Mar del Plata, 15 de mayo de 2020
Al presidente del
H. Concejo Deliberante
Sr. Ariel Martínez Bordaisco
S------------/------------D
VISTO:
La necesidad planteada por distintos sectores de las culturas marplatenses de generar vías alternativas para desarrollar su tarea;
CONSIDERANDO:
Que el decreto 459/2020 establece la ampliación de la emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley N° 27.541, en virtud de la Pandemia declarada por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) en relación con el coronavirus COVID-19, por el plazo de UN (1) año a partir de la entrada en vigencia del decreto.
Que con fecha 11 de marzo de 2020, la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS), declaró el brote del nuevo coronavirus como una pandemia, luego de que el número de personas infectadas por COVID-19 a nivel global llegara a 118.554, y el número de muertes a 4.281, afectando hasta ese momento a 110 países.
Que el Decreto 297/2020 firmado por el Presidente de la Nación dispuso el Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio, acción instrumental para prevenir la propagación del virus.
Que la acción de aislamiento, prevista en el decreto mencionado, fue prorrogada en el tiempo a través de los decretos 325 del 31 de marzo de 2020, 355 del 11 de abril de 2020, 408 del 26 de abril de 2020 y, el más reciente, el 459 del 11 de mayo de 2020,los cuales fijaron algunas morigeraciones necesarias y racionalmente determinadas, en vistas de propiciar la reactivación productiva y vuelta a la “nueva normalidad” de manera gradual y en fases, según el plan para hacer frente a la pandemia, que determina el Gobierno Nacional con asesoramiento de expertos en infectología.
Que, en sintonía con lo expuesto anteriormente, fue declarada laEmergencia Sanitariaen el territorio bonaerense mediante el Decreto 132/2020 firmado por el Gobernador de la Provincia de Buenos Aires.
Que, además, el artículo 18 del decreto 260 del 12 de marzo del 2020 estableció la suspensión de espectáculos públicos y todo otroevento masivo como así también la imposición de distancias de seguridad y otras medidas necesarias para evitar aglomeraciones.
Que consecuencia del citado decreto y el marco descrito en el mismo, la actividad cultural resulta una de las primeras que se vieron afectadas e interrumpidas por la irrupción de la pandemia.
Que, del mismo modo, la actividad cultural será, como es de público conocimiento, una de las últimas en poder continuar sus tareas habituales estando estas supeditadas a la reapertura de centros culturales, teatros, y espacios de esparcimiento.
Que el Partido de General Pueyrredon cuenta con un colectivo destacado de artistas independientes que se encuentran en la incertidumbre de no saber cuándo podrán retomar su actividad.
Que distintos integrantes de la comunidad artística de General Pueyrredon nos hacen llegar la necesidad de trabajar de manera urgente, como así también la comprensión y consciencia de lo descrito en párrafos anteriores, y con mucha responsabilidad buscan alternativas que permitan retomar sus actividades paulatinamente y generar ingresos en el marco de esta emergencia.
Que el medio virtual significa hoy la posibilidad, insuficiente pero necesaria, de continuar trabajando para muchas y muchos artistas marplatenses.
Que, en el marco del aislamiento social obligatorio, es necesario contar con autorizaciones especiales para circular, denominadas “Certificado Único Habilitante para la circulación” y publicadas por especificad de rubros en la sección del Ministerio de Salud de la página web argentina.gob.ar.
Que, a partir de la Decisión Administrativa 729/2020 publicada en el Boletín Oficial de la República Argentina el 7 de mayo de 2020 y de la Decisión Administrativa 763/2020 publicada en el Boletín Oficial de la República Argentina el 12 de mayo de 2020, se autorizaron permisos específicos que rigen en General Pueyrredon a instancias de la petición del Intendente Municipal.
Por todo lo expuesto, el Bloque de Concejales del Frente de Todos eleva el siguiente proyecto de:
COMUNICACIÓN
Artículo 1.-El Honorable Concejo Deliberante de General Pueyrredon solicita al Departamento Ejecutivoevalúe y arbitre los medios que crea convenientes para la inclusión dentro de las solicitudes de permiso de tránsito de hasta 2 (dos) artistas y 1 (un) técnico para la realización de espectáculos virtuales hasta una vez a la semana en el domicilio de cualquiera de los autorizados.
Artículo 2.- De forma.