Mar del Plata, 27 de Agosto de 2021
Al presidente del
H. Concejo Deliberante
Sr. Ariel Martínez Bordaisco
S------------/------------D
VISTO:
El ataque de la jauría de perros a una ciclista en la bicisenda a la altura del barrio Parque Peña, ubicada a metros de la nueva planta de efluentes cloacales ocurrido el pasado 24 de agosto; y
CONSIDERANDO:
Que esta semana, una mujer denunció que fue atacada por una jauría mientras circulaba en bicicleta por la zona de Parque Peña, a metros de la planta de efluentes cloacales.
Que, el ataque fue realizado por 8 perros de gran tamaño que le provocaron varias heridas en sus piernas .
Que no es el primer ataque que sucede en la zona, sino que desde diversos centros de salud informaron que son varios los casos que reciben y atienden con esta problemática.
Que, ante los hechos sucedidos, la mujer declaró haberse dirigido al Centro de Salud N°1 para que la asistan, y le realicen las curaciones correspondientes donde le informaron la ausencia de vacunas antirrábicas, por lo tanto, la inscribieron en una lista de espera.
Que, en este sentido, la señora refirió a una radio local: "Son 4 dosis y salen como 8.000 pesos cada una. Si veo que tardan, voy a tener que comprarlas".
Que, cuando se produce una mordedura o hay contacto con un animal potencialmente infectado por el virus, la persona deberá ser vacunada ya que es la única forma de tratamiento de la rabia y permite neutralizar el virus antes de que logre atacar el cerebro, ya que la enfermedad resulta irreversible y mortal cuando esto sucede. Siendo fundamental aplicar rápidamente la vacuna una vez que se produjo el contagio, o la potencial infección.
Que la importancia de la rabia para la salud pública, radica en la alta letalidad que presenta la enfermedad, tanto en Argentina como en el mundo.
Que, el Decreto 4669/73 en su Artículo 47º, refiere que la atención de personas mordidas o en contacto con animales rabiosos o sospechosos, “se realizará en los dispensarios antirrábicos existentes en área provincial, según normas técnicas”; explicitando en su Artículo 48 que “en aquellos Partidos que no contaran con dispensarios antirrábicos, la atención de personas a que se refiere el artículo anterior, se hará por medio de profesionales médicos registrados a tal efecto en los municipios correspondientes”.
Que, el Decreto anterior expresa en su Artículo 49º que “las autoridades sanitarias municipales, en conocimiento de la existencia de personas expuestas a riesgos de contagio rábico dispondrán la comparecencia de las mismas mediante notificación fehaciente”.
Que el Artículo 50º refiere que “toda persona citada según lo establece el artículo anterior está obligada a comparecer en la oportunidad que se le fije y efectuar el tratamiento a que hubiera lugar”.
Que la Ordenanza General 261/80, en su artículo N°3, promueve la adopción por parte de los Municipios de todas las medidas necesarias a efectos de la aplicación efectiva de las disposiciones de prevención y control de la rabia, contenidas en el Ley 8056 y Decreto reglamentario 4669/73.
Que es responsabilidad del Estado Municipal llevar a cabo las medidas necesarias para erradicar la rabia en Mar del Plata y Batán.
Que la ausencia de Vacunas antirrábicas para humanos impacta directamente, no sólo en la economía de los vecinos y vecinas de General Pueyrredon sino fundamentalmente en la salud de las personas, ya que una mordedura de perro infectado, afecta al sistema nervioso central que en la gran mayoría de los casos deriva en la muerte.
Que la normalización de una lista de espera para la vacunación antirrábica, cuando la situación de la mordedura de perro, en este caso de múltiples perros, requiere una intervención de inmediatez, representa no solo un acto de abandono por parte del Estado Municipal, sino también una debilidad en el sistema de salud ya que las herramientas técnicas y administrativas para prevenir la enfermedad existen y no están siendo utilizadas.
Por todo lo expuesto, el Bloque de Concejales y Concejalas del Frente de Todos eleva los siguientes proyectos de:
COMUNICACIÓN
Artículo 1°: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon, solicita al Departamento Ejecutivo, a través de la Secretaría de Salud, informe el motivo de la faltante de vacunas antirrábicas en el CENTRO DE SALUD Nº1.
Artículo 2°: Comuníquese, etc.