Mar del Plata, mayo de 2020
Sr. Presidente del
Honorable Concejo Deliberante
Dr. Ariel Martínez Bordaisco
S/D
VISTO
La convocatoria del Gobierno nacional a los gobernadores e intendentes de todos los distritos del país a realizar tareas de fiscalización y control de precios máximos establecidos por la Secretaría de Comercio Interior, en el marco del aislamiento social dispuesto para enfrentar la pandemia de coronavirus y;
CONSIDERANDO
Que ello fue dispuesto a través del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 351 publicado el pasado 8 de abril del corriente año en el Boletín Oficial, con la firma del presidente Alberto Fernández; el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero; el ministro de Desarrollo Productivo, Matías Kulfas; y el de Interior, Eduardo de Pedro.
Que mediante según señala el artículo 2 de este decreto, se “convoca a los Intendentes e Intendentas de todos los municipios del país a realizar, en forma concurrente con la Nación, la fiscalización y control del cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolución de la Secretaría de Comercio Interior del Ministerio de Desarrollo Productivo Nº 100/20, o las que en el futuro la prorroguen, reemplacen o amplíen, en los supuestos comprendidos en el artículo 15 de la Ley Nº 20.680″, señala el artículo 2 del decreto.
Que además, a través de esta normativa, se facultó a la Secretaría de Comercio “a establecer, entre otros, márgenes de utilidad, precios de referencia, niveles máximos y mínimos de precios, a la vez que establece severas sanciones ante la constatación de incumplimientos”.
Que, a su vez, cabe destacar que recientemente el Gobierno Nacional decidió extender hasta el 30 de junio la vigencia del programa Precios Máximos.
Que el DNU 351 delimita las facultades de las autoridades municipales, las que “se ajustarán al procedimiento y las acciones previstas en los artículos 10 y 12 de la Ley N° 20.680, mientras que el juzgamiento de las infracciones corresponderá a la Secretaría de Comercio Interior, quien determinará el mecanismo para la remisión de las actuaciones administrativas labradas al efecto”.
Que tras la delegación del control de precios a los municipios, se encuentran disponibles para la consulta y eventual denuncia los sitios web de Precios Cuidados y Precios Máximos de Nación, el Sistema de Monitoreo de Abastecimiento y Precios (SIMAP) establecido por el Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica de la Provincia y desde el municipio, es se puede denunciar llamando a la Línea de Atención al Vecino (147).
Que desde el municipio, aseguran que se vienen realizando controles desde Lealtad Comercial en forma conjunta con Inspección General aunque sin mayores precisiones de la frecuencia y resultados de estos operativos.
Que resulta esencial enfocar los controles en los supermercados así como en los autoservicios mayoristas que, según datos del INDEC del mes de marzo del corriente año, viene registrando un aumento entre el 10% y el 20% en sus ventas interanuales y gran parte de la sociedad realiza allí sus compras.
Que, a su vez, es necesario visualizar a la comunidad los canales de consulta y reclamo, así quienes detectan incumplimientos, precios abusivos o faltantes de stock de determinados productos, pueden realizar la denuncia pertinente.
Que, al haber distintas vías de denuncia y ser el control de precios una herramienta fundamental para cuidar el bolsillo de la ciudadanía, resulta fundamental que el municipio realice controles, aporte información sobre ellos y, además, visualice los canales de consulta y denuncia a toda la comunidad.
.Que en virtud de lo expuesto, se pone a consideración el siguiente:
PROYECTO DE COMUNICACIÓN
Artículo 1º.- Solicitar al Departamento Ejecutivo que, a través de las áreas correspondientes, aporte la siguiente información:
a) Sí se vienen desarrollando operativos de control de precios y faltante de stock de determinados productos en mercados, supermercados y autoservicios mayoristas de nuestra ciudad y, en su caso, detallar frecuencia, zonas de controles y resultados obtenidos hasta el día de la fecha de los controles realizados.
b) Detallar la cantidad de personas y las áreas involucradas en los controles mencionados en el punto anterior.
c) Describir el procedimiento empleado en los operativos para el control de precios así como la eventual sanción para quienes incumplen la normativa vigente.
d) Informar sí se realizan campañas para visualizar a la ciudadanía los canales de consulta y reclamo.
e) Detallar toda otra información que considere de interés.
Artículo 2º.- Comuníquese.
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Mar del Plata
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