Mar del Plata, Octubre de 2021
Señor Presidente del
Honorable Concejo Deliberante de General Pueyrredón
Ariel Martínez Bordaisco
S/D
VISTO
La importancia de que toda la comunidad tenga información sobre la ubicación de dispositivos DEA para tener mejores opciones en casos de emergencia y;
CONSIDERANDO
Que tener información al alcance de la mano permite tomar mejores decisiones en momentos críticos;
Que más del 70% de los PCS ocurren en la vía pública o en el domicilio, en personas con o sin enfermedad cardiaca de manera imprevista
Que un Desfibrilador Externo Automático es un equipo de uso médico, electrónico, capaz de registrar la actividad eléctrica del corazón y emitir una o varias descargas eléctricas ante la detección de un paro o alteración en el ritmo cardíaco
Que no existe hasta el momento una fuente de información sobre la ubicación de dispositivos DEA en la ciudad;
Que según la Ordenanza Nº 22562 “Establécese como requisito para la habilitación y funcionamiento de locales y/o espacios y/o eventos con concurrencia masiva de público, donde exista una afluencia de público media diaria que alcance o supere las mil (1000) personas, contar con un plan de respuesta a emergencias que incluya capacitación de personal en Reanimación Cardiopulmonar (RCP) y como mínimo un Desfibrilador Externo Automático (instrumento apto para que cualquier persona con conocimientos básicos en RCP, pueda asistir a otra persona que esté sufriendo una muerte súbita) que permitan asegurar el segundo y tercer eslabón de la cadena de supervivencia.”;
Que además de lo que dicta la ordenanza, existen dispositivos DEA repartidos en otros puntos específicos de la ciudad;
Que actuando de manera rápida, un DEA salva vidas;
Que la incorporación de mapas con la ubicación más cercana de un DEA facilitaría la acción en los momentos que sea necesario;
Que en el año 2018 se puso en marcha una aplicación móvil de la Secretaría de Salud que estuvo operativa muy poco tiempo;
Por todo ello, desde el Bloque Frente Renovador suscribimos el presente proyecto de ORDENANZA para consideración en el Honorable Concejo Deliberante.
ORDENANZA
Art. 1°-. Elabórese un mapa con la ubicación de todos los dispositivos DEA de la ciudad el que deberá actualizarse trimestralmente.
Art 2°-. Este mapa deberá ser publicado y difundido en todas las redes oficiales de la Municipalidad de General Pueyrredón y otros espacios públicos.
Art. 3º-. De forma, etc.
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Mar del Plata
BLOQUE FRENTE RENOVADOR
Municipalidad del Partido de General Pueyrredon
Departamento Deliberativo