Bloque Vamos Juntos
Mar del Plata, 2 de Diciembre de 2021
1. Sr.
Presidente del Honorable Concejo Deliberante
Partido de General Pueyrredón
Dr. Ariel Gerardo MARTINEZ BORDAISCO
S / D
Ref.: Declaración de interés circuito de Beach Vóley a realizarse en Mar del Plata.
7. Para la consideración del HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE GENERAL PUEYRREDON el siguiente:
PROYECTO DE RESOLUCION:
VIENDO:
La realización del Circuito de Beach Vóley en el transcurso de la temporada 2021-2022, a llevarse a cabo a lo largo de la costa Atlántica y en otras sedes del país.
CONSIDERANDO:
Que el Beach Vóley Comienza a practicarse de manera recreativa sobre todo en balnearios de la costa Atlántica, y que a partir del año 1990 se comenzó a organizar competencias amateurs y oficiales de nivel nacional, donde algunos deportistas argentinos comenzaron a participar de eventos sudamericanos y mundiales de manera independiente.
Que si bien la estructura de la Selección Argentina de Beach Vóley no se formalizó hasta el 2010, Argentina participó de varios eventos olímpicos hasta la actualidad, demostrando una clara potencialidad de desarrollo como deporte en nuestro país.
Que la organización que rige el Beach Vóley en nuestro país es la Federación de Voleibol Argentino (FEVA), abarcando dentro de la misma otras 3 disciplinas: Indoor, Newcom, Sitting, siendo el VolleyballIndoor su representante principal.
Que la FEVA está afiliada y participa de las competencias de los siguientes organismos oficiales como son la Federación Internacional de Vóley (FIVB), la Confederación Sudamericana de Vóley, El Comité Olímpico Argentino (COA) y el Comité Olímpico Internacional (COI).
Que sin dudas la disciplina del Beach Vóley representa una gran oportunidad de desarrollo en nuestro país, que no sólo es un deporte atractivo como espectáculo, sino que ha hecho historia en las competencias organizadas por el Comité Olímpico Internacional, estando presentes con representativos nacionales en todas las ediciones de los Juegos Olímpicos, desde Atlanta 1996 hasta el últimos Juegos en Tokio 2021, con la presencia en ambas ramas por primera vez en la historia.
Que Mar del Plata representa un lugar estratégico para el desarrollo del Beach Vóley en nuestro país, fue y es cuna de grandes atletas de la ciudad como Martin Conde, campeón mundial y 4 veces olímpico y de los medallistas Panamericanos en Guadalajara 2011, Santiago Etchegaray y Pablo Suarez.
Que Actualmente, la selección argentina femenina, tiene su centro de entrenamiento en el balneario San Sebastián y forman parte de la misma la atleta Cecilia Peralta y el entrenador, dos veces olímpico, Pablo Alejandro Del Coto.
Que a su vez, se trabaja en el desarrollo de un grupo de atletas de selecciones juveniles de la ciudad, bajo las órdenes de otro entrenador marplatense y deportista Panamericano como IanMehamed.
Que este grupo de 8 atletas de la ciudad, entrena en forma sistemática y se prepara para competir en los Juegos Suramericanos de la Juventud a desarrollarse en Rosario en el mes de abril del año 2022, y próximos Sudamericanos y Mundiales juveniles.
Que el circuito de Beach Vóley Argentino tiene planificado llevar adelante varias etapas de competición, en diversas sedes de nuestro país en la próxima temporada de verano.
Que el acceso a presenciar los partidos es gratuito para todos aquellos que quieran acercase al evento, procurando cumplir con las normativas COVID-19 vigentes al momento de la realización de evento.
Que el Circuito Argentino de Beach Vóley será televisado para todo el país y contará con la presencia de múltiples deportistas marplatenses.
Por todo lo hasta aquí dicho: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE GENERAL PUEYRREDON DISPONE CON FUERZA DE:
RESOLUCIÓN:
ARTÍCULO 1°: Declárese de Interés del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Gral. Pueyrredón, la realización del circuito Argentino de Beach Vóley, a llevarse a cabo en las playas Marplatenses en las fechas 18, 19 y 20 de Enero 2022“Etapa II” y 21, 22 y 23 de Enero 2022 “Etapa III”, por la Federación de Voleibol Argentino.
ARTÍCULO 2°: Exímase a la Federación de Voleibol Argentino (FEVA) del pago de todo gravamen municipal que devenga la acción mencionada en el artículo 1°.
ARTÍCULO 3°: Entréguese, con transcripción de sus argumentos, una copia de la presente a los directivos de la Federación.
ARTICULO 4°: Comuníquese, etc.