinciales o nacionales del Sistema de Salud y Desarrollo Social.


Que es importante promover y concientizar sobre la donación de sangre y CPH, ya que solo es posible inscribirse en el Registro cuando se dona sangre, y a esa “dificultad” se suma que para poder hacerlo debe estar presente, al momento de la donación, personal del INCUCAI capacitado/a como captador/a, habilitados para registrar la inscripción y la muestra de sangre necesaria para el análisis genético. En la ciudad de Mar del Plata, por ejemplo, un o una donante puede manifestar su voluntad de donar CPH en el Centro Regional de Hemoterapia, en el Hospital Privado de la Comunidad y en la Fundación Hemocentro. El número de donantes en nuestra ciudad es muy inferior al óptimo, pese a que la donación de médula ósea no produce daños a la salud, sólo una molestia pasajera y no genera secuelas. Sin embargo, para aquellos y aquellas que necesitan recibir el trasplante, la donación significa la diferencia entre la vida y la muerte.


Que el presente proyecto tiene como objetivo promover una campaña anual de información, generar acciones tendientes a aumentar la cantidad de inscriptos en el Registro, y concientización con el fin de sembrar y difundir entre la ciudadanía la importancia de la donación de Médula Ósea, procedimiento que permite a las personas con enfermedades onco hematológicas reintegrarse sanas a la sociedad.


Por todo lo expuesto, el Bloque de la Unión Cívica Radical propone elsiguiente proyecto de:


ORDENANZA


Artículo 1°.-Institúyase el día 1 de abril de cada año como el “Día del Donante de Médula Ósea”, en conmemoración del aniversario de la puesta en funcionamiento del Registro Nacional de Donantes de Células Progenitoras Hematopoyéticas creado por la Ley Nacional Nº 25.392 y que funciona bajo la órbita del Incucai. 


Artículo 2°. - Institúyase la última semana de marzo de cada año como “Semana de Información, divulgación y concientización sobre la donación voluntaria de médula ósea”.


Artículo 3º.- El Departamento Ejecutivo arbitrará los medios necesarios para que cada año, en dicha fecha, todos los efectores del sistema de salud del Partido de General Pueyrredon brinden información, divulguen y concienticen a la ciudadanía acerca de la importancia de ampliar, en forma permanente, el registro de donantes voluntarios de médula ósea. El objetivo será;


a)  Informar y concientizar a la población sobre la importancia de la donación de Células Progenitoras Hematopoyéticas (C.P.H.) para trasplantes en enfermedades hematológicas como leucemia, anemia aplástica, linfoma, mieloma, errores metabólicos o déficit inmunológicos.


b)  Incrementar el Registro de donantes que lleva el Instituto Nacional Central Único Coordinador de Ablación e Implante (INCUCAI), creado por la Ley Nº 25.392.


c)  Transmitir la importancia de la donación, incentivando la solidaridad y eliminando temores basados en la desinformación.


d)  Contribuir a encontrar potenciales donantes para trasplante de Células Progenitoras Hematopoyéticas.


Artículo 4º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a suscribir convenios con instituciones públicas y de la sociedad civil, con el fin de organizar jornadas de donación de sangre y captación de donantes voluntarios de médula ósea.


Artículo 5 °. - Comuníquese, etc.

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