Mar del Plata, 17 de julio de 2020
Al presidente del
H. Concejo Deliberante
Sr. Ariel Martínez Bordaisco
S------------/------------D
VISTO:
La necesidad de diseñar políticas que garanticen el desarrollo del trabajo que realizan artistas locales, como así también el acceso de la comunidad a sus producciones;
El potencial que poseen en estos tiempos las plataformas y soportes audiovisuales como nuevo escenario y medio de los hechos artísticos;
La reciente aprobación de manera conjunta entre el Ministerio de Cultura, la Dirección Nacional de Proyectos Estratégicos, la Superintendencia de Riesgos de Trabajo, y múltiples entidades referentes del sector, de un Protocolo General para la Actividad Musical sin público; y
CONSIDERANDO:
Que con fecha 11 de marzo de 2020, la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS), declaró el brote del nuevo coronavirus como una pandemia, luego de que el número de personas infectadas por COVID-19 a nivel global llegara a 118.554, y el número de muertes a 4.281, afectando hasta ese momento a 110 países.
Que el Decreto 297/2020 firmado por el Presidente de la Nación dispuso el Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio, acción instrumental para prevenir la propagación del virus.
Que, además, el artículo 18 del decreto 260 del 12 de marzo del 2020 estableció la suspensión de espectáculos públicos y todo otro evento masivo como así también la imposición de distancias de seguridad y otras medidas necesarias para evitar aglomeraciones.
Que consecuencia del citado decreto y el marco descripto en el mismo, la actividad cultural se vio afectada e interrumpida por la declaración de la pandemia, como fue el caso de la actividad teatral.
Que, del mismo modo, la actividad cultural será, como es de público conocimiento, una de las últimas en poder continuar sus tareas habituales estando estas supeditadas a la reapertura de centros culturales, teatros, y espacios de esparcimiento.
Que la posibilidad de realizar espectáculos de manera virtual sigue siendo insuficiente, pero constituye una respuesta posible y necesaria ante la necesidad de trabajar de las y los artistas locales que vieron afectada la programación de sus presentaciones a causa de la pandemia.
Que la creación de una Plataforma Cultural Virtual no sólo constituye una respuesta a las y los trabajadores de las culturas, sino que se traduce en un canal de difusión de los hechos artísticos de producción local, y la posibilidad de que vecinas y vecinos de Mar del Plata y Batan tengan acceso desde sus casas a contenidos pensados y realizados íntegramente en la ciudad.
Que, del mismo modo, constituye la posibilidad de que también personas de otros lugares del país y del mundo tengan una ventana abierta a la identidad artística y cultural local.
Que Mar del Plata, como cabecera del distrito, es una de las plazas más importantes del país en cantidad de salas teatrales y actividades culturales que se desarrollan durante todo el año.
Que también es sede del Festival Internacional de Cine, categoría A y cuenta con innumerables hacedores de Cultura, Centros Culturales Independientes y Estatales, artistas de excelente formación dada la existencia de escuelas municipales y privadas; y que además posee museos municipales, provinciales y ámbitos nacionales.
Que pensar la creación de una plataforma virtual y de contenidos de diferentes producciones permitirá la difusión cultural de la ciudad impactando y generando paralelamente un mayor turismo cultural.
Que es necesaria una propuesta pensada para la comunicación, promoción, difusión y visibilización de los contenidos y profusa producción de las y los actores culturales de la ciudad, además de significar un aporte económico imprescindible en las actuales circunstancias.
Que el mundo digital es, en estos momentos, de vital importancia y posee una enorme proyección a futuro.
Que, del mismo modo, la circunstancia de pandemia y el consecuente Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio puso en evidencia, entre otras problemáticas, la situación acuciante de artistas, en tanto trabajadoras y trabajadores, que vieron truncadas sus fuentes de ingreso, evidenciando la precariedad en la que se desempeñan.
Que es imprescindible llevar a cabo acciones transformadoras que impliquen una nueva dinámica en el marco de una política pública cultural comprometida con las necesidades de sus hacedores y la comunidad toda.
Que resulta impostergable resolver la problemática de artistas marplatenses y batanenses sobre la base de una iniciativa organizada hacia el desarrollo en el presente, pero también posterior al Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio, que tenga como objetivo estratégico generar un recurso digital que unifica a diferentes y múltiples ámbitos artísticos.
Que plataformas como Cine.Ar, Teatrix, Cervantes Online, OctubreTv, Cont.Ar, Timbre4, entre otras, son claros y diversos ejemplos de espacios digitales con contenidos que tienen un potencial espectador que puede estar interesado en la propuesta.
Que crear una plataforma digital marplatense que agrupe a los artistas en su conjunto implica que cada actividad se enriquecerá y extenderá a través de la plataforma y las redes sociales de todos los artistas que participan.
Que una plataforma digital con pluralidad de participación y de carácter público requiere de una perspectiva política, social y cultural inclusiva y equitativa, de tal manera de contener a ciudadanas y ciudadanos artistas que particularmente hoy están en una situación devastadora económicamente y, en consecuencia, emocionalmente, incluyendo a sus familias y entornos.
