[pic] BLOQUE DE COALICIÓN CÍVICA ARI MDP
Mar del Plata, 16 de abril de 2021
Sr. Presidente del
Honorable Concejo Deliberante del
Partido de General Pueyrredón
Dr. Ariel Martínez Bordaisco
S / D
Por vuestro intermedio se eleva para su consideración al Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon el siguiente Proyecto de Resolución.
VISTO
Las desafortunadas palabras vertidas por el Presidente de la Nación Argentina el Sr. Fernández, en el discurso que diera en fecha 14 de abril de 2021 por cadena Nacional, en el cual se refirió a los niños y niñas con discapacidad de un modo estereotipado y discriminatoria.
CONSIDERANDO
Que al mencionar a los niños y niñas con discapacidad como a “ chicos con capacidades diferentes, ( término y concepto arcaico y vetusto) y resaltar lo difícil que se les hace trabajar a las docentes con los mismos…….” y agregando “que esos chicos no entienden la dimensión del problema sanitario que enfrentan” , el mandatario no sopesó con sus dichos poco felices y desacertados el impacto y el dolor que provocarían en el colectivo de personas con discapacidad ,sus familias en especial y en la comunidad toda.
Que desde nuestro rol de servidores de la sociedad hemos expresando y comunicado anteriormente acerca de la necesidad de trabajar acompañando y escuchando a las personas humanas con discapacidad y sus múltiples necesidades de ser tenidos en cuenta, a la hora de delinear políticas públicas , y no ser excluidos , desagregados y estigmatizados.
Que a mayor abundamiento no todas las personas humanas tienen las mismas capacidades, eso es cierto, algunos como quien debería representarlos a nivel nacional, aún no ha sido capaz de leer la Convención de los Derechos de las personas con discapacidad, para utilizar un vocabulario legal, social, apropiado, inclusivo y actualizado.
Que los Estados Partes tal el caso de la República Argentina que preside el Dr. Alberto Fernández, se comprometieron a asegurar y promover el pleno ejercicio de todos los derechos humanos y las libertades fundamentales de las personas con discapacidad, sin discriminación alguna por motivos de discapacidad. (art.4 Obligaciones Generales de la Convención).
Que algunas personas con discapacidad necesitan de apoyos, dentro de su familia es parcialmente cierto, pero no de todas, ni tampoco los mismos apoyos, no todos los niños con discapacidad son iguales, ni viven las mismas realidades, debiendo reconocerse la diversidad de las personas con discapacidad, doblemente vulnerables por referirse a niños y niñas.
Que muchas de las personas humanas con discapacidad, sean niñas, niños o adultos, transitan la vida con gran autonomía, y es en ese sentido, en el cual hay que trabajar, en clave de Derechos Humanos, de integrar partiendo de premisas verdaderas, para no concluir en una falacia.
Que algunos niños con cuadros motores complejos tienen su sistema respiratorio comprometido, y en situación de contagio aún más……pero otros casos que no tienen ese compromiso motor, tienen las mismas posibilidades de contagio y recuperación que cualquier otro niño neurotípico….” Expresó en nota periodística la creadora de “Zona sin sentidos”, un espacio para niñas y niños con discapacidad, Daniela Briñón, madre de una niña con discapacidad.
Que, al decir de Alexia Rattazi, psiquiatra infanto juvenil y cofundadora del Programa Argentino para niños, adolescentes y Adultos en condiciones del espectro autista, expresó que el contexto de pandemia aumentó las barreras que existen para el pleno ejercicio de los derechos humanos fundamentales que tienen todas las personas humanas, y nos corresponde como sociedad de qué manera las derribamos…..”
Que a mayor abundamiento las palabras tienen peso propio, y los dirigentes políticos, especialmente aquellos que detentan un cargo representativo de la comunidad nacional, deben ser criteriosos a la hora de emitir un mensaje, teniendo en cuenta que el nuevo paradigma a nivel Internacional debe tener un enfoque en términos de Derechos Humanos y estar en sintonía con las Convenciones Internacionales de jerarquía Constitucional.
Que la repercusión de las crudas palabras del Presidente de la Nación, han puesto al descubierto la necesidad de hacer visible la importancia de la Educación inclusiva , en la que todos los niños y niñas pueden aprender, si se les otorga un acompañamiento acorde y el apoyo necesario, decidiendo y actuando en tal sentido, respetando la igualdad de oportunidades.
Que la expresión correcta es la de Personas con discapacidad, porque ante todo somos personas humanas, con o sin discapacidad, y así lo expresa la Convención y su Protocolo facultativo que fueran aprobados por Ley 26378 en el año 2008, instrumentos jurídicos que no pueden quedar como letra muerta, porque las palabras tienen valor y contenido.
“Que la discriminación contra cualquier persona por razón de su discapacidad constituye una vulneración de la dignidad y el valor inherentes del ser humano….
“Que los niños y las niñas con discapacidad deben gozar plenamente de todos los derechos humanos y las libertades fundamentales en igualdad de condiciones con los demás niños y niñas, y recordando las obligaciones que a este respecto asumieron los Estados Partes en la Convención sobre los Derechos del Niño”, tal lo expresa el Preámbulo de la Convención.
Que por ello rechazamos las expresiones del Sr. Presidente de la Nación Argentina Alberto Fernández por su impronta excluyente, discriminatoria, peyorativa e irrespetuosa y vetusta.
Que tales expresiones denotan desconocimiento absoluto de la normativa citada ut supra por parte del mandatario, situación no acorde al cargo que detenta.
Por todo lo expresado anteriormente y en aras de que la comunidad sea una verdadera ciudad incluyente en clave de derechos Humanos el Bloque de C.C.ARI Mar del Plata propone el siguiente proyecto de
RESOLUCIÓN
Artículo 1º: Repudiando las expresiones vertidas por el Presidente de la Nación Argentina, el Sr. Alberto Fernández en fecha 14 de abril de 2021 al referirse a niñas y niños con discapacidad utilizando términos discriminatorios, excluyentes y vetustos que no están en sintonía con la Convención de los derechos de las personas con discapacidad ni con la Convención de los Derechos del niño las que forman parte de nuestra Carta Magna.
Artículo 2º: Expresando solidaridad con las personas con discapacidad, familias y la comunidad afectada por las expresiones discriminatorias del primer Mandatario de la República.
Artículo 3º: Comuníquese.