Mar del Plata, 6 de Mayo de 2020
Al presidente del
H. Concejo Deliberante
Sr. Ariel Martínez Bordaisco
S------------/------------D
VISTO:
La problemática de situación de calle en el marco de la pandemia producida por el Coronavirus 2019 (COVID-19), y;
CONSIDERANDO:
Que el 11 de marzo de 2020, la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS), declaró el brote del nuevo coronavirus como una pandemia, luego de que el número de personas infectadas por COVID-19 a nivel global llegara a 118.554, y el número de muertes a 4.281, afectando hasta ese momento a 110 países;
Que en la República Argentina el primer caso confirmado de COVID-19 fue el día 3 de marzo del presente año;
Que mediante el Decreto 297/2020 del poder Ejecutivo Nacional se estableció desde el 20 de marzo del presente año el AISLAMIENTO SOCIAL PREVENTIVO Y OBLIGATORIO;
Que ante dicha circunstancia el Gobierno Nacional y Provincial tomaron diferentes medidas con el objetivo de proteger a los sectores sociales con mayor grado de vulnerabilidad;
Que en el Partido de General Pueyrredon existe un alto grado de personas que se encuentran en situación de calle;
Que la ley Provincial N° 13.956 en su artículo 2 establece: Serán consideradas personas en situación de calle, aquéllas que carecen de residencia, pernoctando diariamente a la intemperie y/o que se encuentran en una situación socio-familiar vulnerable, sin ingresos, ni trabajo y, en situación de exclusión social;
Que en el año 2017, mediante el relevamiento realizado entre la Defensoría del Pueblo bonaerense, la Municipalidad y entidades intermedias se informó la presencia de 350 personas en situación de calle en la ciudad de Mar del Plata;
Que en agosto del año 2019 se realizó el primer "Censo Popular" impulsado por diferentes organizaciones locales, el cual concluyó que en Mar del Plata y Batán hay 437 personas en situación de calle o en riesgo de estarlo;
Que si bien las personas en situación de calle se encontraban en una circunstancia de extrema vulnerabilidad, con el ingreso del COVID-19 en nuestra ciudad, los riesgos de vida se potenciaron;
Que el Estado Municipal debe maximizar los recursos para aplicar todas las herramientas legislativas y logísticas vigentes en pos de no violentar y proteger la integración física/psíquica de las personas que se encuentran en situación de calle;
Que el día 12 de marzo del presente año se sancionó la Ordenanza Nº 24710, la cual creó el Consejo Asesor de Prevención e Intervención para el abordaje del COVID-19 (Coronavirus), Influenza y/o cualquier otra mutación a futuro;
Que en el artículo 6 establece: Autorizase, durante el plazo de la Emergencia Administrativa Sanitaria, a contratar y/o adquirir en forma directa todos los servicios y bienes, comprendiendo en ello a manera enunciativa insumos sanitarios, métodos de detección, campañas de difusión pública, etc., que resulten necesarios para dar respuesta en materia sanitaria municipal a la población del Partido de General Pueyrredon;
Que es imperioso desarrollar nuevas políticas municipales de difusión en el presente marco de pandemia, con el objetivo de concientizar a la ciudadanía en el estado de vulnerabilidad que se encuentra una persona en situación de calle, y a su vez informar sobre las herramientas que tiene el Estado Municipal para proteger a dichas personas ;
Por todo lo expuesto, el Bloque de Concejales del Frente de Todos eleva los siguientes proyectos de:
COMUNICACIÓN
Artículo 1°: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon solicita al Departamento Ejecutivo, informe los siguientes puntos sobre la problemática de situación de calle en el marco de la pandemia producida por el Coronavirus 2019 (COVID-19):
Qué nuevas medidas se han tomado desde la declaración de Emergencia Administrativa Sanitaria (Ordenanza Nº 24710-2020).
Cuál es la planificación integral y/o dispositivos a adoptar en las siguientes etapas del Aislamiento social, preventivo y obligatorio.
Cuáles son los paradores que se encuentran funcionando y asistiendo en la actualidad, informe de qué manera se está garantizando los Elementos de ProtecciónProfesional (EPP).
Disponibilidad de plazas ocupadas y libres.
Cantidad y características (edad, género, sexo) de las poblaciones que se encuentran en cada parador.
De qué manera se encuentra organizada cada institución para brindar los servicios básicos domésticos y alimentarios.
Cantidad de personal trabajando administrativo y profesional, asimismo informe cantidad de voluntariado.
Cuáles son los programas que se desarrollan en materia cultural, educativa y deportiva en los paradores.
Cómo está organizado el dispositivo de traslados de las personas a los paradores.
Artículo 2º: Comuníquese, etc.-