Mar del Plata, septiembre de 2020
Señor Presidente del
Honorable Concejo Deliberante
Ariel Martinez Bordaisco
S/D
VISTO
Que en virtud del tiempo ocurrido es pertinente analizar la evolución y situación actual del Programa para la Prevención del Abuso Sexual Infantil, aprobado en el Honorable Concejo Deliberante con número de expediente 1087 2018, y;
CONSIDERANDO
Que el proyecto 1087/2018 terminó de ser aprobado por las comisiones de Derechos Humanos, Legislación y Calidad de Vida el día 24 de Septiembre del 2018;
Que fue aprobado en la sesión del día 15 de Noviembre del 2018 y posteriormente reglamentado bajo el número de Ordenanza 23907;
Que dicho programa está destinado a brindar información y asistencia a niños, niñas y adolescentes;
Que el programa también busca la prevención de delitos contra la integridad sexual infantil, a partir de la generación de canales de asistencia y denuncia sencillos y amigables así como talleres y cursos destinados a instruir a padres y/o tutores sobre los signos y manifestaciones habituales padecidas por las víctimas de delitos de esta naturaleza;
Que la Dirección de Niñez y Juventud como dependencia competente conformaría una mesa de trabajo que incluirá a los referentes de las instituciones sociales, médicas, académicas, educativas, jurídicas y judiciales, especializadas en la problemática a los efectos de implementar este programa;
Que habiendo pasado casi dos años desde su aprobación en sesión ya podemos contar con datos sobre el funcionamiento del programa;
Por todo ello, desde el Bloque Frente Renovador suscribimos el presente proyecto de Comunicación para consideración en el Honorable Concejo Deliberante.
COMUNICACION
Artículo 1: Solicitar al Departamento Ejecutivo para que, a través de las áreas correspondientes, aporte la siguiente información:
a) Si el programa está activo en la actualidad y si se tomó alguna medida para que se adapte a la modalidad virtual de clases
b) Si se ha convocado la Mesa de Trabajo en el pasado o si se reúne actualmente en formato virtual o similar
c) Si se ha abierto alguna línea telefónica o de contacto para que los adolescentes puedan acudir cuando necesiten hacer una consulta
d) Si se han realizado talleres o charlas presenciales o virtuales según dicta la Ordenanza
Artículo 2º.- De forma.
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Municipalidad del Partido de General Pueyrredon
Departamento Deliberativo
BLOQUE FRENTE RENOVADOR
Mar del Plata