Información de Expediente

2020 - E - 1191
Fecha de Entrada: 17/02/2020
Carátula: PROYECTO DE DECRETO
Iniciador: FRENTE DE TODOS
Autor:
Tema:
Categoría: PROYECTOS DE BLOQUES
Estado: ARCHIVADO
Desde: 07/12/2021
Agregado a:
Observaciones:
Proyecto 1: Decreto
Convocando a una “Jornada de Trabajo”, denominado Paseo Costero Sur como Bien Común Social y Ambiental, con el fin de construir un diagnóstico sobre la situación actual de la Reserva Turística y Forestal.

Sanciones

N° Sanción Fecha Sanción N° Prom. Fecha Prom. Fecha Veto
DP-127 20/02/2020
D-2560 02/12/2021

Giros

Código Comisión Fecha Entrada Fecha Salida Dictamen
001 LEGISLACION, INTERPRETACION, REGLAMENTO Y PROTEC. CIUDADANA 02/03/2020 01/10/2020 vuelta a com por art 52
001 LEGISLACION, INTERPRETACION, REGLAMENTO Y PROTEC. CIUDADANA 07/10/2020 01/03/2021
047 LEGISLACIÓN, INTERPRETACIÓN, REGLAMENTO 01/03/2021 15/11/2021 Aprobado
Texto del Proyecto Original Presentado
Este texto puede diferir del aprobado a la finalización del Proceso Legislativo, para ver el definitivo una vez aprobado dirigirse a Consulta del Digesto


Mar del Plata, 17 febrero de 2020.



Al Presidente del

H. Concejo Deliberante

Sr. Ariel Martínez Bordaisco

S------------/------------D



VISTO:

       Los distintos acontecimientos, de público y notorio conocimiento, en la zona costera sur de la ciudad con relación a conflictos por presuntos incumplimientos en las actividades que los privados y concesionarios llevan adelante en esas zonas, el estado de las bajadas públicas y el espacio de playa pública, así como la necesidad de trabajar los distintos actores involucrados en la actualización de la normativa aplicable, y;


CONSIDERANDO:

      Que el Código Civil y Comercial de la Nación, en sus arts. 235 inc. a, 240 y 1947 establece los bienes pertenecientes al dominio público y los derechos de incidencia colectiva como límite al ejercicio de los derechos individuales.

      Que en nuestro Partido hay playas de dominio público (Municipales, Provinciales y Nacionales) y privadas.

      Que respecto de las privadas comprendidas entre el Faro Punta Mogotes al Norte y el Paraje Los Acantilados al Sud; desde el Mar Argentino al Este, hasta las tierras fiscales que lindan con la Ruta Provincial n° 11 hacia el Oeste, la Ordenanza 8434/91 estableció los indicadores urbanísticos y normas territoriales, administrativas y de manejo aplicables en la misma. Para dicha normativa, mediante ordenanza N° 10923/96, se estableció una vigencia de cinco (5) años, plazo que fue prorrogado por las ordenanzas N° 12795/99, 17019/05 y 20218/11.

      Que mediante la Ordenanza 10.011/95 se declaró Reserva Turística y Forestal a toda la franja costera sud del dominio municipal contigua a la Ruta Nº 11, desde Punta Mogotes como límite norte hasta el Arroyo Las Brusquitas como límite sur, imponiéndose el nombre de "Reserva Turística y Forestal Costanera Sud".

      Que, al respecto, la ordenanza 19.111/09 aprobó el “Plan Integral de Manejo de la Reserva Turística y Forestal Paseo Costanero Sur”.

      Que, con relación a la última ordenanza mencionada, este mismo Honorable Concejo Deliberante (expediente H.C.D. 2018-E-1698) en fecha 14 de marzo de 2019 dispuso una comunicación al Departamento Ejecutivo en la cual se solicitó información sobre el plan integral y la mensura definitiva de la Reserva, que al día de la fecha no fue contestado.

      Que sobre ese mismo sector también resulta aplicable, entre otras normativas, la Ordenanza 21.090/12 que establece el régimen para las servidumbres administrativas de paso para el uso público y el interés público, en la franja costera ubicada entre el sector denominado Punta Cantera, al norte, y el paraje Los Acantilados, al sur; con el objeto de asegurar el libre acceso a la ribera y playas públicas por parte de vecinos y turistas.

      Que toda la normativa tiene y debe tener como objetivo instrumentar mecanismos a fin de compatibilizar el desarrollo turístico en la zona con la necesaria preservación ambiental y el derecho de todas y todos a acceder a un bien público como es la playa.

