Mar del Plata, 17 febrero de 2020.
Al Presidente del
H. Concejo Deliberante
Sr. Ariel Martínez Bordaisco
S------------/------------D
VISTO:
Los distintos acontecimientos, de público y notorio conocimiento, en la zona costera sur de la ciudad con relación a conflictos por presuntos incumplimientos en las actividades que los privados y concesionarios llevan adelante en esas zonas, el estado de las bajadas públicas y el espacio de playa pública, así como la necesidad de trabajar los distintos actores involucrados en la actualización de la normativa aplicable, y;
CONSIDERANDO:
Que el Código Civil y Comercial de la Nación, en sus arts. 235 inc. a, 240 y 1947 establece los bienes pertenecientes al dominio público y los derechos de incidencia colectiva como límite al ejercicio de los derechos individuales.
Que en nuestro Partido hay playas de dominio público (Municipales, Provinciales y Nacionales) y privadas.
Que respecto de las privadas comprendidas entre el Faro Punta Mogotes al Norte y el Paraje Los Acantilados al Sud; desde el Mar Argentino al Este, hasta las tierras fiscales que lindan con la Ruta Provincial n° 11 hacia el Oeste, la Ordenanza 8434/91 estableció los indicadores urbanísticos y normas territoriales, administrativas y de manejo aplicables en la misma. Para dicha normativa, mediante ordenanza N° 10923/96, se estableció una vigencia de cinco (5) años, plazo que fue prorrogado por las ordenanzas N° 12795/99, 17019/05 y 20218/11.
Que mediante la Ordenanza 10.011/95 se declaró Reserva Turística y Forestal a toda la franja costera sud del dominio municipal contigua a la Ruta Nº 11, desde Punta Mogotes como límite norte hasta el Arroyo Las Brusquitas como límite sur, imponiéndose el nombre de "Reserva Turística y Forestal Costanera Sud".
Que, al respecto, la ordenanza 19.111/09 aprobó el “Plan Integral de Manejo de la Reserva Turística y Forestal Paseo Costanero Sur”.
Que, con relación a la última ordenanza mencionada, este mismo Honorable Concejo Deliberante (expediente H.C.D. 2018-E-1698) en fecha 14 de marzo de 2019 dispuso una comunicación al Departamento Ejecutivo en la cual se solicitó información sobre el plan integral y la mensura definitiva de la Reserva, que al día de la fecha no fue contestado.
Que sobre ese mismo sector también resulta aplicable, entre otras normativas, la Ordenanza 21.090/12 que establece el régimen para las servidumbres administrativas de paso para el uso público y el interés público, en la franja costera ubicada entre el sector denominado Punta Cantera, al norte, y el paraje Los Acantilados, al sur; con el objeto de asegurar el libre acceso a la ribera y playas públicas por parte de vecinos y turistas.
Que toda la normativa tiene y debe tener como objetivo instrumentar mecanismos a fin de compatibilizar el desarrollo turístico en la zona con la necesaria preservación ambiental y el derecho de todas y todos a acceder a un bien público como es la playa.
Que, sobre estos temas, se movilizaron cientos de vecinos, vecinas y organizaciones en los últimos años e hicieron denuncias públicas sobre incumplimientos por parte de los privados y concesionarios sobre el espacio de la playa pública y la zona de reserva.
Que los reclamos tienen que ver –entre otras cuestiones- con la tala ilegal de árboles, con los movimientos y la extracción ilegal de arena, con las fiestas privadas y masivas que producen contaminación sonora, con la ocupación de espacios públicos -tanto en la reserva como en la playa- con fines no autorizados y con desagües ilegales, etc.
Que en esta zona costera también se encuentran emplazadas 10 Unidades Turísticas Fiscales, cuya gestión y administración está a cargo del Municipio, algunas de las cuales están licitadas, otras con permisos precarios y varias abandonadas.
