Mar del Plata, 11 de Junio 2020
Al presidente del
H. Concejo Deliberante
Sr. Ariel Martínez Bordaisco
S------------/------------D
VISTO:
El Decreto 320/20 dictado por el Poder Ejecutivo Nacional, y;
CONSIDERANDO:
Que con fecha 11 de marzo de 2020, la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) declaró el brote del nuevo coronavirus como una pandemia;
Que el Presidente de la Nación dispuso mediante el Decreto 297/2020 y sus prorrogas, el Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio, acción instrumental para prevenir la propagación del virus.
Que el aislamiento social, preventivo y obligatorio ha logrado que más del OCHENTA Y CINCO POR CIENTO (85%) del país se encuentre en la fase de reapertura programada, progresando día a día con cada actividad que se va habilitando como excepción.
Que la emergencia sanitaria tuvo consecuencias económicas que han tornado de muy difícil cumplimiento, para una importante cantidad de inquilinos e inquilinas, hacer frente a sus obligaciones en los términos estipulados en los contratos.
Que el Decreto 320/20 establece la suspensión de desalojos, la prórroga de contratos, el congelamiento de precios de alquileres, entre otras medidas, hasta el 30 de septiembre. El mismo especifica que se suspende en todo el territorio nacional, hasta el día 30 de septiembre del año en curso, la ejecución de las sentencias judiciales por falta de pago (6 meses).
Que dicho decreto se dictó en el marco de la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social establecida por la Ley N° 27.541.
Que, en el artículo 4°, se dispone temporariamente, hasta el 30 de septiembre próximo, el congelamiento del precio de las locaciones, debiéndose abonar, durante ese período, el canon locativo correspondiente al mes de marzo próximo pasado.
Que, en el marco de la emergencia, también se contempla la situación de la parte locadora en estado de vulnerabilidad, que necesita del cobro del canon locativo para cubrir sus necesidades básicas o las de su grupo familiar primario conviviente, extremo que deberá ser probado en debida forma.
Que el Artículo 9° de dicho decreto dispone que los contratos de locación alcanzados son:
1. De inmuebles destinados a vivienda única urbana o rural.
2. De habitaciones destinadas a vivienda familiar o personal en pensiones, hoteles u otros alojamientos similares.
3. De inmuebles destinados a actividades culturales o comunitarias.
4. De inmuebles rurales destinados a pequeñas producciones familiares y pequeñas producciones agropecuarias.
5. De inmuebles alquilados por personas adheridas al régimen de Monotributo, destinados a la prestación de servicios, al comercio o a la industria.
6. De inmuebles alquilados por profesionales autónomos para el ejercicio de su profesión.
7. De inmuebles alquilados por Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMES) conforme lo dispuesto en la Ley N° 24.467 y modificatorias, destinados a la prestación de servicios, al comercio o a la industria.
8. De inmuebles alquilados por Cooperativas de Trabajo o Empresas Recuperadas inscriptas en el INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL (INAES).
Que la Senadora Nacional María de los Ángeles Sacnún presentó un proyecto de ley para extender la vigencia de las medidas adoptadas por el Decreto 320/20, prorrogando en todos sus términos los plazos del decreto hasta el 31 de marzo de 2021.
Que en el día de ayer 11 de junio del 2020 el Senado de la Nación sancionó la nueva ley de alquileres, que prevé beneficios para nueve millones de inquilinos de todo el país.
Que la Federación de Inquilinos Nacional realizó una encuesta donde participaron 3000 inquilinas e inquilinos de todo el país para conocer la situación en la que se encontraban a principios de Junio.
Que la encuesta dio como resultado que a pesar de la apertura económica distintas industrias y comercios, un 49% de los inquilinos e inquilinas no pueden pagar el alquiler.
Que los efectos de la pandemia persisten y seguirán persistiendo, y, por ende, afectarán a la economía de inquilinas e inquilinos.
Que muchos/as trabajadores y trabajadoras, comerciantes, profesionales, industriales y pequeños y medianos empresarios, han visto afectados fuertemente sus ingresos por la merma de la actividad económica, lo que origina una reducción en los mismos, con la consecuente dificultad que ello genera para afrontar todas sus obligaciones en forma íntegra y para disponer lo necesario para costear su alimentación, su salud y su vivienda.
Que según el segundo informe de Mar del Plata entre Todos (Red integrada por representantes de la sociedad civil de Mar del Plata tales como Universidades, Colegios y Consejos Profesionales, Sectores Productivos, Económicos, Sociales, y Empresariales) en el año 2016 el 15,3% de las viviendas de la ciudad eran alquiladas.
Por todo lo expuesto, el Bloque de Concejales del Frente de Todos eleva los siguientes proyectos de:
COMUNICACIÓN
Artículo 1°: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon solicita al Departamento Ejecutivo que adopte las medidas necesarias para la difusión y cumplimiento del Decreto Nacional 320/20 en el Partido de General Pueyrredon.
Artículo 2°: Comuníquese, etc.