Mar del Plata, enero de 2020
Señor Presidente del
Honorable Concejo Deliberante
Guillermo Sáenz Saralegui
S/D
VISTO
Que la ordenanza 24.181 aún no se encuentra reglamentada.
CONSIDERANDO
Que el presente Proyecto tiene como objeto la reglamentación de la ordenanza 24.181 sancionada por este cuerpo legislativo en fecha 13/06/2019 y promulgada el 04/07/2019.
Que la mencionada norma “promoVER” regula un régimen integral que promociona, visualiza y protege la producción, exhibición y difusión de contenido audiovisual realizado en el territorio de General Pueyrredón.
Que para una correcta reglamentación, resulta fundamental que el departamento ejecutivo convoque a los integrantes del “FILM BOREAU” que se regula en el artículo 22 de la ordenanza y que integra a distintas voces que, incluso, han trabajado en la creación de la norma, tales como representantes del sector audiovisual, TIC, medios comunicación, industrias creativas así como agencias de publicidad, instituciones académicas, sindicales y referentes culturales.
Que la presente ordenanza fue iniciada a través del expediente 1210/18 que fuera aprobado por unanimidad por este cuerpo legislativo con informes positivos de ATICMA, la Secretaría de Cultura Municipal y de la Secretaría de Tecnología e Innovación y que posteriormente fuera vetado por el ex intendente Carlos Arroyo, la que luego recibió el visto bueno de la Secretaría de Hacienda y por ende, fuera insistido por este Concejo Deliberante y aprobado nuevamente por unanimidad.
Que por lo tanto, la ordenanza 24.181 surge como consecuencia de un trabajo integral entre el sector público y el privado, este el cuerpo legislativo y el Departamento Ejecutivo, debiendo procederse, entonces, a la correspondiente reglamentación para que esta norma se transforme en la política pública insignia de la producción audiovisual en nuestra ciudad.
Que el abordaje del Departamento Ejecutivo para una correcta aplicación de la norma, debe ser integral y comprometer a la Secretaría de Desarrollo Productivo por el carácter industrial de la actividad audiovisual, así como por su potencialidad en cuanto a la generación de empleo y aumento del nivel de consumo por implicar a servicios y sectores anexos que encienden a la economía, girando en torno a la visualización, desarrollo y crecimiento del sector audiovisual.
A su vez, por las temáticas que se ven alcanzadas por la ordenanza, deben ser consultadas la Secretaría de Cultura y la Subsecretaría de Tecnología e Innovación.
En virtud de lo expuesto, se eleva a consideración el siguiente proyecto de:
COMUNICACIÓN
Artículo 1: Solicitar al Departamento Ejecutivo que, a través de las áreas correspondientes, aporte la siguiente información:
a) Los motivos por los cuales no se ha reglamentado la ordenanza 24.181.
b) Si coincide con la convocatoria a los integrantes del “FILM BOREAU” regulados en el artículo 22 de esta ordenanza para trabajar en forma conjunta para su reglamentación.
c) Si coincide en que la norma de referencia requiere de un abordaje integral por parte de distintas áreas del Departamento Ejecutivo como la Secretaría de Desarrollo Productivo, la Secretaría de Cultura y la Subsecretaría de Tecnología e Innovación
d) Cualquier otra información que resulte de interés para la temática en cuestión.
Artículo 2: Comuníquese.
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Mar del Plata
BLOQUE FRENTE RENOVADOR
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