Mar del Plata, 16 de Junio 2020
Al presidente del
H. Concejo Deliberante
Sr. Ariel Martínez Bordaisco
S------------/------------D
VISTO:
La denuncia en redes sociales de diferentes profesionales de la salud que trabajan en los Centros de Atención Primaria de la Salud (CAPS) del Partido de General Pueyrredon, y;
CONSIDERANDO:
Que con fecha 11 de marzo de 2020, la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) declaró el brote del nuevo coronavirus como una pandemia;
Que en virtud de la situación epidemiológica y con el fin de proteger la salud pública, el 20 de marzo se estableció por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 297/20, para todas las personas que habitan en el país o se encuentren en él, la obligación de permanecer en “aislamiento social, preventivo y obligatorio”;
Que hasta el momento el Presidente Alberto Fernández extendió el aislamiento social, preventivo y obligatorio que rige en todo el territorio argentino hasta el 28 de junio del 2020 mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia del Poder Ejecutivo Nacional 493/2020;
Que el Municipio cuenta con 32 Centros de Atención Primaria de la Salud, distribuidos en distintos barrios del Partido de General Pueyrredon;
Que los CAPS son los establecimientos con los que el municipio brinda asistencia sanitaria esencial, siendo para muchos la primera aproximación a la atención médica, teniendo como función descentralizar y descongestionar al Hospital Interzonal Gral. de Agudos y al Materno Infantil;
Que conforme el artículo 4 del Decreto Nº 0949/20, el Intendente Municipal ha delegado en la Secretaría de Economía y Hacienda y en la Secretaría de Gobierno la facultad para fijar la cantidad máxima de horas a realizar por Secretaría, observando las cantidades máximas de horas extras a realizar por mes;
Que la Resolución Nº 810/20 del Secretario de Gobierno y el Secretario Economía y Hacienda establece límites mensuales máximos de horas extras y/o suplementarias, que podrán ser realizados y conformados mensualmente por cada Secretaría y/o Entes Descentralizado;
Que profesionales de la salud que trabajan en los CAPS denunciaron públicamente en las redes sociales, recorte de sueldos, faltas de guardias y reducción de horarios;
Que el lunes 15 de junio por la mañana, vecinos/as de la ciudad de Batán se manifestaron en las puertas del Centro de Salud donde expusieron la falta de guardias pediátricas en dicho establecimiento, por lo que ante cualquier urgencia deben trasladarse a la ciudad de Mar del Plata;
Que al mismo tiempo denunciaron que “también nos sacaron la ambulancia, que pertenecía a la sala y se lo pasaron al SAME. Nos sacan el personal y cuando te derivan al Regional porque la sala no cuenta con los recursos, hay que irse en remis por que la ambulancia pertenece al SAME. Batán necesita que la ambulancia esté disponible como siempre en la sala de primeros auxilios”;
Que desde la Asociación Vecinal de Fomento de Playa Serena también denunciaron la falta de guardias de pediatría en el Centro de Salud de su barrio, manifestando que "Ya ayer los vecinos no tuvieron guardias pediátricas, con lo que significa realmente para toda la población y en época de pandemia... es terrible";
Que las dificultades económicas por la que están atravesando los ciudadanos del Partido General Pueyrredón hacen imposible poder trasladarse a otros CAPS y/o Hospitales Públicos;
Que el Estado Municipal debe garantizar el acceso a la salud de todos/as los/as vecinos/as del Partido General Pueyrredon;
Por todo lo expuesto, el Bloque de Concejales del Frente de Todos eleva los siguientes proyectos de:
RESOLUCION
Artículo Nº1: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon manifiesta preocupación por la reducción de servicios en los Centros de Atención Primaria de Salud denunciados por los/las profesionales de la Salud y vecinos/as del Partido de General Pueyrredon.
Artículo Nº2: Comuníquese, etc.
COMUNICACIÓN
Artículo 1°: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon solicita al Departamento Ejecutivo, a través de la Secretaria de Salud Municipal informe cuales son las áreas y servicios que se ven afectados en los Centros de Atención Primaria de Salud en función de la Resolución Nº 810/20.
Artículo 2°: Comuníquese, etc.