Información de Expediente

2020 - E - 1302
Fecha de Entrada: 01/04/2020
Carátula: PROYECTO DE COMUNICACIÓN
Iniciador: FRENTE DE TODOS
Autor:
Tema:
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: ARCHIVADO
Desde: 14/12/2020
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Comunicación
Solicitando al D.E. gestione un permiso especial para que las líneas de transporte de colectivo incluyan en sus recorridos a los Hospitales Interzonal General de Agudos y Materno Infantil.
Proyecto 2: Decreto Ad Referendum

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
DP-182 01/04/2020
Proyecto 3: Decreto

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
D-2482 03/12/2020

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
005 TRANSPORTE Y TRANSITO 08/04/2020 08/06/2020 Aprobado
001 LEGISLACION, INTERPRETACION, REGLAMENTO Y PROTEC. CIUDADANA 08/06/2020 16/11/2020 Aprobado
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto

Mar del Plata, 26 de marzo de 2020


Al presidente del


H. Concejo Deliberante


Sr. Ariel Martínez Bordaisco


S------------/------------D







VISTO:


La situación de emergencia sanitaria nacional, producida por la irrupción del nuevo coronavirus (COVID 19), y





CONSIDERANDO:



Que con fecha 11 de marzo de 2020, la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS), declaró el brote del nuevo coronavirus como pandemia, teniendo en cuenta la cantidad de personas infectadas.



Que la evolución de la situación epidemiológica exige que se adopten medidas rápidas, eficaces y urgentes, que preserven las cuestiones de sanidad de la población.



Que en el marco de la emergencia sanitaria y de la situación epidemiológica actual, resulta necesario implementar acciones políticas excepcionales para abordar la situación.



Que, en este contexto, la Resolución 64/20 del Ministerio de Transporte de la Nación regula el servicio de transporte de pasajeros urbanos, suburbanos y regionales, de forma especial hasta el 31 de marzo del 2020, en concordancia con el Decreto n°287/2020 del Presidente de la Nación donde decreta el ‘Aislamiento social, preventivo y obligatorio’’ (CUARENTENA).



Que dicha Resolución expresa en su artículo n° 1, que hasta las VEINTICUATRO (24) horas del 31 de marzo de 2020, los servicios de transporte automotor y ferroviario de pasajeros urbanos, suburbanos y regionales de jurisdicción nacional sólo podrán circular con una cantidad de pasajeros que no supere la capacidad de asientos disponibles. Se recomienda mantener el distanciamiento social.






Que, adecuándose a esta medida de distanciamiento social en el Transporte Público de Pasajeros, el Departamento Ejecutivo del Partido de General Pueyrredon decreta el Decreto N° 471.



Que este Decreto prohíbe hasta el 31 de marzo de 2020, la circulación de transporte público urbano y suburbano de pasajeros con una cantidad de pasajeros superior a la de asientos disponibles de cada unidad, solo pudiendo circular las mismas con pasajeros sentados.



Que el Inciso B del Artículo 1| de la Resolución 73/20 del Ministerio de Transporte establece que “desde la CERO (0:00) hora del día lunes 23 de marzo de 2020 y hasta las VEINTICUATRO (24) horas del día martes 31 de marzo de 2020, los servicios de transporte público automotor y ferroviario se cumplirán con sus frecuencias y programaciones habituales de día feriado, observando las limitaciones previstas en la Resolución N° 64 de fecha 18 de marzo de 2020 del MINISTERIO DE TRANSPORTE”.



Que la ordenanza n° 16789 del Partido de General Pueyrredon establece las bases y condiciones del transporte público de pasajeros.



Que esta ordenanza establece los recorridos de todas las Líneas de Transporte Público de Pasajeros urbano y suburbano del Partido.



Que los vecinos y vecinas del Partido que están excluidos de la cuarentena necesitan el transporte público.



Que, por estas medidas, en algunas paradas de Transporte Público de Pasajeros los vecinos y vecinas del Partido deben esperar más de una hora su Línea de colectivo.



Que en las paradas de Transporte Público de Pasajeros del Partido se aglomera mucha cantidad de gente que necesita el transporte, y esto es muy peligroso en marco de la emergencia sanitaria.



Que, además, en los horarios de cambios de turno llegan y se van una gran cantidad de trabajadores y trabajadoras.



Que hay personal del Hospital que termina su turno a las cero horas y encuentra grandes dificultades para llegar a sus hogares.



Que el Hospital Interzonal General de Agudos "Dr. Oscar E. Alende" es uno de los ámbitos de trabajo donde se concentra la mayor cantidad de profesionales de la salud, de presencia imprescindible para enfrentar este momento.






Que el Hospital Interzonal Especializado Materno Infantil ‘’Don Victorio Tetamanti’’, es otro de los ámbitos de trabajo donde se concentra la mayor cantidad de profesionales de la salud.






Que se está trabajando en la creación de un hospital modular en el predio del Hospital InterzonalGeneral de Agudos para atender posibles casos de coronavirus en el Partido y la región.





Por todo lo expuesto, el Bloque de Concejales del Frente de Todos eleva los siguientes proyectos de:






COMUNICACIÓN



Artículo 2º.-El Honorable Concejo Deliberante solicita al Departamento Ejecutivo que gestione ante la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE (CNRT) un permiso especial para todas las líneas que incluyan en su recorrido el Hospital Interzonal General de Agudos "Dr. Oscar E. Alende" y el Hospital Interzonal Especializado Materno Infantil ‘’Don Victorio Tetamanti’’, de tal modo que modifiquen la frecuencia para cumplir con lo establecido en el Artículo 1° de la Resolución N° 64 del MINISTERIO DE TRANSPORTE y el Decreto del Ejecutivo 471 y garantizar el corrector traslado del personal sanitario.





Artículo 2º.- Asimismo, solicitamos al Departamento Ejecutivo, que gestione ante las empresas de Transporte Público Pasajeros urbano y semiurbano, los mecanismos necesarios para garantizar la gratuidad de los trabajadores y trabajadoras del sistema sanitario, utilizando sus credenciales o pases oficiales extendidos por el Ministerio de Salud, sea con presentación en el celular o impresos.




Artículo 3º.- Comuníquese, etc.


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