Mar del Plata, 19 de junio 2020
Al presidente del
H. Concejo Deliberante
Sr. Ariel Martínez Bordaisco
S------------/------------D
VISTO:
La ordenanza nº 16789 del Pliego de Bases y Condiciones que autoriza al Departamento Ejecutivo a llamar a Licitación Pública con el objeto de otorgar en concesión la prestación del servicio público de Transporte Urbano Colectivo de Pasajeros en el Partido de General Pueyrredon, se encuentra en poder del Departamento Ejecutivo para su estudio, y
CONSIDERANDO:
Que en la página oficial del Municipio del Partido de General Pueyrredon se puede leer la historia del Transporte Público Colectivo de Pasajeros del Partido de General Pueyrredon
Que en la misma se aprecia el proceso del sistema desde sus comienzos, donde comienza con un sistema de premisos precarios hasta llegar finalmente a la Licitación Pública del año 2005 y la firma de los contratos en el año 2007.
Que la Municipalidad del Partido de General Pueyrredon se constituyó como Poder Concedente del servicio de Transporte Público Colectivo de Pasajeros por medio de la Ordenanza (sin número) del día 29 de octubre de 1932;
Que en ella se estableció que sería el Concejo Deliberante el órgano con la atribución de otorgar concesiones.
Que la Constitución Provincial del año 1949 dispuso que los estados municipales debieran expropiar las empresas que prestaban servicios públicos, entre ellas, las de transporte de pasajeros.
Que la Municipalidad del Partido de General Pueyrredon no cumplió con lo estatuido por la nombrada Constitución y, una vez vencidas las concesiones oportunamente otorgadas, comenzó a autorizar PERMISOS PRECARIOS.
Que en el año 1965, la Municipalidad de General Pueyrredon llamó a Licitación Pública del mentado servicio por medio de las ordenanzas 2567, 2568, 2569 y 2570.
Que las concesiones fueron adjudicadas por las ordenanzas 2630 y 2648 y revocadas luego por la 2683 por causa del incumplimiento de las adjudicatarias a lo dispuesto en el artículo 21 del Pliego de Licitación.
Que luego de esto, el servicio nuevamente paso al carácter de precario.
Que en el año 2001 a través de las Ordenanzas Nros. 13838, 13839 y 14052 se efectuó un nuevo llamado a Licitación Pública.
Que con posterioridad el Honorable Concejo Deliberante declaró fracasada dicha licitación mediante la ordenanza 14808, por razones de conveniencia de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 26 del Pliego de Bases y Condiciones, volviendo a fojas cero respecto a la precariedad de los permisos para la explotación del Servicio de Transporte Público de Pasajeros.
Que en el año 2005 y a través de la ordenanza Nro. 16789 el Honorable Concejo Deliberante autorizó al Departamento Ejecutivo a llamar a Licitación Pública con el objeto de otorgar en concesión la prestación del servicio público de Transporte Urbano Colectivo de Pasajeros en el Partido de General Pueyrredon, de acuerdo al P.B.C. que formaba parte de la misma
Que tras esto se procedió al llamado a licitación Pública tal lo normado en la ordenanza antes mencionada, cumpliendo con los procesos indicados en el Pliego de Bases y Condiciones
Que luego de esto y a través de las Ordenanzas Nros. 17161. 17162, 17163, 17164 y 17165 el Honorable Concejo Deliberante autorizo al Departamento Ejecutivo a adjudicar a las empresas oferentes la concesión de los servicios correspondientes al Transporte Público Colectivo de Pasajeros.
Que finalmente el Departamento Ejecutivo a través del Decreto Nro. 0861/06 procedió a la adjudicación de los servicios firmando en el mes de Mayo del año 2007 los respectivos contratos con cada una de las concesionarias del servicio.
Que el lunes 16 de diciembre de 2019, el intendente Guillermo Montenegro le solicitó al Concejo Deliberante el expediente de la licitación del transporte público de pasajeros con el objetivo de estudiar el mismo y elevar al Concejo Deliberante una idea superadora.
Que el lunes 2 de marzo del corriente año, el intendente en su discurso de apertura legislativa del corriente año, enfatizó que uno de sus principales objetivos del año era trabajar sobre el Pliego de transporte público de pasajeros.
Que en el discurso Montenegro pidió trabajar en conjunto para discutir el transporte de los próximos años. Para que los marplatenses puedan tener más accesibilidad y haya una mejor comunicación entre los barrios. Que viajen mejor debe ser un compromiso de todos y una política de Estado.
Que Santiago Bonifatti Secretario de Gobierno, el 22 de diciembre de 2019 expresó en 0223 ‘’que el pliego necesita tener rasgos más modernos de mejora de servicios y necesita una mirada de accesibilidad, de energías renovables, y necesita ser atendido en función de los trasbordos’’
Que al mismo tiempo Bonifatti reconoció que durante el armado del pliego de licitación debe haber una instancia previa de discusión con los representantes del Concejo Deliberante así como tener en cuenta "toda la demanda de los usuarios que se hicieron escuchar" en las audiencias públicas que se celebraron a lo largo del 2018 y 2019.
Que el Secretario de Gobierno confirmó que sería Dante Galván, el Subsecretario de Movilidad Urbana, el responsable de esta labor, al exponer que "es el hombre más preparado en Mar del Plata para diseñar el transporte público de pasajeros".
Por todo lo expuesto, el Bloque de Concejales del Frente de Todos eleva los siguientes proyectos de:
COMUNICACIÓN
Artículo 1º.- El Honorable Concejo Deliberante solicita al Departamento Ejecutivo informe respecto a la estrategia a seguir, con la debida antelación, sobre el estudio del Pliego de Bases y Condiciones, con el objeto de garantizar un mejor estado del servicio del transporte público de pasajeros para los vecinos y vecinas del Partido de General Pueyrredon.
Artículo 2º.- Comuníquese, etc.