Mar del Plata, 25 de noviembre de 2021.
Al Presidente del
H. Concejo Deliberante
Sr. Ariel Martínez Bordaisco
S------------/------------D
VISTO
Los reiterados reclamos y denuncias que, por distintos medios, han realizado vecinas y vecinos, espacios institucionales e integrantes de este Honorable Cuerpo Deliberante respecto del estado general de mantenimiento, uso y preservación del Parque Camet, y;
CONSIDERANDO
Que el Parque Municipal Camet es un predio que se conforma a partir de la donación que Don Juan Camet realiza al -por entonces- Club Mar del Plata en los primeros años del siglo XX, habiendo donado en esa oportunidad 136 hectáreas -de las cuales un poco más de 40 se encuentran arboladas con coníferas y eucaliptos- a las que actualmente se le adicionó una hectárea comprada por la comuna, siendo la totalidad de la superficie del parque de 137 hectáreas.
Que este predio es uno de los pulmones verdes urbanos más importantes de nuestro municipio debido a la cantidad y variedad de árboles, plantas, flores y aves que lo habitan y que hacen que sea utilizado por las vecinas, vecinos y turistas como lugar de esparcimiento y recreación.
Que la conservación y cuidado de los pulmones verdes urbanos debe formar parte de las prioridades de los municipios, ya que los mismos contribuyen a combatir la contaminación y a regular la temperatura y la humedad del ambiente; mejoran la calidad de vida y la conciencia ambiental de los ciudadanos y ciudadanas; fomentan la vida al aire libre y el encuentro social, anima a las vecinas y vecinos a que realicen actividades al aire libre y formen un sentimiento de comunidad, por tal motivo mejora la salud física y bienestar emocional; y forman parte esencial de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, en la que los gobiernos se comprometieron a garantizar el progreso respecto de 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible.
Que la Ordenanza N° 5383 reglamenta la preservación de espacios, sitios u objetos de carácter natural o cultural de interés paisajístico, arquitectónico, histórico o turístico; y considera “Reserva” a los espacios destinados al bien común, compuesto por un conjunto de bienes que deben ser conservados.
Que la Ordenanza N° 9717 declara en su artículo 1° Reserva Forestal a diversos espacios públicos y privados del Partido de General Pueyrredon, entre los cuales figuran Parque Camet, Barrio Las Dalias y Barrios Parque Montemar y El Grosellar.
Que, mediante la Ordenanza N° 7844, este Honorable Concejo Deliberante autorizó al Departamento Ejecutivo Municipal a dictar un Reglamento General para la Reserva Parque Camet que contemple el uso de dicho espacio público para finalidades de recreación y esparcimiento. Dicho reglamento fue establecido por el Decreto 1404-90, el cual aprobaba el Reglamento General para la Reserva Laguna de los Padres y Parque Camet (Anexo I). Posteriormente se realizó la actualización del mismo a través del Decreto 1863-93, finalmente este último fue derogado por el Decreto 928-13 – que aún se encuentra vigente- el cual reglamenta el encuadre normativo específico para la conservación y uso del espacio natural de usos múltiples para la Reserva Municipal Laguna de los Padres, omitiendo un nuevo Plan de Manejo o reglamento para Parque Camet.
Que, en la actualidad, funcionan con permisos precarios de uso gratuito los clubes: Pueyrredón Rugby Club, Bigua Rugby Club Mar del Plata, Centro Hípico General Pueyrredón y Mar del Plata Polo Club.
Que, en reiteradas oportunidades, vecinas y vecinos de la comunidad organizada -como de otros espacios institucionales e integrantes de este Honorable Cuerpo Deliberante- han realizado reclamos y denuncias a través de diferentes medios, respecto del estado general de mantenimiento, uso y preservación del Parque Camet.
Que garantizar el buen uso y mantenimiento de los espacios públicos es una tarea de este Cuerpo, así como también legislar en continua escucha y diálogo con los intereses de las vecinas y vecinos del Partido.
Que en ese sentido, a fin de promover herramientas y políticas que efectivamente den respuestas a las demandas de la comunidad y fundamentalmente al cuidado del nuestro ambiente, por medio del presente proyecto promovemos una jornada de trabajo en el Honorable Concejo Deliberante junto a distintas áreas del Departamento Ejecutivo y organismos, organizaciones o instituciones públicas y privadas que resulten pertinentes para poner en común diagnósticos y propuestas por una gestión democrática del Parque Camet.
Por todo lo expuesto, el Bloque de Concejalas y Concejales del Frente de Todos eleva el siguiente proyecto de:
DECRETO
Artículo 1. - Convóquese a una jornada de trabajo bajo el nombre “Por una gestión Participativa del Parque Camet”, la cual tendrá por objetivo construir un espacio de escucha y participación ciudadana respecto a la gestión y preservación del Parque Municipal Camet. En dicha jornada se buscará realizar:
1. Diagnóstico sobre la situación actual del Parque en cuanto a uso y preservación.
2. Análisis de las distintas normativas existentes respecto del Parque en tanto Reserva Forestal, su aplicación y vigencia.
3. Evaluación de los usos y finalidades permitidos en el Parque. Reglamento General para Parque Camet, conservación y plan de manejo.
Artículo 2. - Invítese a la jornada de trabajo convocada en el artículo anterior a:
1. Representantes del Honorable Concejo Deliberante.
2. Presidentes de EMDER y EMSUR
3. Sociedades de fomento y agrupaciones vecinales emplazadas en la zona.
4. Pueyrredón Rugby Club.
5. Bigua Rugby Club Mar del Plata
6. Centro Hípico General Pueyrredón
7. Mar del Plata Polo Club.
8. Defensoría del Pueblo del Partido de General Pueyrredon.
9. Colegio de Arquitectos de la Provincia de Buenos Aires, distrito 9 (CAPBA_9)
10. Facultad de Arquitectura, Urbanismo y Diseño - Universidad Nacional de Mar del Plata.
11. Facultad de Ciencias Exactas y Naturales Universidad Nacional de Mar del Plata.
12. Otras áreas estatales, organismos, organizaciones o instituciones que resulten pertinentes.
Artículo 3º.- El día y horario de la jornada será determinada por la Comisión de Labor Deliberativa, atento a los protocolos para la prevención del Covid-19 vigentes.
Artículo 4º.- Comuníquese, etc.