Información de Expediente

2020 - E - 1525
Fecha de Entrada: 17/06/2020
Carátula: Proyecto de RESOLUCIÓN
Iniciador: FRENTE DE TODOS
Autor:
Tema: VARIOS
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: ARCHIVADO
Desde: 31/03/2022
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Resolución
Expresando beneplácito por la creación del "Registro Nacional de Trabajadores y Trabajadoras de la Economía Popular (ReNaTEP)".

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
044 PROMOCION, DESARROLLO E INTERESES MARITIMOS y PESQUEROS 19/06/2020 17/07/2020 aprobado
001 LEGISLACION, INTERPRETACION, REGLAMENTO Y PROTEC. CIUDADANA 17/07/2020 01/03/2021
047 LEGISLACIÓN, INTERPRETACIÓN, REGLAMENTO 01/03/2021 25/02/2022 Art. 32° del R.I
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto

Mar del Plata, 10 de Junio de 2020




Sr. Presidente HCD


Gral. Pueyrredon


Ariel Gerardo Martínez Bordaisco


---------S---------/---------D-------------




VISTO


La creación y puesta en funcionamiento del “Registro Nacional de Trabajadores y Trabajadoras de la Economía Popular” (ReNaTEP) conforme Resolución 2020 -408- APN – MDS efectuada por el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación como herramienta de acceso a programas de empleo, seguridad social y capacitación facilitando redes de comercialización y obtención de herramientas crediticias y de inclusión financiera; Y




CONSIDERANDO:


Que son objetivos generales del “Registro Nacional de Trabajadores y Trabajadoras de la Economía Popular” (ReNaTEP):


Registrar la economía popular en su totalidad, atendiendo a criterios amplios que respeten sus formas organizativas, territorios, dimensiones y complejidades.


Desarrollar políticas que asuman la vulnerabilidad socio-productiva de los/as trabajadores/as de la economía popular.


Inscribir en base a criterios clasificatorios amplios enfocados en: Ramas productivas, Formas organizativas, Inscripción territorial y Situación fiscal.


Que sus funciones, son las de:


Garantizar la registración de todos/as los/as  trabajadores/as de la Economía Popular.

Actualizar el registro de los/as trabajadores/as de la economía popular otorgando constancia de inscripción y actualización.

Garantizar, en coordinación con el CEPSSC, el acceso a los programas y beneficios elaborados por la SES para los/as trabajadores/as registrados/as.

Promover, en coordinación con el CEPSSC, mecanismos ágiles para la formalización, regularización y promoción de las unidades productivas de la economía popular.

Articular con los demás registros existentes en las jurisdicciones nacionales,  provinciales y municipales (convenios con provincias).


Que son trabajadores y trabajadoras de la Economía Popular aquellos/as que se desempeñan de manera individual o colectiva en unidades productivas con diversas modalidades organizativas, habiendo generado su propio trabajo con el objeto de producir, crear, circular y/o comercializar bienes y servicios que sustenten su propio desarrollo, el familiar y/o el comunitario. Las unidades productivas donde se desempeñan están caracterizadas por estar inscriptas en relaciones asimétricas en el ámbito laboral, financiero, comercial o fiscal.


Que el “Registro Nacional de Trabajadores y Trabajadoras de la Economía Popular” (ReNaTEP) ya se encuentra disponible en la página web del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación.



Por lo expuesto, el Bloque de Concejales del Frente de todos eleva para su tratamiento el siguiente proyecto de






RESOLUCIÓN


Artículo 1º: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon expresa su beneplácito por la creación del “Registro Nacional de Trabajadores y Trabajadoras de la Economía Popular” (ReNaTEP) efectuado por el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación como herramienta de acceso a programas de empleo, seguridad social y capacitación como también a redes de comercialización y líneas de crédito.


Artículo 2º: Envíese copia de la presente al Ministerio de Desarrollo Social de la Nación.


Artículo 3º: Comuníquese.






 Volver