Mar del Plata, 13 de mayo de 2021
Al presidente del
H. Concejo Deliberante
Sr. Ariel Martínez Bordaisco
S_____/_____D
VISTO:
La Ordenanza Nº 6.903, que reglamenta el Transporte Público Colectivo de Pasajeros;
CONSIDERANDO:
Que la Ordenanza Nº 6.903 reglamenta la prestación del servicio público municipal Transporte Público Colectivo de Pasajeros, dentro de los límites territoriales del Partido de General Pueyrredon;
Que la Ordenanza Nº 6.903 le atribuye a la autoridad de aplicación municipal facultades para establecer pararas y refugios en la vía pública;
Que vecinos de barrios ubicados sobre la Autovía 2 manifiestan que es riesgoso hacer usos del transporte público de pasajeros sobre la ruta;
Que por la Autovía 2 circulan las líneas de transporte público de pasajeros 542 y 543 con paradas cada 200 metros;
Que vecinos de los barrios Estación Camet, El Tejado, La Laura, Castagnino, Las Margaritas y 2 de Abril, reclaman la falta de refugios y alumbrado público en los puntos de parada de colectivos;
Que las garitas o refugios y el alumbrado público son parte del mobiliario indispensable para brindar seguridad a las personas que esperan, ascienden y descienden del colectivo sobre la ruta;
Que brindar un Servicio de Transporte Público Colectivo de Pasajeros eficiente y seguro implica la exigencia y control del municipio hacia las empresas prestatarias de buen estado de unidades y frecuencia, así como también garantizar mobiliario y condiciones de infraestructura urbana adecuadas;
Que la colocación en cada parada de colectivo sobre la Autovía 2 de refugios peatonales y alumbrado, permitiría a los vecinos ascender, descender y esperar del colectivo en condiciones de seguridad frente a los automóviles que circulan a gran velocidad;
Por lo expuesto, el Bloque de Concejales del Frente de Todos eleva el siguiente proyecto de:
COMUNICACIÓN
Artículo 1º.- El Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon solicita al Departamento Ejecutivo realice las acciones y gestiones necesarias para ubicar refugios peatonales de transporte público de pasajeros y alumbrado público en:
la intersección de la calle Aguatero con Autovía 2, en dirección hacia Bs. As.
la intersección de la calle Herrería con Autovía 2, en dirección hacia Bs. As.
la intersección de la calle La Matanza con Autovía 2, en dirección hacia Bs. As.
la intersección de la calle Álvaro con Autovía 2, en dirección hacia Bs. As.
Artículo 2º.- Comuníquese, etc.-