Mar del Plata, 28 de abril de 2020.
Sr. Presidente del
Honorable Concejo Deliberante
Partido de General Pueyrredon
Cjal. Ariel Martínez Bordaisco
S / D
VISTO:
Que la niñez beneficiaria de la “reparación económica para hijos e hijas de progenitores víctimas de violencia familiar o de género” ha dejado de percibir los montos correspondientes a la Ley Brisa,
Y CONSIDERANDO:
Que, la “Ley Brisa” lleva el nombre de una niña víctima de un caso en el que su progenitor asesinó a golpes a su progenitora.
Que, fue a partir de ese momento que se comenzó a trabajar en la redacción de una ley que diera un sustento económico a esta niñez que quedaba desamparada y al resguardo de familiares que en muchos casos no tiene los recursos para acompañar su crianza.
Que, el 4 de junio de 2018 fue aprobada por el Congreso Nacional la Ley Nº 27.452 estableciendo el Régimen de Reparación Económica para niños, niñas y adolescentes víctimas colaterales de femicidio.
Que, la reparación consiste en el cobro mensual de un monto equivalente a un haber jubilatorio mínimo e incluye una cobertura integral de salud hasta los 21 años de edad, beneficios que tiene carácter vitalicio en caso de que sean personas con discapacidad.
Que, la norma fija un mecanismo compatible con los regímenes de la Asignación Universal por Hijo (AUH), asignaciones familiares, pensiones y regímenes de alimentos que perciban por parte de su progenitor, o con cualquier otra prestación de la cual sean destinatarios.
Que, recientemente se ha tomado conocimiento que desde el mes de enero, quienes se encontraban cobrando este beneficio, vieron interrumpido su cobro, sin razón alguna.
Que, estas familias tienen su derecho amparado por una ley nacional y cuentan con ese beneficio para hacer frente a las necesidades básicas de las niñeces a su cargo.
Por lo expuesto, el Bloque de concejales de la UCR propone el siguiente proyecto de:
RESOLUCIÓN
Artículo 1º.- El Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon expresa su preocupación por la situación que atraviesa la niñez beneficiaria de la reparación económica para hijos e hijas de progenitores víctimas de violencia familiar o de género, por el incumplimiento de la ley 27.452 conocida como Ley Brisa.
Artículo 2º.- El Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon expresa su repudio al incumplimiento de la aplicación de la ley Nº 27.452 “Ley Brisa”.
Artículo 3º.- Remítase copia de la presente a la Agencia Nacional de Seguridad Social, al Ministerio de las Mujeres, Género y Diversidad y a la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia de la Nación.
Artículo 4º.- Comuníquese, etc.-
COMUNICACIÓN
Artículo 1º.- El Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon solicita al Poder Ejecutivo Nacional informe las razones de la suspensión del pago del Beneficio normado por la Ley 27.452.
Artículo 2º.- El Honorable Concejo Deliberante del Partido de General Pueyrredon solicita al Poder Ejecutivo Nacional el cumplimiento inmediato de la Ley 27.452.
Artículo 3º.- Comuníquese, etc.