Mar del Plata, 15 de Marzo de 2021
Al Presidente del
H. Concejo Deliberante
Sr. Martínez Bordaisco Ariel
S-------------/-------------D
VISTO:
La construcción proyectada del Centro de Atención Primaria de la Salud N°2 en la Ordenanza 24.961 y;
CONSIDERANDO:
Que, históricamente, el Centro de Atención Primaria de la Salud Nº2 estuvo ubicado en la calle Guanahani 4546 de la ciudad de Mar del Plata.
Que en el año 2016 fue trasladado a las instalaciones del Sindicato Obrero de la Industria del Pescado (SOIP), en virtud del contrato de comodato que el 5 de mayo de ese año suscribiera la Secretaría de Salud de la Municipalidad con dicha entidad.
Que el objeto del contrato radicó en que parte de los servicios del Centro N° 2 se brinden en las instalaciones de la Obra Social de este sindicato, ubicada en calle 12 de octubre 4445 de la ciudad de Mar del Plata.
Que, según oportunamente argumentara el Departamento Ejecutivo, el traslado se requería en razón de las malas condiciones de infraestructura de las instalaciones del edificio ubicado en calle Guanahani, asumiendo la responsabilidad de que el establecimiento en el SOIP era una salida momentánea y comprometiéndose a la construcción de un nuevo edificio.
Que la Secretaría de Salud, en su momento, informó que había logrado mantener todos los servicios médicos pero no trasladaron el mamógrafo ni el equipo de rayos, ya que las instalaciones brindadas en comodato no contaban con el espacio físico requerido para el funcionamiento de los mismos.
Que el 14 de diciembre del año 2020, se aprobó en el Honorable Concejo Deliberante el presupuesto enviado por el Departamento Ejecutivo bajo la Ordenanza 24.961.
Que, más de cuatro años después del cierre de Guanahani, en dicho presupuesto se aprobó la construcción del Centro de Salud N° 2, cuyo costo proyectado ascendía a la suma de 150 millones de pesos.
Que, conforme surge de la memoria del anteproyecto de obra, el nuevo centro se localizará en la calle Magallanes, entre Marcelo T. de Alvear y José Hernández de Mar del Plata.
Que el Centro de Salud N° 2 brinda el servicio de atención para más de 80 mil personas, la demanda siempre ha excedido su área programática en virtud de su ubicación, las especialidades y equipamiento disponible, así como por brindar atención las 24 horas.
Que, dada su relevancia estratégica en materia sanitaria local, resulta imprescindible concretar la edificación de las nuevas instalaciones, a los fines de recuperar el pleno servicio del CAPS y poder abordar las necesidades de la población de la zona programática y aledañas.
Que, por otra parte, resulta imperioso conocer el estado del equipamiento en depósito del Centro 2, inventario, estado, ubicación y mantenimiento efectuado desde el 2016 a la fecha.
Que la atención primaria de la salud es responsabilidad del estado municipal, quien debe fijar objetivos acordes a las necesidades, estableciendo la prioridad de la política presupuestaria en la vida y la salud de los y las habitantes del Partido de General Pueyrredon.
Por todo lo expuesto, los concejales del Bloque Frente de Todos elevan para su tratamiento y posterior sanción el siguiente proyecto de:
COMUNICACIÓN
Artículo 1°: El Honorable Concejo Deliberante solicita al Departamento Ejecutivo, informe proyección, plazos y disponibilidad y estado del inmueble donde será ejecutada la obra, existencia de fondos y/o gestión de financiamiento de los mismos para la ejecución del Centro de Atención Primaria de la Salud N°2.
Artículo 2°: Asimismo informe inventario de equipamiento en depósito perteneciente a dicho centro de salud, ubicación, mantenimiento efectuado y estado de conservación. Indique, asimismo, si hasta la instalación definitiva en la obra proyectada, dichos recursos de equipamiento están en condiciones de ser utilizados en otro centro de atención primaria de la salud.
Artículo 3°: Comuníquese, etc.