Que esto cobró mayor relevancia en los últimos años con las “Sombrilleadas” de vecinas y vecinos de la zona sur y con los conflictos suscitados en “Rancho Móvil” y, recientemente, en la playa Luna Roja.
Que pensar la playa en términos de política pública supone, como mínimo, dos planos de análisis y discusión. Por un lado, la playa como espacio recreativo, para el disfrute y goce de las personas que vivimos en Mar del Plata y de las que llegan, en distintas épocas del año, desde distintos puntos del país y el mundo para encontrarse con un paisaje único y maravilloso. Pero por el otro, que las playas son parte de nuestro medio ambiente y por ende, constituyen un ecosistema que hay que preservar por las condiciones y especies que le dan forma y sentido, pero también por el derecho de nuestras generaciones futuras a disfrutar de estos entornos naturales. La explotación desmedida de nuestras playas, la alteración del ecosistema, debe dejar de ser con urgencia la forma de habitar y habilitar nuestras playas.
Que, por todo ello, es necesario un espacio de encuentro y trabajo entre todos los actores involucrados e interesados sobre la situación actual y futura de esta zona de la ciudad con la variable de la preservación como eje rector.
Que a tal efecto es acorde convocar a una jornada de trabajo en el ámbito del Honorable Concejo Deliberante con el objetivo de mejorar y actualizar todo lo que hace al ordenamiento territorial y criterios urbanísticos de los sectores privado, públicos y de reserva comprendidos entre el Faro Punta Mogotes al Norte y el Paraje Los Acantilados al Sur; desde el Mar Argentino al Este, hasta la Ruta Provincial N° 11 hacia el Oeste.
Que la primera jornada será con los Entes u organismos del Estado, en sus tres niveles, con competencia en el tema y desde ahí se organizará un plan de trabajo y jornadas que contemple la participación de toda la comunidad organizada e interesada.
Por todo lo expuesto, el Bloque de Concejales del Frente de Todos elevan el siguiente proyecto de:
DECRETO
Artículo 1º.- Convóquese a una Jornada de trabajo bajo el nombre “Paseo Costanero Sur como Bien Común, Social y Ambiental”, la cual tendrá por objetivo construir un diagnóstico sobre la situación actual de la Reserva Turística y Forestal.
Dividiéndose el trabajo en los siguientes aspectos:
a) Análisis las distintas normativas existentes, su aplicación y vigencia.
b) Evaluación el ordenamiento territorial y urbanístico de todo el sector comprendido por toda la franja costera sud del dominio municipal contigua a la Ruta Nº 11, desde Punta Mogotes como límite norte hasta el Arroyo Las Brusquitas como límite sud.
c) Evaluación de la necesidad de actualizar la normativa vigente referente a la Reserva Turística y Forestal Paseo Costanero Sur.
Artículo 2º.- Invítese a la Jornada de Trabajo convocada en el artículo anterior a:
A) Representantes del Honorable Concejo Deliberante.
B) Ente Municipal de Turismo – Dirección de Recursos Turísticos.
C) Ente Municipal de Servicios Urbanos – Gestión Ambiental.
D) Secretaría de Obras y Planeamiento Urbano – Dirección de Obras Publicas y Privadas y Dirección de Ordenamiento Territorial.
E) Distrito descentralizado Vieja Usina y Chapadmalal.
F) Autoridad del Agua Provincial.
G) Dirección Provincial de Hidráulica.
H) Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible.
I) Otras áreas estatales que resulten pertinentes.
Artículo 3º.- Realícese la primera convocatoria para el día 13 de marzo del año 2020 en el horario de las 12:00hs. La misma será realizada en el recinto del Honorable Concejo Deliberante “Cdor. Mauricio Irigoin” del Partido de General Pueyrredon.
Artículo 4º.- Comuníquese, etc.
-----------------------
Mar del Plata
BLOQUE FRENTE DE TODOS
Municipalidad del Partido de General Pueyrredon
Departamento Deliberativo