      Que, sobre estos temas, se movilizaron cientos de vecinos, vecinas y organizaciones en los últimos años e hicieron denuncias públicas sobre incumplimientos por parte de los privados y concesionarios sobre el espacio de la playa pública y la zona de reserva.

      Que los reclamos tienen que ver –entre otras cuestiones- con la tala ilegal de árboles, con los movimientos y la extracción ilegal de arena, con las fiestas privadas y masivas que producen contaminación sonora, con la ocupación de espacios públicos -tanto en la reserva como en la playa- con fines no autorizados y con desagües ilegales, etc.

      Que en esta zona costera también se encuentran emplazadas 10 Unidades Turísticas Fiscales, cuya gestión y administración está a cargo del Municipio, algunas de las cuales están licitadas, otras con permisos precarios y varias abandonadas.

      Que esto cobró mayor relevancia en los últimos años con las “Sombrilleadas” de vecinas y vecinos de la zona sur y con los conflictos suscitados en “Rancho Móvil” y, recientemente, en la playa Luna Roja.

      Que pensar la playa en términos de política pública supone, como mínimo, dos planos de análisis y discusión. Por un lado, la playa como espacio recreativo, para el disfrute y goce de las personas que vivimos en Mar del Plata y de las que llegan, en distintas épocas del año, desde distintos puntos del país y el mundo para encontrarse con un paisaje único y maravilloso. Pero por el otro, que las playas son parte de nuestro medio ambiente y por ende, constituyen un ecosistema que hay que preservar por las condiciones y especies que le dan forma y sentido, pero también por el derecho de nuestras generaciones futuras a disfrutar de estos entornos naturales. La explotación desmedida de nuestras playas, la alteración del ecosistema, debe dejar de ser con urgencia la forma de habitar y habilitar nuestras playas.

      Que, por todo ello, es necesario un espacio de encuentro y trabajo entre todos los actores involucrados e interesados sobre la situación actual y futura de esta zona de la ciudad con la variable de la preservación como eje rector.

      Que a tal efecto es acorde convocar a una jornada de trabajo en el ámbito del Honorable Concejo Deliberante con el objetivo de mejorar y actualizar todo lo que hace al ordenamiento territorial y criterios urbanísticos de los sectores privado, públicos y de reserva comprendidos entre el Faro Punta Mogotes al Norte y el Paraje Los Acantilados al Sur; desde el Mar Argentino al Este, hasta la Ruta Provincial N° 11 hacia el Oeste.

      Que la primera jornada será con los Entes u organismos del Estado, en sus tres niveles, con competencia en el tema y desde ahí se organizará un plan de trabajo y jornadas que contemple la participación de toda la comunidad organizada e interesada.


Por todo lo expuesto, el Bloque de Concejales del Frente de Todos elevan  el siguiente proyecto de:


DECRETO


Artículo 1º.- Convóquese a una Jornada de trabajo bajo el nombre “Paseo Costanero Sur como Bien Común, Social y Ambiental”, la cual tendrá por objetivo construir un diagnóstico sobre la situación actual de la Reserva Turística y Forestal.

Dividiéndose el trabajo en los siguientes aspectos:

   a) Análisis las distintas normativas existentes, su aplicación y vigencia.

   b) Evaluación el ordenamiento territorial y urbanístico de todo el sector comprendido por toda la franja costera sud del dominio municipal contigua a la Ruta Nº 11, desde Punta Mogotes como límite norte hasta el Arroyo Las Brusquitas como límite sud.

   c) Evaluación de la necesidad de actualizar la normativa vigente referente a la Reserva Turística y Forestal Paseo Costanero Sur.


Artículo 2º.- Invítese a la Jornada de Trabajo convocada en el artículo anterior a:

   A) Representantes del Honorable Concejo Deliberante.

   B) Ente Municipal de Turismo – Dirección de Recursos Turísticos.

   C) Ente Municipal de Servicios Urbanos – Gestión Ambiental.

   D) Secretaría de Obras y Planeamiento Urbano – Dirección de Obras Publicas y Privadas y Dirección de Ordenamiento Territorial.

   E) Distrito descentralizado Vieja Usina y Chapadmalal.

   F) Autoridad del Agua Provincial.

   G) Dirección Provincial de Hidráulica.

   H) Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible.

   I) Otras áreas estatales que resulten pertinentes.


Artículo 3º.- Realícese la primera convocatoria para el día 13 de marzo del año 2020 en el horario de las 12:00hs. La misma será realizada en el recinto del Honorable Concejo Deliberante “Cdor. Mauricio Irigoin” del Partido de General Pueyrredon.


Artículo 4º.- Comuníquese, etc.


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Mar del Plata



BLOQUE FRENTE DE TODOS



Municipalidad del Partido de General Pueyrredon

Departamento Deliberativo



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