Mar del Plata, 23 de febrero de 2022.
A la presidenta del
H. Concejo Deliberante
Sra. Marina Sánchez Herrero
S------------/------------D
VISTO:
La necesidad de contar en el Partido de General Pueyrredon con un Protocolo Municipal de Manejo del Fuego; y
CONSIDERANDO:
Que, en los últimos días, la Organización de Naciones Unidas (ONU) emitió un comunicado[1] en el que advirtió que la probabilidad de incendios forestales que arrasan con enormes superficies en distintos puntos del planeta aumentarán entre un 31 y 52 por ciento a lo largo del siglo XXI.
Que en ese mismo documento, el organismo internacional asegura que “los incendios forestales y el cambio climático se alimentan mutuamente”. De hecho sostiene que los incendios responden, en gran medida, a las sequías -cada vez más intensas y prolongadas- que devienen del proceso de cambio climático que, entre otras cosas, motivó en 2016 la firma del Acuerdo de París.
Que el Acuerdo de París -que Argentina convalidó a través de la Ley N° 27.270- implica el compromiso de más de 170 países para acelerar e intensificar las acciones e inversiones destinadas a construir un futuro sostenible para revertir el curso actual del calentamiento global y prevenir y mitigar el cambio climático.
Que en este contexto, las Provincias y los Municipios -que son, por excelencia, la expresión más cercana de Estado- también han empezado a asumir un rol central para la generación y ejecución de políticas públicas que contribuyan a promover las transformaciones estructurales que se necesitan para revertir los embates del cambio climático, producto -entre otras cosas- del modelo extractivista de producción mundial.
Que en esa línea, en 2020, el Municipio de General Pueyrredon adhirió a la Red Argentina de Municipios contra el Cambio Climático (RAMCC) que -entre otras cosas- promueve la generación de Planes Locales de Acción Climática a partir de “renovados” modelos de gestión basados en la participación ciudadana; la descentralización del poder y la toma de decisiones; la reducción de las desigualdades; el uso más eficiente de los recursos y la adquisición de compromisos internacionales que tengan impactos locales.
Que ante esos postulados y frente a la multiplicación de los incendios forestales en la ciudad, se vuelve fundamental y urgente el cumplimiento del Artículo 3º de la Ley Provincial 14.892[2] - de “Régimen sobre el Manejo del Fuego”- que establece que los Municipios deben elaborar Planes de Prevención de Incendios Forestales o Rurales, además de integrar esos Planes al Plan de Protecciòn Provincial contra incendios forestales o rurales y adoptar medidas de prevención de incendios que les correspondan las áreas circundantes al casco urbano. En esa norma, también se encomienda a los Municipios a promover entre vecinos y vecinas la adopción de medidas de prevención para protección de sus viviendas y bienes.
Que en la Comisión de Hacienda, en el marco del debate del Presupuesto 2022, el jefe de Defensa Civil, Rodrígo Goncálvez, reconoció que el Municipio aún no cuenta con un Protocolo Municipal de Manejo del Fuego.
Que además de ser urgente su elaboración, es esencial que ese Protocolo Municipal de Manejo del Fuego se construya en base a un proceso participativo, en donde las y los actores involucrados estén presentes y representados, en pos de garantizar -también- la apropiación de estos lineamientos por parte de la comunidad.
Que, en ese sentido, proponemos una Jornada de Trabajo para pensar, elaborar y diseñar colectivamente el Protocolo de Manejo del Fuego para el Partido de General Pueyrredon.
Por todo lo expuesto, el Bloque de Concejales y Concejalas del Frente de Todos eleva el siguiente proyecto de:
DECRETO
Artículo 1º.- Convóquese a una Jornada de Trabajo que tendrá por objetivo construir un diagnóstico y elaborar lineamientos para un Protocolo sobre Manejo del Fuego, prevención y lucha contra incendios, en áreas rurales y forestales e interface (donde se conjugan parte rural e infraestructura) en el Partido de General Pueyrredon.
Artículo 2º.- Invítese a la Jornada de Trabajo convocada en el artículo anterior a:
A) Defensa Civil.
B) Representantes del Honorable Concejo Deliberante.
C) Ente Municipal de Servicios Urbanos.
D) Secretaría de Obras y Planeamiento Urbano.
E) Delegaciones municipales.
F) Cuarteles de Bomberos de la Provincia de Buenos Aires.
G) Bomberos Voluntarios.
H) Sociedades de Fomento de las áreas declaradas reserva forestal.
I) Universidad Nacional de Mar del Plata.
J) Otras áreas estatales o integrantes de la comunidad que guarden vinculación con la temática.
Artículo 3º.- El día y horario de la jornada será determinada por la Comisión de Labor Deliberativa, atento a los protocolos para la prevención del Covid-19 vigentes.
Artículo 4º.- Comuníquese, etc.
[1] https://www.pagina12.com.ar/403415-advertencia-de-la-onu-los-incendios-forestales-y-el-cambio-c
[2] https://normas.gba.gob.ar/documentos/02eNmUGV.html