Que resulta fundamental comprender en toda su amplitud la problemática por la que atraviesa el sector social cultural en todas sus dimensiones, lo que nos permitirá entender la necesidad de gestionar y ejecutar de manera urgente un recurso que contenga, planifique y proyecte el bienestar común de vecinas y vecinos marplatenses y batanenses.
Que es sabido que todas y todos las y los ciudadanos sostenemos, en gran medida, la situación de aislamiento consumiendo y disfrutando hechos artísticos: Música, Cine, Literatura, Danza, Muestras de Fotografía y Pinturas; dicho de otro modo, las actividades artísticas nos acompañan, nos alivian, nos entretienen, nos conmueven y contribuyen al bienestar de la Comunidad.
Que la puesta en marcha de una Plataforma Cultural Virtual debe ser una construcción plural, participativa y realizada por personas que sean garantía de idoneidad y de identificación con su ciudad.
Por todo lo expuesto, el Bloque de Concejales del Frente de Todos eleva el siguiente proyecto de:
ORDENANZA
Artículo 1.- Créase en el ámbito de la Secretaría de Cultura del Partido de General Pueyrredón la Plataforma Cultural Virtual Participativa y Plural.
Artículo 2.- La Plataforma digital será multidispositivo y estará disponible de manera gratuita en un dominio para navegadores y en formato de aplicación para sistemas operativos IOS y Android.
Artículo 3.- Los objetivos de la Plataforma son:
Generar un Proyecto Digital, con perspectivas de futuro, que hoy posibilite el urgente e imprescindible ingreso económico a los y las hacedores de Cultura.
Visibilizar y difundir las producciones artísticas locales.
Reunir en una pluralidad de participación, de manera organizada y en un espacio digital de gran alcance, la producción cultural de nuestra ciudad.
Favorecer el conocimiento, disfrute y esparcimiento de toda la comunidad a partir de la multiplicidad y calidad de actividad artística de Mar del Plata-Batán.
Propiciar el encuentro, en la diversidad, de todas las expresiones artísticas.
Lograr la organización de la plataforma en un circuito plural, que perdure y se sostenga en el tiempo.
Artículo 4.- El Departamento Ejecutivo, previo estudio técnico, definirá el área municipal que intervendrá en el diseño, programación, realización y el sostenimiento de la Plataforma.
Artículo 5.- Créase la Comisión Mixta de Promoción y Seguimiento de la Plataforma Cultural Virtual Participativa y Plural.
Artículo 6.- La Comisión creada por el artículo anterior estará presidida por el concejal o la concejala que presida la Comisión de Educación y Cultura de este Honorable Cuerpo, un (1) representante designado por cada bloque político del Honorable Concejo Deliberante, un (1) representante de la Secretaría de Cultura y un (1) representante por cada entidad que nuclee a trabajadores de las culturas en el ámbito de General Pueyrredon.
Artículo 7.- La Comisión Mixta de Promoción y Seguimiento de la Plataforma Cultural Virtual Participativa y Plural será llamada a su convocatoria por la presidencia de la Comisión de Educación y Cultura y, en su primer reunión, establecerá su esquema de funcionamiento.
Artículo 8.- La Comisión Mixta de Promoción y Seguimiento de la Plataforma Cultural Virtual Participativa y Plural podrá invitar actores que resulten pertinentes para el asesoramiento en el diseño y los mecanismos de realización de la Plataforma, tanto en aspectos culturales como en aspectos técnicos.
Artículo 9.- La Comisión Mixta de Promoción y Seguimiento de la Plataforma Cultural Virtual Participativa y Plural definirá un mecanismo de recepción y selección de inscripciones para conformar un Equipo de Actores Culturales Locales que tendrá carácter rotativo en un esquema cuatrimestral o semestral, que garantice el espíritu de pluralidad y diversidad de propuestas, no pudiendo reelegir.
Artículo 10.- Los miembros integrantes de dicho Equipo seleccionarán proyectos de diferentes expresiones artísticas tales como el teatro, la fotografía, la música, y otras que se publicarán en distintas secciones de la Plataforma, a definir por la Comisión Mixta.
Artículo 11.- Tanto la selección de miembros del Equipo de Actores Culturales como la selección propia de los proyectos artísticos deberá realizarse a través de mecanismos que garanticen transparencia y pluralidad.
Artículo 12.- Tanto aspirantes para integrar el Equipo de Actores Culturales como aspirantes a concursar los proyectos artísticos deberán poseer domicilio en el Partido de General Pueyrredon.
Artículo 13.- La financiación de los proyectos presentados estará a cargo de la Secretaría de Cultura.
Artículo 14.- La Comisión Mixta recepcionará y seleccionará propuestas para la determinación del nombre o denominación de fantasía que llevará la Plataforma.
Artículo 15.- De forma.