Mar del Plata, 12 de Noviembre 2020
Al presidente del
H. Concejo Deliberante
Sr. Ariel Martínez Bordaisco
S------------/------------D
VISTO:
El acuerdo provisional arribado en los autos KANKI ALONSO Y OTROS C/ MUNICIPALIDAD DE GENERAL PUEYRREDON S/ AMPARO, de trámite ante el Juzgado Contencioso Administrativo N°1, del Departamento Judicial de Mar de Plata, del día lunes 9 de noviembre, y;
CONSIDERANDO:
Que, en julio de este año, el Departamento Ejecutivo del Partido General Pueyrredon a través de la Secretaría de la Salud del municipio, tomó la decisión de retirar la unidad móvil (ambulancia) que estaba apostada en la sala de salud que funciona dentro de la Unidad Turística de Chapadmalal.
Que, ante tal decisión, vecinos y vecinas de la comunidad de Chapadmalal, iniciaron una acción de amparo por el retiro del servicio de ambulancia de la zona ante el Juzgado Contencioso Administrativo N°1.
Que, en el marco de la acción interpuesta, el juez Simón Isacch ordenó el 6 de noviembre de 2020 –entre otras cuestiones-, que se llevara a cabo una audiencia entre la Municipalidad de General Pueyrredon y los representantes del reclamo, con el fin de arribar a una solución en miras de restituir el servicio de ambulancia de la zona.
Que el pasado lunes 9 de noviembre, en el marco de celebración de dicha audiencia, la comuna propuso establecer -transitoriamente y hasta tanto se resuelva el proceso - una unidad con flota completa (chofer, enfermero y médico con el móvil correspondiente) las 24 horas con sede en la Delegación Municipal Chapadmalal, estando también disponible la unidad del Puerto para coordinar con aquella, condicionando lo propuesto a que, en el inmueble sede de la Delegación Chapadmalal, cese la ocupación existente por parte de integrantes de la comunidad zonal.
Que los accionantes prestaron conformidad a la propuesta, comprometiéndose a facilitar lo necesario para la desocupación de la sede y avanzar en la efectivización de la propuesta ofrecida.
Que la empresa que presta servicio de salud dentro de la Unidad Turística de Chapadmalal no tiene la obligación de prestar servicios por emergencias en la vía pública o fuera de la UTCH, de acuerdo al pliego de Licitación Pública Nacional Nº 28-0001-LPU 19 “CONTRATACION DE UN SERVICIO MEDICO PARA LA UNIDAD TURISTICA CHAPADMALAL, PCIA DE BUENOS AIRES”.
Que el 31 de julio la Secretaria de Salud Municipal, Viviana Bernabei, anunciaba que el servicio de emergencias del Partido General Pueyrredon quedaba a cargo del SAME, sin efectores privados dentro de la emergencia municipal.
Que la eliminación del servicio privado en la cobertura de la emergencia médica, si bien puede redundar en un menor costo para el municipio, no puede implicar la reducción de servicios a los barrios de nuestro partido.
Que el 22 de julio, desde el Bloque de Concejales del Frente de Todos, se presentó un proyecto de comunicación (2020 - E – 1630) solicitando al Departamento Ejecutivo informe si había desafectado la ambulancia asignada a Chapadmalal y las razones que motivaron la decisión.
Que dicho proyecto tuvo sanción en el Honorable Concejo Deliberante en la sesión del día 21 de Agosto del corriente, bajo el N° 5614.
Que el 23 de octubre ingresó al Honorable Concejo Deliberante la respuesta del Departamento Ejecutivo, a través de la Secretaria de Salud. La misma se limita a informar que la unidad móvil fue destinada al servicio de emergencias que da cobertura a toda la población del Partido de General Pueyrredon.
Que, a través de la gestión de la Directora Ejecutiva de la Administración Nacional de la Seguridad Social Fernanda Raverta y de la Concejala Marina Santoro, se consiguió que el Ejecutivo Nacional compre la unidad móvil (ambulancia) en el marco del plan “Programa Federal Municipios de Pie”.
Que el pasado 11 de Noviembre, el Municipio a través de la Secretaría de la Salud, resolvió trasladar la unidad móvil (ambulancia) del CAPS Playas del Sur a la Delegación Playa Chapadmalal, dando cumplimiento a la resolución judicial.
Que dicha unidad móvil que brinda servicio de atención médica de urgencias y emergencias, estaba apostada en el CAPS Playas del Sur desde el año 2016.
Que el CAPS Playas del Sur, ubicado en la calle 11 Nº 360 en Playa Serena, es el único centro de salud importante con el que cuentan los/las vecinos/as de los barrios de la costa del sur de la ciudad.
Que el cumplimiento de lo propuesto por la misma comuna en la audiencia judicial, no puede derivar en generar el mismo conflicto, la misma afectación al derecho del servicio sanitario, en otra zona de la ciudad.
Que ello implica replicar el abandono comunal en otros barrios y/o zonas programáticas, lo que redundaría en acciones similares a la iniciada por la comunidad de Chapadmalal en cada zona donde el servicio se recorte.
Que, además, con la llegada de la temporada de verano, los barrios de la costa sur de Mar del Plata, protagonistas de esta situación crítica, aumentan considerablemente la cantidad de habitantes.
Que los/as vecinos/as del sur de la costa de la ciudad, se ven particularmente afectados por la distancia a cualquier sistema de salud, sea público o privado, con lo cual un servicio de emergencia médica eficiente y presente resulta esencial.
Por todo lo expuesto, el Bloque de concejales y concejalas del Frente de Todos eleva para su tratamiento y posterior sanción, el siguiente proyecto de:
COMUNICACIÓN
Artículo 1°: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon solicita al Departamento Ejecutivo, a través de la Secretaría de Salud, reincorpore de manera urgente la unidad móvil (ambulancia) que se encontraba apostada en el CAPS Playas del Sur, ubicado en la calle 11 Nº 360 en Playa Serena.
Artículo 2°: Asimismo, se solicita al Departamento Ejecutivo, a través de la Secretaría de Salud, informe lugar donde se encuentra apostada la unidad móvil (ambulancia) que se retiró en julio de este año y que cubría el servicio en la zona de Chapadmalal.
Artículo 3°: Comuníquese, etc.